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065-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 065-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Aanerdo de Consejo Regional N° 065-2025-GRA/CR,

Huaraz, 06 de marzo de 2025.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 06 de marzo del año en curso, en atención a la CONVOCATORIA N° 03-2025-SO-GRA-CR/CD, de fecha 26 de febrero de 2025, el PEDIDO N° 04 formulado por el Lic. Adm. YOVER ALEX MONTOYA CASTILLO, Consejero Regional por ta provincia de Recuay, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de ta Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15” de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; norma legal concordante con el artículo 2° y con el numeral 1) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8°, el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N* 003-2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;

Que, el numeral 9) del artículo 24° del RIC, de los derechos funcionales de los consejeros regionales señala: “Presentar pedidos sustentados por escrito”, en ese marco legal el Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, Consejero Regional por la provincia de Recuay, presentó su PEDIDO N? 04, con el siguiente detalle:

“Solicito la aprobación del Consejo Regional para que una delegación oficial de consejeros participe en dicha reunión, en representación del interés regional de Ancash, con el fin de exponer la importancia de la ejecución de este proyecto ante el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”.

Que, el numeral 11 del artículo 24” del RIC, de los derechos funcionales de los consejeros regionales establece: “Obtener autorización del Consejo Regional mediante acuerdo de

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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

consejo, para viajes oficiales fuera del ámbito del Gobierno Regional de Ancash, en ejercicio de sus funciones.”;

Que, el artículo 25” del RIC, de los deberes funcionales de los Consejeros Regionales de Ancash, establece: “(...) 7) Cuidar los bienes públicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional y responsable de los bienes de consumo que les provee el Estado. Este deber incluye la obligación de dar cuenta documentada de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas autorizadas por el Pleno, con gastos de viáticos. 8) Presentar, luego de realizado un viaje oficial, o de fiscalización o de mandato de representación por cuenta del Consejo Regional, y dentro de los quince (15) días naturales siguientes a su retorno, un informe documentado al Pleno del Consejo Regional sobre todo aquello que pueda ser de utilidad al Consejo Regional y/o a la Región Ancash. De considerarlo conveniente el Consejo Regional puede acordar la reproducción del informe y disponer su envío a las comisiones, a los (as) Consejeros (as) o a los órganos del Gobierno Regional o del Estado que pudieran tener interés en la información que contenga. (...)”;

Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 013-2025-GRA/CR, de fecha 17 de enero del año en curso, el Pleno del Consejo Regional de Ancash: APROBÓ, la conformación de las COMISIONES ORDINARIAS del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, para el PERIODO LEGISLATIVO - 2025;

Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en ese contexto, en la tercera Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 06 de marzo del presente año, el Consejero Delegado, en el marco del numeral 15 del artículo 38” del Reglamento Interno de Consejo Regional, solicita al Consejero Regional de Mayor Edad - Consejero Regional por la Provincia de Bolognesi, dirija el debate; en ese marco legal, el consejero de Mayor Edad, da cuenta y ordena la lectura del PEDIDO N° 04 del Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, Consejero Regional por la provincia de Recuay, quien inmediatamente sustenta su pedido ante los miembros del Consejo Regional de Ancash; seguidamente, solicita opiniones al respecto; generándose una serie de deliberaciones sobre el pedido del citado consejero regional, donde algunos consejeros regionales emiten sus posiciones y solicitan que conste en acta; asimismo, el Asesor Técnico y Legal del Consejo Regional de Ancash, emiten sus opiniones, precisiones y algunas aclaraciones sobre el pedido en comento; acto seguido, el Consejero de Mayor Edad, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada el PEDIDO N° 04 del Consejero Regional por la provincia de Recuay, con las precisiones realizadas y con la anuencia del citado consejero; siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR, la autorización de la delegación oficial de consejeros, conformado por el Consejero Delegado; las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Infraestructura, Vivienda, Construcción Saneamiento y Gestión de Riesgos; y, Transporte y Comunicación del Consejo Regional de Ancash, para participar en la reunión con el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la ciudad de Lima, con la finalidad de impulsar el PROYECTO DE LEY QUE DECLARE DE INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICA CENTRO ORIENTAL, entre los departamentos de Ancash, Huánuco y Ucayali.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www. regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691362-065-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956644/6691362-acuerdo-de-consejo-regional-065-2025.pdf