Acuerdo de Consejo Regional N.° 115-2025-GRA/CR
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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional
“Año de ta recuperación y consolidación de la economía peruana”
N° 115-2025-GRA/CR,
Huaraz, 08 de mayo de 2025.
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 08 de mayo de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 05-2025-SO-GRA-CRICD, de fecha 28 de abril de 2025, el PEDIDO N° 05 y el DICTAMEN N° 08- 2025-GRA/CR-COPPAT, de fecha 08 de mayo de 2025, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, y en concordancia con los artículos 8”, 9” y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, (en adelante RIC);
Que, en virtud al artículo 13° de la LOGR, modificada por Ley N° 29063, señala que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...): el artículo 15° de la referida Ley Orgánica, sobre las atribuciones del Consejo Regional, establece: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”, dispositivo legal concordante, con el artículo 2°, el numeral 1) del artículo 35° del RIC y con lo previsto en el artículo 8° y el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobada mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;
Que, el numeral 50.4 del artículo 50° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del
Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que: “Las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso’;
Que, el inciso ii) del numeral 25.1 del artículo 25° de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-
EF/50.01, establece que “La incorporación de mayores ingresos provenientes de recursos por la fuente de
financiamiento Recursos por Operaciones de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del artículo 50 y articulo 70° del Decreto Legislativo N° 1440, y es promulgado
por el Gobernador Regional a través de Resolución Ejecutiva Regional, utilizando el Modelo N° 1/GR” (resaltado y subrayado agregados).
Que, a través del INFORME N* 944-2025-GRA-GRI/SGSLO, de fecha 27 de marzo de 2025, la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, solicita asignación presupuestal para la
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ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGION ANCASH”, que viene siendo ejecutado por la modalidad de OXI; en ese sentido, el Gerente Regional de Infraestructura de esta Entidad, a través del MEMORANDUM N* 739-2025-GOB. REGIONAL DE ANCASH/GRI, solicita al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la incorporación de crédito suplementario para la atención de la ejecución de componentes “Estudios y Obra” del Pl, CUI: 2194933, por la modalidad de Obras por Impuesto - FTE.FTO - 3. Rec. Oper. Oficiales de Crédito; consecuentemente, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite el INFORME PRESUPUESTAL N° 227-2025-GRA-GRPPAT/SGP, de fecha 01 de abril de 2025;
Que, mediante INFORME LEGAL N° 303-2025-GRA/GRAJ, de fecha 04 de abril de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina lo siguiente:
“5.1. Es PROCEDENTE la solicitud de incorporación de Mayores Ingresos Públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 2,370,953.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y local correspondiente al Proyecto de Inversión con CU! N° 2194933 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH”, (...)”.
5.2. Esta acción petición de naturaleza presupuestaria debe efectuarse mediante una autorización establecido en un Acuerdo de Consejo Regional.”
Que, mediante OFICIO N° 287-2024-GRA/GGR, de fecha 11 de abril de 2025, la Gerencia General Regional, elevó al Consejo Regional de Ancash, el expediente administrativo sobre solicitud de incorporación de mayores ingresos públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 ~ Sede Central, a la fuente de financiamiento 3 recursos por operaciones oficiales de crédito, por el monto de S/ 2,370,953.00 (Dos Millones Trescientos Setenta Mil Novecientos Cincuenta y Tres con 00/100 Soles); el citado expediente, fue trasladado a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con el OFICIO N° 783-2025-GRA-CR/CD, de fecha 05 de abril del año en curso para su atención conforme a sus legales atribuciones;
Que, con el INFORME PRESUPUESTAL N° 319-2025-GRA-GRPPAT/SGP, de fecha 30 de abril de 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto, señala lo siguiente:
3.2 Que, el Proyecto de Inversión de Código Unico de Inversión N° 2194933 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGION ANCASH”, se encuentra en ejecución bajo la modalidad de obras por impuesto, en cumplimiento del Convenio de Cooperación a ser suscrito en amparo de lo establecido en la Ley N° 29230 y su reglamento, Convenio de Inversión Pública Regional, suscrito el 29 de diciembre de 2014 y sus respectivas Adendas, las cuales constituyen operaciones oficiales de crédito.
3.3 Que, con la finalidad te atender la solicitud y emisión de los Certificados de inversión Pública Regional y Local (CIPRL), en el marco del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y sus modificaciones, correspondiente a los componentes expediente técnico y obra vinculados a la ejecución del Proyecto de Inversión de Código Unico de Inversión N° 2194933 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGION ANCASH”, resulta necesario realizar la incorporación de un Crédito Suplementario derivados de mayores ingresos públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, específica de ingreso 18.21.24 Certificados de Inversión Pública Regional y Local (...)”.
Que, las COMISIONES son grupos de trabajo especializados de Consejeros (as) Regionales, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la administración pública dentro del ámbito territorial de la región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o materia; en ese sentido, conforme lo dispone el
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artículo 42* del RIC, sobre la emisión de dictamen señala: “Las comisiones emiten informes, dictámenes, proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, observando los procedimientos establecidos en el presente reglamento, quedando facultadas a desarrollar investigaciones, convocatorias y otros análogos para la mejor difusión, participación, viabilidad socio política y legitimidad de sus propuestas";
Que, mediante el DICTAMEN N° 08-2025-GRA/CR-COPPAT, de fecha 08 de mayo de 2025, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, después de realizar el análisis correspondiente del expediente, conforme a sus legales atribuciones, en su numeral IV. CONCLUSIONES, señala:
4.1. El numeral 50.4 del artículo 50° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que "Las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso”, con lo que queda en claro la facultad del Consejo Regional, de APROBAR las incorporaciones de mayores ingresos al presupuesto institucional de la Entidad, en la fuente de financiamiento mencionada.
4.2. A mayor abundamiento legal, el inciso ii} del numeral 25.1 del artículo 25° de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece que "La incorporación de mayores ingresos provenientes de recursos por la fuente de
financiamiento Recursos por Operaciones de Crédito y por donaciones, se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del articulo 50 y artículo 70* del Decreto
Legislativo N° 1440, y es promulgado por el Gobernador Regional a través de Resolución Ejecutiva Regional, utilizando el Modelo N° 1/GR" (resaltado y subrayado agregados).
4.3. Con fecha 29 de diciembre de 2014, se suscribió el Convenio de Inversión Pública Regional a ser suscrita al amparo de lo establecido en la Ley N° 29230 y su Reglamento, la que en su Cláusula Tercera precisa que el costo total de la inversión asciende a la suma de S/ 9,388,799.00 (Nueve millones trescientos ochenta y ocho setecientos noventa y nueve con 00/100 soles), incluido IGV. Mediante Adenda N° 06, suscrita con fecha 20 de agosto de 2024, se realizó las siguientes precisiones:
“a. El monto total actualizado del Convenio de Inversión asciende a la suma de S/78,852,218,22 (Setenta y ocho millones ochocientos cincuenta y dos mil doscientos dieciocho con 22/100 Soles) incluido el 18% de Impuesto General a las Ventas.
b. LA ENTIDAD PÚBLICA reconocerá a LA EMPRESA PRIVADA con cargo al tope CIPRIL vigente hasta la suma de S/ 35,311,989,98 incluido el 18% de Impuesto General a las Ventas.
c. LA ENTIDAD PÚBLICA reconocerá a LA EMPRESA PRIVADA con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional de Ancash la suma de S/ 43,540,228.24 incluido el 18% de Impuesto General a las Ventas, cuyo pago se realizará conforme a lo establecido en el numeral 5.3 del Reglamento de la Ley N° 29230, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados, del rubro 18: Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones.”
4.4. Mediante Informe N° 944-2025-GRA-GRI/SGSLO, de fecha 27 de marzo de 2025, la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, solicitó asignación presupuestal para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH”, que viene siendo ejecutado por la modalidad de OXI, de acuerdo al convenio suscrito entre el Gobierno Regional de Ancash y la Empresa ANTAMINA el 29 de diciembre del 2014 y sus adendas. Por lo que informa que, de acuerdo a su cronograma de ejecución y valorizaciones que se encuentran en trámite del plan de contingencia, es de acuerdo a lo siguiente:
MONTO DEL | ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL TOTAL PREVISIÓN cul OBRA CONVENIO 2025 ASIGNACIÓN | PRESUPUESTAL ESPECÍFICA S/ PRESUPUESTAL 2026
2194933 | MEJORAMIENTO DE LOS | 78,852,218.22 OBRA 1,342,631.03
SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO EXPEDIENTE 1,028,321.00
DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO, TÉCNICO 2,370,953.00 76,481,265.78
PROVINCIA DE BOLOGNESI,
REGIÓN ANCASH
4.5. Mediante Informe Legal N° 303-2025-GRA/GRAJ, de fecha 04 de abril de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina que “5.1. Es PROCEDENTE la solicitud de Incorporación de Mayores Ingresos Públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 2,370,953.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y local correspondiente al Proyecto de Inversión con CUI N° 2194933 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE
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BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH. 5.2. Esta acción petición de naturaleza presupuestaria debe efectuarse mediante una autorización establecido en un Acuerdo de Consejo Regional”.
4.6. A través del Informe Presupuestal N° 319-2025-GRA-GRPPAT/SGP, de fecha 30 de abril de 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto, señala lo siguiente: “(...) 3.2 Que, el Proyecto de Inversión de Código Unico de Inversión N* 2194933 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGION ANCASH”, se encuentra en ejecución bajo la modalidad de obras por impuesto, en cumplimiento del Convenio de Cooperación a ser suscrito en amparo de lo establecido en la Ley N° 29230 y su reglamento, Convenio de Inversión Pública Regional, suscrito el 29 de diciembre de 2014 y sus respectivas Adendas, las cuales constituyen operaciones oficiales de crédito; 3.3 Que, con la finalidad te atender la solicitud y emisión de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL}, en el marco del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y sus modificaciones, correspondiente a los componentes expediente técnico y obra vinculados a la ejecución del Proyecto de Inversión de Código Unico de Inversión N° 2194933 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGION ANCASH”, resulta necesario realizar la incorporación de un Crédito Suplementario derivados de mayores ingresos públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 Sede Central, en fa Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, específica de ingreso 1.8.21.24 Certificados de Inversión Publica Regional y Local (...)".
4.7. En ese contexto, resulta necesario que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, APRUEBE, mediante Acuerdo de Consejo Regional, la incorporación de un Crédito Suplementario, en la fuente de financiamiento 3 Recursos por Operaciones de Crédito, Especifica de Ingreso 1.8.21.24 Certificados de Inversión Publica Regional y Local; por el monto de S/ 2,370,953.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y local correspondiente al Proyecto de Inversión con CU! N° 2194933 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH”, conforme a Ley.”;
Que, en el dictamen precedentemente señalado, la citada comisión conforme a sus legales atribuciones, en su numeral V - RECOMENDACIONES señala: “Como resultado del análisis y de las conclusiones precedentes, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por decisión UNANIME de los miembros presentes en la sesión de su propósito, recomiendan al Pleno de Consejo Regional de Ancash, APROBAR un Acuerdo de Consejo Regional, (...)"; y proponen cuatro articulos;
Que, el numeral 9 del artículo 24° del RIC, de los derechos funcionales de los consejeros regionales señala: “Presentar pedidos sustentados por escrito”, en ese marco legal, el Dr. Walter Medrano Acuña, en su condición de Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presentó su PEDIDO N° 05, bajo el siguiente detalle: “De conformidad a lo establecido en el numeral 9 del artículo 24 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, aprobado por Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, y en mi condición de Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, SOLICITO al Pleno del Consejo Regional de Ancash, INCORPORAR en la Orden del Día, el Dictamen N° 08-2025-GRA/CR-COPPAT, relacionado a la "Solicitud de incorporación de mayores ingresos públicos en fa Unidad Ejecutora 001 Sede Central, percibidos bajo la Fuente de Financiamiento 3 Recursos
por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 2,370,953.00”, el citado pedido fue visto y debatido en orden del día de la presente sesión ordinaria;
Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos dej Consejo
Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El
Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 de! numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, en ese contexto, en la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 08 de mayo del año en curso el Consejero Delegado da cuenta del Pedido N° 05 de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el mismo que es aprobado con el voto unánime del Colegiado Regional de Ancash; consecutivamente, se da cuenta del dictamen recaído en la "Solicitud de incorporación de
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mayores ingresos públicos en la Unidad Ejecutora 001 Sede Central, percibidos bajo la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por el monto de S/ 2,370,953.00"; seguidamente, sustenta el Dr. Walter Medrano Acuña, en su condición de Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; inmediatamente, el Consejero Delegado solicita opiniones sobre el tema; acto seguido, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descritos en el DICTAMEN N° 08-2025-GRA/CR-COPPAT, de fecha 08 de mayo de 2025, siendo APROBADO por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la incorporación de Mayores Ingresos Públicos dentro de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Específica de Ingreso 1.8.21.24 Certificados de Inversión Pública Regional y Local, por el monto de S/ 2,370,953.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local correspondiente al Proyecto de Inversión con CUI N° 2194933 "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CHIQUIÁN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH".
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que en virtud del Principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad, este Consejo Regional asume que los estamentos del Ejecutivo Regional, han proporcionado información veraz y correcta, debiendo proceder conforme a ella, siendo de su entera responsabilidad el contenido de la documentación presentada.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE, el presente, al Gobernador Regional y a la Gerencia General Regional, para la implementación de las acciones administrativas que les corresponda, con arreglo a Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).
POR TANTO: ; REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE/Y CÚMPLASE,
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a REGIONAL D£, A ay pr uo
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