Acuerdo de Consejo Regional N.° 056-2025-GRA/CR
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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Amero de Consejo Regional N° 056-2025-GRA/CR,
Huaraz, 25 de febrero de 2025
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día martes 25 de febrero de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 01-2025-SE-GRA-CR/CD, de fecha 20 de febrero de 2025, el OFICIO N° 08-2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 19 de febrero de 2025, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, (en adelante RIC);
Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15° de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; norma legal concordante con el artículo 2° y con el numeral 1) del artículo 35° del RIC y con el artículo 8°, el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;
Que, mediante el OFICIO MULTIPLE N° D000010-2025-MIDIS-DGIPAT., de fecha 14 de febrero del año en curso, el Director General de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e inclusión Social, invita al Gobernador Regional de Ancash y a los Consejeros Regionales a la Ill Reunión Ejecutiva Nacional de Consejeros Regionales integrantes de las Comisiones de Desarrollo Social y Económico;
Que, en ese sentido, con el OFICIO N° 08-2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 19 de febrero de 2025, el Consejero Dalí Espinel García Duran, Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, solicita autorización del Consejo
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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Regional para participar en el citado evento nacional los días 27 y 28 de febrero del presente año, en la ciudad de Lima y el Terminal Portuario de Chancay;
Que, el numeral 11 del artículo 24° del RIC, de los derechos funcionales de fos consejeros regionales establece: “Obtener autorización del Consejo Regional mediante acuerdo de consejo, para viajes oficiales fuera del ámbito del Gobierno Regional de Ancash, en ejercicio de sus funciones.”;
Que, el artículo 25” del RIC, de los deberes funcionales de los Consejeros Regionales de Ancash, establece: “(...) 7) Cuidar los bienes públicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional y responsable de los bienes de consumo que les provee el Estado. Este deber incluye la obligación de dar cuenta documentada de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas autorizadas por el Pleno, con gastos de viáticos. 8) Presentar, luego de realizado un viaje oficial, o de fiscalización o de mandato de representación por cuenta del Consejo Regional, y dentro de los quince (15) días naturales siguientes a su retorno, un informe documentado al Pleno del Consejo Regional sobre todo aquello que pueda ser de utilidad al Consejo Regional y/o a la Región Ancash. De considerarlo conveniente el Consejo Regional puede acordar la reproducción del informe y disponer su envío a las comisiones, a los (as) Consejeros (as) o a los órganos del Gobierno Regional o del Estado que pudieran tener interés en la información que contenga. (...)”;
Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día martes 25 de febrero del año en curso, el Consejero Delegado da cuenta y ordena la lectura del OFICIO N° 08-2025-GRA/CR-CODEPIP, de fecha 19 de febrero de 2025; seguidamente, el Consejero Dali Espinel Garcia Duran, Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, sustenta su petición ante el colegiado regional; consiguientemente el Consejero Delegado del Consejo Regional solicita participaciones a los consejeros regionales sobre el pedido sustentado precedentemente; en ese marco, los consejeros regionales emiten sus puntos de vista generándose una serie de deliberaciones y emerge la siguiente propuesta: “AUTORIZAR, a los consejeros regionales, Dalí Espinel Garcia Duran, Miguel Ángel Lavado Aparicio y Yanet Rosario Pinto Toledo, a participar en la II! Reunión Ejecutiva Nacional de Consejeros Regionales integrantes de las Comisiones de Desarrollo Social y Económico, Organizado por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a realizarse en la ciudad de Lima y en el Terminal Portuario de Chancay, los días 27 y 28 de febrero del 2025”; acto seguido, el Consejero Delegado, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la propuesta, siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Áncash;
Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR, a los consejeros regionales, Dalí Espinel García Duran, Miguel Ángel Lavado Aparicio y Yanet Rosario Pinto Toledo, a participar en la fll Reunión Ejecutiva Nacional de Consejeros Regionales integrantes de las Comisiones de Desarrollo Social y Económico, Organizado por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a realizarse en la ciudad de Lima y en el Terminal Portuario de Chancay, los días 27 y 28 de febrero del 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).
POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691380-056-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956651/6691380-acuerdo-de-consejo-regional-056-2025.pdf