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099-2026-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 099-2026-GRA/CR

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 099-2026-GRA/CR Huaraz, 25 de mayo de 2026. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH. VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día viernes 22 de mayo de 2026, en atención a la CONVOCATORIA Nº 04- 2026-SE-GRA-CR/CD, de fecha 19 de mayo del 2026; el MEMORANDUM N° 01-2026GRA/CR-HRMM, de fecha 13 de mayo de 2026, presentado por el Consejero Regional Hugo Rodolfo Mallqui Montañez, Consejero Regional por la provincia de Yungay (en adelante El Consejero); y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y, en concordancia con lo establecido en los artículos 8, 9 y 31 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como, con lo señalado en el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR); y, el artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC); Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales y las disposiciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, establecen que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos y empresas del Estado, así como de los gobiernos regionales y locales, que postulen a cargos de elección municipal, deben solicitar licencia sin goce de haber, la misma que debe ser concedida treinta (30) días antes de la elección; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, publicado el 07 de enero de 2026, el poder ejecutivo convocó a Elecciones Regionales y Municipales para el 04 de octubre del año 2026, proceso electoral en el cual El Consejero tiene la intención de participar como candidato al cargo de Alcalde de la provincia de Yungay, departamento de Áncash; Que, mediante el documento de Visto, El Consejero ha requerido se le otorgue licencia sin goce de haber desde el 04 de septiembre hasta el 04 de octubre de 2026, a efectos de dar cumplimiento a la normativa electoral vigente; Que, corresponde al Consejo Regional adoptar los acuerdos relacionados con la situación administrativa de sus miembros, en el marco de sus atribuciones previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

Que, el Acuerdo de Consejo Regional, según lo establecido en el artículo 39 de la LOGR y sus modificatorias, es el acto administrativo a través del cual el Consejo Regional expresa su voluntad institucional, adoptando decisiones dentro del ámbito de sus competencias, especialmente en el ejercicio de su función fiscalizadora y de control político, con efectos jurídicos concretos, sobre asuntos internos del propio Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; disposición legal concordante con lo señalado en el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5 del RIC y cuya promulgación, publicación y vigencia se encuentra regulado en el artículo 111 de la indicada norma reglamentaria; Que, en ese sentido, en la en la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 22 de mayo del presente año, se pone a consideración del pleno del consejo el MEMORANDUM N° 01-2026-GRA/CR-HRMM, presentado por El Consejero, a efectos de ser sustentado y debatido. Concluida la sustentación y deliberación, cuyos oradores e intervenciones se encuentran registrados en el Acta de dicha sesión, la indicada solicitud es sometida a votación a mano alzada, siendo APROBADA por UNANIMIDAD; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Consejo Regional en su Cuarta Sesión Extraordinaria y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR Licencia sin goce de haber al Consejero Regional Hugo Rodolfo Mallqui Montañez, Consejero Regional por la provincia de Yungay, desde el 04 de septiembre hasta el 04 de octubre de 2026, con la finalidad de poder participar como candidato al cargo de Alcalde de la Municipalidad provincial de Yungay, departamento de Áncash, en el marco de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales y el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER se notifique el presente Acuerdo de Consejo Regional al interesado, a la Gerencia General Regional y a las dependencias correspondientes del Gobierno Regional de Áncash, para los fines administrativos y legales pertinentes. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal web institucional www.regionancash.gob.pe. POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

GARCIA DURAN Dali Espinel FAU 20530689019 hard Motivo: Soy el autor del documento

DALÍ ESPINEL GARCÍA DURÁN Consejero Delegado del Consejo Regional de Áncash

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por el Gobierno Regional de Áncash, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la lectura del código QR o el siguiente enlace: https://std.regionancash.gob.pe/consulta/dlFile.php?var=t8F0t4V2gnS%2FvrS3j2S9pIa3f3CPwKd6vX9%2FcXzPrc%2BiYFGnj2CkZVNmm6mFtV10gl7gw9Y %3D


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/8237836-099-2026-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10116227/8237836-acuerdo-de-consejo-regional-099-2026.pdf