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076-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 076-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Aenerdo de Consgjo Regional N° 076-2025-GRA/CR,

Huaraz, 27 de marzo de 2025.

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 27 de marzo de 2025, en mérito a la CONVOCATORIA N° 02-2025-SE-GRA-CR/CD, de fecha 24 de marzo de 2025, el OFICIO N° 012- 2025-GRA/CR-ECV-CHz, suscrito por el Sr. EDSON JHONEL CANCHA VILLANUEVA, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023- GRA/CR, (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”; asimismo, el artículo 15° de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”: dispositivo legal concordante con el numeral 1) del artículo 35° del RIC y el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones — ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR;

Que, el numeral 23) del artículo 35° del RIC establece como atribución del Consejo Regional: “Justificar la inasistencia de los miembros del Pleno del Consejo Regional a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional, por razones de fuerza mayor debidamente documentada y sustentada”;

Que, en ese contexto con el OFICIO N° 012-2025-GRA/CR-ECV-CHz, con fecha de recepción en Mesa de Partes del Consejo Regional el 27 de marzo de 2025, el Sr. EDSON JHONEL CANCHA VILLANUEVA, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz, SOLICITA al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash, justificación ante la sesión extraordinaria de fecha 27 de marzo de del 2025 y entre sus considerandos del citado oficio señala lo siguiente:

“(...) precisar que habiendo tomado conocimiento de la Convocatoria N° 02-2025-GRA-SE-CR-CD, mediante el cual se convocó a sesión extraordinaria, la misma que se desarrollará el día jueves 27 de marzo del presente año, ante tal situación debo de comunicar que el suscrito no podrá participar en dicha sesión a

razón de pasar por un mal estado de salud.

En esa medida, señor Consejero Delegado, solicito tener a bien de poner a consideración del Pleno del Consejo Regional, para mi respectiva justificación.

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

Es oportuno indicar que, por razones de inmediatez, no adjunto mi diagnóstico médico correspondiente; la cual lo realizaré en el transcurso de los días. (...)”;

Que, el literal a) del artículo 37° de la LOGR establece: “Los gobiernos regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (...)', en ese marco es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de aprobación de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en ese contexto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 27 de marzo del año en curso, el Consejero Delegado da cuenta y dispone la lectura del OFICIO N° 012-2025-GRA/CR-ECV-CHz, presentado por Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz; inmediatamente, deja a consideración del Pleno del Consejo Regional la citada solicitud; acto seguido, somete a votación a mano alzada la petición de justificación del referido Consejero Regional por la provincia de Carhuaz, siendo APROBADO por UNANIMIDAD; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, el Colegiado Regional;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la solicitud de JUSTIFICACIÓN de INASISTENCIA a la Segunda Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Ancash, programada para el día jueves 27 de marzo de 2025, presentada por el Sr. Edson Jhonel Cancha Villanueva, Consejero Regional por la provincia de Carhuaz - Ancash, por las razones detalladas en el OFICIO N° 012-2025-GRA/CRECV-CHz.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www. regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691337-076-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956634/6691337-acuerdo-de-consejo-regional-076-2025.pdf