Acuerdo de Consejo Regional N.° 084-2025-GRA/CR
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Gobierno Regíonal de Áncash Consejo Regional
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Hanerdo de Consgjo Regional N° 084-2025-GRA/CR,
Huaraz, 03 de abril de 2025.
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 03 de abril de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 04-2025- SO-GRA-CR/CD, de fecha 26 de marzo de 2025, el INFORME N° 01-2025-GRA/CR-WMA, de fecha 26 de marzo de 2025, elaborado por el Dr. Walter Medrano Acuña, Consejero Regional por la provincia de Huaraz; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC);
Que, el artículo 13” de la LOGR, modificado por Ley N” 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas"; asimismo, el artículo 15° modificado por Ley N° 31812, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. (...)", norma legal concordante con el artículo 2° y con los numerales 1) y 17) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8°, los literales a) y k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR;
Que, el literal a) del artículo 37° de la LOGR establece: “Los gobiernos regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (...)', en ese marco es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5* y el artículo 111” del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de aprobación de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 030-2025-GRA-CR, de fecha 06 de febrero del 2025, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ACORDO: “Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 01, del Dr. WALTER MEDRANO ACUÑA,
Gobierno Regional de Ancash Consejo Regional
“Año de la recuperación y consolidación de fa economía peruana”
Consejero Regional por la provincia de Huaraz, que se anexa al presente, referido a la siguiente actividad de fiscalización: “Fiscalización de la ejecución del Plan de Contingencia del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de los servicios educativos la 1E Santa Rosa de Viterbo en el distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash”. (...)”;
Que, el artículo 75” de la LOGR, respecto al REGIMEN DE FISCALIZACIÓN señala: “a. Fiscalización.- El Gobierno Regional está sujeto a la fiscalización permanente del Congreso de la República, del Consejo Regional y la ciudadanía, conforme a ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalización se ejerce con arreglo a los principios de gestión pública regional señaiados en la presente Ley. (...).’; dispositivo legal concordante con el artículo 6° del RIC;
Que, mediante el INFORME N° 01-2025-GRA/CR-WMA, de fecha 26 de marzo de 2025, el Dr. Walter Medrano Acuña, Consejero Regional por la provincia de Huaraz, después de realizar su análisis correspondiente, conforme a sus legales atribuciones, en su numeral IV. CONCLUSIONES, señala:
“Del análisis precedente, se arriban a las siguientes conclusiones:
4.1. Mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 030-2025-GRA-CR, de fecha 06 de febrero del 2025, se Aprobó el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización N° 01 “Fiscalización de la ejecución del Plan de Contingencia del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de los servicios educativos de la IE Santa Rosa de Viterbo en el distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash”.
4.2, Habiendo requerido, a través del Oficio N° 03-2025-GRA/CR-WMA, de fecha 14 de febrero de 2025, a la Gerencia Regional de Infraestructura información respecto al proceso de ejecución, culminación y entrega del mencionado Plan de Contingencia, mediante Oficio N* 168-2025-GRA-GRI, de fecha 28 de febrero de 2025, la Gerencia Regional de Infraestructura, me remite el Informe N° 023- 2025/CEMD/CO, de fecha 25 de febrero de 2025, elaborado por el Ing. Carlos Ernesto Morales Dextre, Coordinador de Obra, relacionado al estado situacional del Plan de Contingencia de la obra "Mejoramiento de los servicios educativos de la .E. Santa Rosa de Viterbo en el distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash", CUI N° 2194968. En este último informe, se da cuenta de una serie de irregularidades que se han venido suscitando durante la ejecución del Plan de Contingencia.
4.3. En ese contexto, a través de Carta Notarial N* 373-2024-GRA/GRAD, de fecha 30 de diciembre de 2024, el Gobierno Regional de Ancash notificó al Consorcio EDUCA, contratista ejecutor de la obra, la Resolución del Contrato de Ejecución de Obra (CONTRATO N° 016-2024-GRA-GRAD), por reiterados montos de las valorizaciones acumuladas ejecutadas menores al ochenta por ciento (80%) del monto de las valorizaciones acumuladas programadas en el Calendario Acelerado aprobado por la Entidad, siendo los meses de valorizaciones menores al 80% con respecto al monto de las valorizaciones programadas: junio, julio, agosto, setiembre y octubre de 2024. La constatación física e inventario de obra se llevó a cabo los días 18 y 19 de febrero de 2025, en la que se verificó que el Contratista no ha culminado con la ejecución al 100% del Plan de Contingencia, el cual fue programado inicialmente para su culminación al 31 de mayo de 2024.
4.4. Mediante Acta de Conciliación con Acuerdo Total, de fecha 21 de marzo de 2025, los representantes del Consorcio EDUCA y del Gobierno Regional de Ancash, arribaron a catorce (14) acuerdos determinables, entre los que destacan la vigencia del Contrato N° 016-2024-GRA/GRAD, el reinicio de los trabajos del Plan de Contingencia el día 24 de marzo de 2025, proceso constructivo que debe efectuarse hasta el 10 de mayo de 2025 bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de resolverse el contrato de pleno derecho por parte del Gobierno Regional de Ancash; una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato hasta por la suma de S/ 7,745,035.56 a favor de la Entidad; y, la resolución de manera automática del contrato en caso que en la ejecución de la obra principal se incumpliera la programación de obra vigente con un porcentaje menor al 80% del avance acumulado programado del nuevo calendario que contemple la aceleración de los trabajos.
4.5. El suscrito ha verificado in situ el reinicio del proceso constructivo del Plan de Contingencia de la obra en comento, llevado a cabo el día lunes 24 de los corrientes; se continuará con la actividad de fiscalización y a la expectativa de su culminación y entrega, dentro del plazo establecido. ”;
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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Que, en ese contexto, en la cuarta Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 03 de abril del año en curso el Consejero Delegado da cuenta del informe preliminar de la fiscalización a la ejecución del Plan de Contingencia de la LE. “Santa Rosa de Viterbo”; inmediatamente, sustenta el Dr. Walter Medrano Acuña, Consejero Regional por la provincia de Huaraz; consecuentemente, el Consejero Delegado solicita opiniones sobre el tema; acto seguido, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descrita en el INFORME N° 01-2025-GRA/CR-WMA, de fecha 26 de marzo de 2025, siendo APROBADO por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el INFORME N° 01-2025-GRA/CR-WMA, del Consejero Regional Walter Medrano Acuña, que en Anexo se adjunta al presente Acuerdo de Consejo Regional, el mismo que contiene el Informe Preliminar de Seguimiento de la ejecución del Plan de Contingencia de la obra “Mejoramiento de los servicios educativos de la 1.£ Santa Rosa de Viterbo en el distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash", actividad de fiscalización aprobada mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 030-2025-GRA/CR.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Web Institucional (www.regionancash.gob pe).
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691318-084-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956625/6691318-acuerdo-de-consejo-regional-084-2025.pdf