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055-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 055-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Auerdo de Consejo Regional N° 055-2025-GRA/CR,

Huaraz, 25 de febrero de 2025

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día martes 25 de febrero de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 01- 2025-SE-GRA-CRI/CD, de fecha 20 de febrero de 2025, el OFICIO N° 07-2025-GRA/CR-YMC, de fecha 19 de febrero de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023-GRA/CR, (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, establece que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”;

Que, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, el artículo 15° de la LOGR, establece: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; dispositivo legal concordante, con el numeral 1) del artículo 35° del RIC, y con lo previsto en el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR;

Que, el artículo 4° del RIC, dispone que: “El Consejo Regional posee la autoridad suprema regional para ejercer con autonomía sus funciones normativa y fiscalizadora, en el marco jurídico de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias; la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el presente Reglamento”;

Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 01-2025-GRA/CR, de fecha 03 de enero de 2025, el Pleno de Consejo Regional de Ancash, por mayoría acordó: “Artículo Primero.- ELEGIR, al Lic. Adm. YOVER ALEX MONTOYA CASTILLO, Consejero Regional por la provincia de Recuay, departamento de Ancash, en el cargo de CONSEJERO DELEGADO del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, para el Periodo Legislativo 2025, en mérito a los considerandos expuestos. (...)”, la citada norma regional se notificó conforme a Ley;

Que, con el OFICIO N° 008-2025-UNHEVAL-FCS-D, de fecha 17 de febrero de 2025, el Decano (e) de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional “Hermilo Vaidizan” de Huánuco, invita al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash a PASANTÍA para conocer las Acciones Académicas, Administrativas, Investigativas y de Proyección Social y Extensión Cultural;

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

la citada pasantía se llevará a cabo del jueves 27 de febrero al sábado 1 de marzo del año en curso, en las ciudades de Huánuco y Tingo María; en ese contexto, mediante el OFICIO N° 07-2025- GRA/CR-YMC, de fecha 19 de febrero de 2025, el Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, Consejero Regional por la provincia de Recuay, solicita autorización del Consejo Regional para participar en la citada pasantía;

Que, el numeral 11 del artículo 24° del RIC, de las funciones de los Consejeros Regionales, establece como derecho funcional de los consejeros regionales: “Obtener autorización del Consejo Regional mediante acuerdo de consejo, para viajes oficiales fuera del ámbito del Gobierno Regional de Ancash, en ejercicio de sus funciones.”;

Que, con respecto a la Suplencia del Consejero Delegado, el artículo 39° del RIC, dispone: “39,1. Cuando por imposibilidad o hechos excepcionales y/o extraordinarios, debidamente justificados, impidan o determinen la no presencia del (la) Consejero (a) Delegado (a) en la sede o en las sesiones del Consejo Regional, el (la) Consejero (a) Delegado (a) de mayor edad asume el cargo con plenitud de las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, hasta que el (la) Consejero (a) Delegado (a) reasuma sus funciones. 39.2. La inasistencia O no aceptación del cargo por el (a) Consejero (a) Regional de mayor edad, no impide que, en ese mismo orden, los siguientes consejeros asuman el cargo con todas las atribuciones y responsabilidades.”;

Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoria simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111* del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día martes 25 de febrero del año en curso, el Consejero Delegado, en marco del numeral 15 del artículo 38° del Reglamento Interno de Consejo Regional, solicita al Consejero Regional de Mayor Edad — Consejero Regional por la Provincia de Bolognesi, dirija el debate; en ese sentido, da cuenta y dispone la lectura del OFICIO N° 07-2025-GRA/CR-YMC, de fecha 19 de febrero de 2025, inmediatamente el Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, Consejero Regional por la provincia de Recuay, sustenta su petición ante el Pleno de Consejo Regional y entre ello precisa que su petición es en calidad de Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash; consecuentemente, el Consejero Regional de Mayor Edad solicita participaciones a los consejeros regionales sobre el pedido sustentado precedentemente; seguidamente, el asesor legal del Consejo Regional emite algunas precisiones legales sobre el tema en comento; en ese marco, los consejeros regionales emiten sus puntos de vista generándose una serie de deliberaciones y emerge la siguiente propuesta: "ENCARGAR, al Mag. Víctor Marden Garro Condezo, Consejero Regional de Mayor Edad, el cargo de Consejero Delegado, mientras dure la ausencia del Consejero Delegado titular Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, por viaje de pasantía para conocer las Acciones Académicas, Administrativas, Investigativas y de Proyección Social y Extensión Cultural, programada por la Universidad Nacional “Hermilo Valdizan” de Huánuco, durante el periodo comprendido entre el día jueves 27 de febrero al sábado 1 de marzo del 2025.” acto seguido, el Consejero Regional de Mayor Edad, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la propuesta, siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Áncash;

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR, al Mag. Victor Marden Garro Condezo, Consejero Regional de Mayor Edad, el cargo de Consejero Delegado, mientras dure la ausencia del Consejero Delegado titular Lic. Adm. Yover Alex Montoya Castillo, por viaje de pasantía para conocer las Acciones Académicas, Administrativas, Investigativas y de Proyección Social y Extensión Cultural, programada por la Universidad Nacional “Hermilo Valdizan" de Huánuco, durante el periodo comprendido entre el día jueves 27 de febrero al sábado 1 de marzo del 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www. regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691382-055-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956654/6691382-acuerdo-de-consejo-regional-055-2025.pdf