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143-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 143-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

‘Alaucrda de Consejo Regional N° 143-2025-GRA/CR,

Huaraz, 05 de junio de 2025.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 05 de junio de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N* 06-2025-SO-GRA-CRI/CD, de fecha 28 de mayo de 2025, el DICTAMEN N° 01- 2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 26 de mayo de 2025, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, sobre el requerimiento de “Transferencia definitiva de la capacidad productiva a las AEO del PROCOMPITE Regional Ancash 2021”, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el articulo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el articulo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023- GRA/CR (en adelante RIC);

Que, el articulo 13” de la LOGR, modificado por Ley N” 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15°, de la LOGR modificado por Ley N° 31812, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencía y funciones del Gobierno Regional. (...) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional, (...)”; norma legal concordante con el artículo 2° y con los numerales 1) y 17) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8”, los literales a) y k) del artículo 9” del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR; para tal efecto, dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;

Que, el punto 2° del numeral 6.4.3.3 de la Directiva General N° 0001-2021-PRODUCEDVMYPE-I-DGDE - Directiva General para la Gestión y Desarrollo de PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales, establece que la Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional "Con el objetivo de solicitar la autorización para que se implemente el proceso administrativo de transferencia definitiva de bienes, la GDE realiza un informe de desempeño de cada AEO durante la ejecución y la operación del Plan de Negocio (...)", asimismo, el punto 3° del mismo marco normativo, señala que el Consejo Regional: “Agenda y debate en sesión la aprobación de la transferencia definitiva, o en su defecto observa y retorna dicho informe a la GDE para la subsanación de observaciones correspondientes y seguir con el proceso administrativo regular de la Entidad. Como resultado de este proceso, el Consejo Regional o Concejo Municipal, del Gobierno Regional o Local, emite el Acuerdo correspondiente (Formato N° 25. Acuerdo de transferencia definitiva de bienes)”;

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“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 054-2021-GRA/CR, de fecha 08 de abril de 2021, se acordó PROMOVER la elaboración de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva

  • PROCOMPITE del Gobierno Regional de Ancash, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 103-2012-EF. Asimismo, se aprobó la propuesta económica por un monto de S/ 6,000,000.00 (Seis millones con 00/100 soles);

Que, es importante tener en cuenta el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 25” del Decreto Supremo N° 001-2021-PRODUCE, Reglamento de la Ley N° 29337 - Ley que establece disposiciones para apoyar la Competitividad Productiva-, que señala: “La Fase de Ejecución de PROCOMPITE tiene una duración no mayor de veinticuatro meses, inicia con la suscripción de Acuerdos de Cofinanciamiento y culmina con el Cierre de PROCOMPITE’, asimismo, el articulo 28° Adquisición de Bienes y Servicios, del referido Reglamento, señala lo siguiente: “28.1 El Gobierno Regional o Local en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contado desde la firma de Acuerdos de Cofinanciamiento del Plan de Negocio, iniciarán los procesos para la adquisición de equipos, maquinarias, insumos, materiales y/o contratar los servicios, así como la construcción de la infraestructura, con cargo al cofinanciamiento según el presupuesto técnico de los Planes de Negocio Ganadores. Las adquisiciones que realicen el Gobierno Regional o Local en el marco de la Ley N° 29337, se sujetan a lo dispuesto por la normatividad de contrataciones del Estado. 28.2 El Gobierno Regional o Local debe garantizar que los procesos de adquisición de bienes y servicios se realizan dentro del plazo establecido en el Plan de Negocio y Acuerdos de Cofinanciamiento. En el caso de servicios, el pago a proveedores se efectuará conforme a la programación establecida en el Plan de Negocio, sin exceder el plazo establecido para la Ejecución de PROCOMPITE, contra la emisión de los respectivos comprobantes de pago (...)”.

Que, el numeral 6.4.3. Gestión y Desarrollo de la Fase de ejecución, de la Directiva General N° 0001-2021-PRODUCE-DVMYPE-I-DGDE, “Directiva General para la gestión y desarrollo de PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales”, también establece que la Fase de Ejecución de PROCOMPITE tiene una duración no mayor de veinticuatro (24) meses; inicia con la suscripción de Acuerdos de Cofinanciamiento y culmina con el Cierre de PROCOMPITE.

Que, mediante INFORME N° 426-2025-GRA-GRDE-PROCOMPITE.BABR, de fecha 02 de abril de 2025, la Ing. Bertila Ana Bazán Reyes, Coordinadora de PROCOMPITE, CONCLUYE en lo siguiente:

“Se presentan los catorce (14) planes de negocio de los veintitrés (23) planes de negocio pertenecientes al PROCOMPITE REGION ANCASH 2021, que se encuentran en condiciones para su Transferencia Definitiva de la Capacidad Productiva a los Agentes Económicos Organizados (AEO), por haber cumplido con las metas trazadas en función al Presupuesto Técnico de Cofinanciamiento del plan de negocio del Gobierno Regional de Ancash”.

“Se ha consolidado la información técnica, administrativa y, legal con la cual se justifica y se aprueba que las catorce (14) propuestas productivas están aptas para su Transferencia Definitiva de la Capacidad Productiva a los Agentes Económicos (AEO).”

Además, es de vital importancia alcanzar la emisión de ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, AUTORIZANDO LA TRANSFERENCIA DEFINITIVA DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA A LOS AEO, del PROCOMPITE REGION ANCASH 2021, para poder seguir con su trámite según Ley”;

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Que, mediante INFORME N° 534-2025-GRA-GRDE-PROCOMPITE-BABR, que consigna como fecha “abril de 2025”, la Ing. Bertila Ana Bazan Reyes, Coordinadora PROCOMPITE, presenta a la Subgerencia de Desarrollo Empresarial de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, el informe de desempeño de los 14 planes de negocio pertenecientes al PROCOMPITE REGION ANCASH 2021, complementado con INFORME N° 015-2025-GRA/GRDE, de fecha 20 de mayo de 2025, en el que dan cuenta del presupuesto ejecutado;

Que, mediante INFORME LEGAL N° 383-2025-GRA/GRAJ, de fecha 29 de abril de 2025, la Gerencia Regional de Asesoria Jurídica, OPINA que: “Es PROCEDENTE, que el Consejo Regional de Ancash, autorice la transferencia definitiva de bienes de la capacidad productiva de los 14 Planes de Negocio ganadores del concurso de PROCOMPITE REGIONAL ANCASH — 2021, mediante Acuerdo de Consejo Regional, en atención al Informe N° 426-2025-GRA/GRDE-PROCOMPITE-BABR de fecha 02 de abril de 2025, y el Informe de desempeño de los 14 Planes de Negocio,, de fecha 10 de abril de 2025, elaborado por la ING. BAZAN REYES

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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

BERTILA ANA ~ Coordinadora del PROCOMPITE, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, y por las consideraciones expuestas”;

Que, a través del OFICIO N° 330-2025-GRA/GGR, de fecha 05 de mayo de 2025, la Gerencia General Regional, remite la documentación actuada al Consejero Delegado, requiriendo al Consejo Regional la autorización correspondiente a fin de viabilizar la transferencia definitiva de la capacidad productiva de 14 Planes de Negocio del PROCOMPITE 2021; el citado expediente es trasladado a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional a través del OFICIO N° 850-2025-GRA-CRICD, de fecha 08 de mayo del año en curso para su atención conforme a sus legales atribuciones;

Que, las COMISIONES son grupos de trabajo especializados de Consejeros (as) Regionales, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la administración pública dentro del ámbito territorial de la región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o materia; en ese sentido, conforme lo dispone el artículo 42° del RIC, sobre la emisión de dictamen señala: “Las comisiones emiten informes, dictámenes, proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, observando los procedimientos establecidos en el presente reglamento, quedando facultadas a desarrollar investigaciones, convocatorias y otros análogos para la mejor difusión, participación, viabilidad socio política y legitimidad de sus propuestas”;

Que, mediante el DICTAMEN N° 01-2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 26 de mayo de 2025, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, después de realizar el análisis correspondiente del expediente, conforme a sus legales atribuciones, en su numeral IV, CONCLUSIONES, señala:

4.1. Mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 054-2021-GRA/CR, de fecha 08 de abril de 2021, se acordó PROMOVER la elaboración de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva ~ PROCOMPITE del Gobierno Regional de Ancash, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva.

4.2. Con Resolución Ejecutiva Regional N* 203-2022-GRA-GR, de fecha 29 de abril de 2022, se resolvió: “PRIMERO.- APROBAR, la relación de planes de negocio ganadores del Fondo Concursable denominado: PROCOMPITE ANCASH 2021, por un monto total de cofinanciamiento de S/ 5, 356.060, 10 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SESENTA Y 10/100 SOLES), para las categorías A y B (...)”.

4.3. Mediante Resolución Gerencial General Regional Nros. 043, 044, 046, 047, 048, 049, 050, 051, 053, 055, 056, 063, 064 y 065-2025-GRA/GGR, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Ancash, resolvió aprobar la liquidación Técnica-Financiera de 14 Planes de Negocio ganadores del concurso del PROCOMPITE Regional Ancash — 2021.

4.4. Mediante Informe N° 426-2025-GRA-GRDE-PROCOMPITE.BABR, de fecha 02 de abril de 20285, la Ing. Bertila Ana Bazán Reyes, Coordinadora de PROCOMPITE, concluye en que catorce (14) planes de negocio de los veintitrés (23) planes de negocio pertenecientes al PROCOMPITE REGION ANCASH 2021, se encuentran en condiciones para su Transferencia Definitiva de la Capacidad Productiva a los Agentes Económicos Organizados (AEO), por haber cumplido con las metas trazadas en función al Presupuesto Técnico de Cofinanciamiento del plan de negocio del Gobierno Regional de Ancash. El referido informe fue complementado con el Informe N* 534-2025-GRA-GRDE-PROCOMPITE-BABR, que consigna como fecha “abril de 2025" y el Informe N° 015-2025-GRA/GRDE, de fecha 20 de mayo de 2025.

4.5. Mediante informe Legal N° 383-2025-GRA/GRAJ, de fecha 29 de abril de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina que: “Es PROCEDENTE, que el Consejo Regional de Ancash, autorice la transferencia definitiva de bienes de la capacidad productiva de los 14 Planes de Negocio ganadores del concurso de PROCOMPITE REGIONAL ANCASH ~ 2021, mediante Acuerdo de Consejo Regional, en atención al Informe N° 426-2025-GRA/GRDE-PROCOMPITE-BABR de fecha 02 de abril de 2025, y el Informe de desempeño de los 14 Planes de Negocio,, de fecha 10 de abril de 2025, elaborado por la ING.

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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

BAZAN REYES BERTILA ANA — Coordinadora del PROCOMPITE, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, y por las consideraciones expuestas”.

4.6. Ante el requerimiento efectuado por la Gerencia General Regional, a través del Oficio N* 330-2025- GRA/GGR, de fecha 05 de mayo de 2025, y habiéndose analizado la documentación puesta a conocimiento de esta Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, los miembros integrantes han considerado pertinente proponer al Pleno del Consejo Regional de Ancash, que mediante Acuerdo de Consejo Regional se AUTORICE al Ejecutivo Regional, gestionar la transferencia definitiva de la capacidad productiva otorgada a favor de los AEOs de catorce (14) propuestas productivas del PROCOMPITE Regional Ancash 2021.

4.7. Es importante tener en cuenta el cumplimiento del plazo establecido en el Art. 25 del Decreto Supremo N° 001-2021-PRODUCE, Reglamento de la Ley N* 29337 -Ley que establece disposiciones para apoyar la Competitividad Productiva-, que señala: “La Fase de Ejecución de PROCOMPITE tiene una duración no mayor de veinticuatro meses; inicia con la suscripción de Acuerdos de Cofinanciamiento y culmina con el Cierre de PROCOMPITE”, en el presente caso, el plazo de ejecución de PROCOMPITE venció el día 22 de junio de 2024, sin que se haya cumplido con el cierre correspondiente. Al respecto, el numeral VII. RESPONSABILIDAD, de la Directiva General N° 0001-2021-PRODUCE-DVMYPE-I-DGDE, “Directiva General para la gestión y desarrollo de PROCOMPITE en Gobiernos Regionales y Locales”, precisa que el personal del Gobierno Regional que esté vinculado con la gestión y desarrollo de las iniciativas de apoyo a la competitividad productiva PROCOMPITE es responsable por el cumplimiento de lo dispuesto

en dicha Directiva.

4.8. Ante el evidente incumplimiento de los plazos establecidos en la normativa vigente, corresponde poner en conocimiento del órgano competente a fin de que se efectúe la acción de control pertinente y, de ser el caso, el deslinde de responsabilidades a que haya lugar.

Que, en el dictamen precedentemente señalado, la citada comisión conforme a sus legales atribuciones, en su numeral V - RECOMENDACIONES señala: “Como resultado del análisis y de las conclusiones precedentes, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, por UNANIMIDAD recomiendan al Pleno de Consejo Regional de Ancash, APROBAR un Acuerdo de Consejo

Regional, (...)’; y proponen cuatro artículos;

Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoria simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional,

Que, en ese contexto en la sexta Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 05 de junio del presente año, el Consejero Delegado, da cuenta y ordena la lectura de la sumilla del dictamen recaído en el requerimiento de “Transferencia definitiva de la capacidad productiva a las AEO del PROCOMPITE Regional Ancash 2021”; inmediatamente, el Consejero Dali Espinel García Duran, en su condición de Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, sustenta el citado dictamen ante el Colegiado Regional de Ancash; seguidamente, el Consejero Delegado solicita opiniones sobre el tema en comento; acto seguido, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descrita en el DICTAMEN N° 01- 2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 26 de mayo de 2025, siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de

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Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR, a los órganos administrativos que correspondan, del Gobierno Regional de Ancash, gestionar la transferencia definitiva de la capacidad productiva otorgada a favor de los Agentes Económicos Organizados (AEOs) cuyos Planes de Negocio se detallan a continuación y conforme a la documentación que se anexa al presente Acuerdo de Consejo Regional:

fod a ee E | COFINANCIAMIENTO GRA | No cul PLAN DE NEGOCIO

MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE MIEL Y: i 1 | 2854731 DERIVADOS APICOLAS DE LA EMPRESA APICOLA PICAFLOR HUANTARINO S/ 192,798.00 | . _S.AC., DISTRITO DE HUANTAR, PROVINCIA DE HUARI Y REGION ANCASH L : " TECNIFICACION DEL MANEJO PRODUCTIVO EN LA CRIANZA DE CUYES DEL | ¡2 | 2654745 AEO ASOCIACION AGROPECUARIA HATUN YAKU DE RAPAYAN ASAHAYARA, S/ 150,000.00 : i DISTRITO RAPAYAN, PROVINCIA HUARI, REGION ANCASH

a “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL CULTIVO DE PALTO VARIEDAD FUERTE — 3 ¡2554743 DE LA ASOCIACION AGROPECUARIA MONTE CHIMBOTE, DISTRITO DE | S/ 155,506.00 | | CHIMBOTE, PROVINCIA DEL SANTA, REGION ANCASH _

po AMPLIACION DE LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE MIEL DE ABEJA. | | 4 2554747 DE LA ASOCIACION DE APICULTORES GOLDEN QUEENS, DISTRITO DE S/ 159,370.00 i INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE HUARAZ, DEPARTAMENTO DE ANCASH. MEJORAMIENTO DEL NIVEL DE PRODUCCION Y ACABADOS DE PRODUCTOS EN LA LINEA ARTESANAL DE TEXTILES DEL AEO ASOCIACION DE S/ 119,930.00 ARTESANOS PRODUCTORES LANZON DE CHAVIN DEL DISTRITO DE CHAVIN e. . | DE HUANTAR , PROVINCIA DE_HUARI, REGION ANCASH. il o “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE CUYES EN | | 6 2554736 LA ASOCIACION DE EMPRENDEDORES DEL DISTRITO DE HUANTAR, S/ 157,265.00 ¿ __ DISTRITO DE HUANTAR, HUARI, ANCASH. o ee “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA PRODUCCION DE PALTO DE LA: VARIEDAD FUERTE Y HASS DE LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE PALTA 8/ 159,561.25 CIAPROY, DE LA LOCALIDAD DE YURA, DISTRITO DE PAUCAS, PROVINCIA DE met . HUARI,DEPARTAMENTO DE ANCASH . A | MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE LECHE FRESCA DE LA COMUNIDAD | 8 2554750: CAMPESINA SAN MIGUEL DE PURUCUTA, DISTRITO DE HUARAZ, PROVINCIA | S/ 249,799.00 | __DE HUARAZ, DEPARTAMENTO DE ANCASH. . io MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA Y COMERCIAL DE CUYES | EN PIE DE LA COOPERATIVA AGRARIA SOSTENIBLE JUVENTUD. 8/ 188,260.62 | EMPRENDEDORES SANTIAGO DE CARDON LTDA, DISTRITO SAN LUIS, e PROVINCIA CARLOS FERMIN FITZCARRALD, REGION ANCASH FF d ey "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CRIANZA DE CUYES DEL AEO: i 10 ¡2554744 COOPERATIVA PECUARIO SAN JUAN SIHUAS, DISTRITO SAN JUAN, S/ 146,911.00: o PROVINCIA SIHUAS, REGION ANCASH. A. AMPLIACION E IMPLEMENTACIÓN DE VIVERO CON SEMILLAS DE PALTA i VARIEDAD ANTILLANA ,PARA SER INJERTADAS CON LA VARIEDAD DE PALTA $) 349,802.60 | HASS EN EL FUNDO DON DANIEL SAC, EN LA ZONA DE LA CARBONERA, | e ¡ NUEVO CHIMBOTE PROVINCIA DEL SANTA, REGION ANCASH ae dd ¡MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACION DE MIEL DE i | 12 | 2554733 | ABEJA DE LA EMPRESA GOLDEN BEE SAC, DISTRITO DE CARAZ, PROVINCIA | S/ 232,250.00 : DE HUAYLAS, DEPARTAMENTO DE ANCASH i : MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE PRODUCCION A TRAVES DE LA. INNOVACION TECNOLOGICA EN LA ACTIVIDAD DE PESCA ARTESANAL DEL AEO OSPA BAHIA PUERTO CASMA S.A.C. DEL DISTRITO DE COMANDANTE | NOEL, PROVINCIA DE CASMA, REGION ANCASH

7 | 2584732

| 9 | 2554730

11 | 2584748

113 | 2554749 S/ 156,825.00 |

S/ 269,149.40

Si 2,655,547.77 |

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, gestione ante los órganos administrativos correspondientes el cumplimiento de! presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo establecido en el reglamento y directiva vigente de la Ley N° 29337.

ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR, copia del presente Acuerdo de Consejo Regional al Órgano de Control Institucional, a fin de que, tomando conocimiento del incumplimiento del plazo establecido para la fase de Ejecución del PROCOMPITE 2021, evalúe el inicio de la acción de control que corresponda, conforme a sus legales atribuciones.

ARTÍCULO CUARTO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

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