Acuerdo de Consejo Regional N.° 089-2026-GRA/CR
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 089-2026-GRA/CR Huaraz, 11 de mayo de 2026. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH. VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 07 de mayo de 2026, en atención a la CONVOCATORIA Nº 052026-SO-GRA-CR/CD, de fecha 28 de abril del 2026; el PEDIDO N° 7, de fecha 07 de mayo de 2026, presentado por el Consejero Regional Dalí Espinel García Duran, Consejero Regional por la provincia de Yungay (en adelante El Consejero); y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y, en concordancia con lo establecido en los artículos 8, 9 y 31 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como, con lo señalado en el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR); y, el artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC); Que, conforme al artículo 13 de la LOGR, modificado por Ley N° 29053, el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”; de igual forma, el artículo 15 de la indicada norma regional, modificada por Ley N° 31812, establece, respecto de las Atribuciones del Consejo Regional, las de: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…) ; norma legal concordante con el artículo 2 y con el numeral 1) del artículo 35 del RIC, así como, con el artículo 7 y, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2025-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37 de la LOGR; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N.° 050-2026-GRA/CR se designó al Lic. Gilmer Cacha De La Cruz, Director de Sistema Administrativo II, como Encargado del Registro de la Información del Balance Semestral del Consejo Regional de Ancash, para el período 2026, en mérito a lo dispuesto en la Directiva N.° 010-2024-CG/PREVI; Que, posteriormente, mediante Resolución de Contraloría N° 178-2026-CG, de fecha 08 de abril de 2026, se aprobó la Directiva N° 002-2026-CG/PREV, “Presentación del Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el monto destinado al
fortalecimiento de las labores de fiscalización”; la cual entró en vigencia el 29 de abril del año en curso, estableciendo nuevas disposiciones respecto al registro y presentación de la información vinculada al Balance Semestral, dejando sin sustento normativo la designación efectuada mediante el precitado Acuerdo de Consejo Regional; Que, en ese sentido, El Consejero, en la estación correspondiente, dio cuenta de la entrada en vigencia de la Directiva N° 002-2026-CG/PREV y, que, en consecuencia, el marco normativo que motivo la emisión del Acuerdo de Consejo Regional N.° 050-2026-GRA/CR había sido derogada; razón por la cual, solicitó al pleno del consejo aprobar se deje sin efecto el indicado acuerdo de consejo; Que, en atención al principio de legalidad previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, corresponde adecuar los actos administrativos emitidos por el Consejo Regional al nuevo marco normativo vigente; Que, el Acuerdo de Consejo Regional, según lo establecido en el artículo 39 de la LOGR y sus modificatorias, es el acto administrativo a través del cual el Consejo Regional expresa su voluntad institucional, adoptando decisiones dentro del ámbito de sus competencias, especialmente en el ejercicio de su función fiscalizadora y de control político, con efectos jurídicos concretos, sobre asuntos internos del propio Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; disposición legal concordante con lo señalado en el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5 del RIC y cuya promulgación, publicación y vigencia se encuentra regulado en el artículo 111 de la indicada norma reglamentaria; Que, en ese sentido, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 07 de mayo del presente año, se pone a consideración del pleno del consejo el Pedido formulado por Consejero Regional Dalí Espinel García Duran, a efectos de ser sustentado y debatido. Concluida la sustentación y deliberación, cuyos oradores e intervenciones se encuentran registrados en el Acta de dicha sesión, la indicada petición es sometida a votación a mano alzada, siendo APROBADO por UNANIMIDAD; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Consejo Regional en su Quinta Sesión Ordinaria y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Consejo Regional N.° 050-2026GRA/CR, mediante el cual se designó al Lic. Gilmer Cacha De La Cruz, Director de Sistema Administrativo II, como Encargado del Registro de la Información del Balance Semestral del Consejo Regional de Ancash, para el período 2026, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa del presente Acuerdo de Consejo Regional. ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gerencia General Regional, así como, a las dependencias correspondientes del Gobierno Regional de Áncash, para los fines administrativos y legales correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal web institucional www.regionancash.gob.pe. POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GARCIA DURAN Dali Espinel FAU 20530689019 hard Motivo: Soy el autor del documento
DALÍ ESPINEL GARCÍA DURÁN Consejero Delegado del Consejo Regional de Áncash
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/8140363-089-2026-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9982076/8140363-acuerdo-de-consejo-regional-089-2026.pdf