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026-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 026-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Ancash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

Aeerdo de Consejo Regional N° 026-2025-GRA/CR,

Huaraz, 06 de febrero de 2025.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 06 de febrero de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 02-2025-SO-GRA-CRI/CD, de fecha 29 de enero del 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, y en concordancia con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4” del Reglamento interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023- GRA/CR, (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que: “E/ Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)”; el artículo 15° de la referida Ley Orgánica, sobre las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, establece: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. (...)’; dispositivo legal concordante, con el artículo 2°, los numerales 1) y 17) del artículo 35° del RIC y con lo previsto en el artículo 8” y los literales a) y k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR;

Que, el literal a) del articulo 37° de la LOGR, establece que: “Los gobiernos regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (...)”, en ese marco es COMPETENCIA DEL CONSEJO REGIONAL de Ancash, emitir Acuerdos de Consejo Regional como establece el artículo 39° de la LOGR, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5* y el artículo 111* del RIC, que versan respecto a la

Gobierno Regional de Ancash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economia peruana”

Naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, el numeral 27 del artículo 35” del RIC señala como atribución del consejo regional: “Aprobar el plan anual de trabajo de las comisiones ordinarias, la misma que será presentada en la segunda sesión ordinaria anual del Consejo Regional’;

Que, el artículo 51” del RIC, del Plan de Trabajo dispone: “Las comisiones deben contar con un plan de trabajo aprobado por el Pleno del Consejo Regional, según corresponda”; a su vez, el numeral 1 del artículo 58° del RIC, precisa como función de las comisiones ordinarias: “Elaboración del plan anual de trabajo y ponerlo a consideración del Pleno, para su aprobación en la segunda sesión anual ordinaria del Consejo Regional”;

Que, en ese marco las Comisiones Ordinarias de Asuntos Legales, Comunidades Campesinas y Desarrollo Agrario, Industria, Comercio, Turismo, Artesanía, Descentralización, Coordinación Interregional y Cooperación Técnica Internacional, Derechos Humanos, Seguridad Ciudadana, Inclusión Social y Participación Ciudadana, Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte, Energía, Minas e Hidrocarburos, Fiscalización, Infraestructura, Vivienda, Construcción, Saneamiento y Gestión de Riesgos, Transporte y Comunicación, Planeamiento, Presupuesto y ) Acondicionamiento Territorial, Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, Salud,

Ki, Trabajo, Promoción del Empleo de la Mediana, Pequeña y Micro Empresa y, Pesquería y ¿Ro 7, Pesca Artesanal del Consejo Regional de Ancash presentaron sus Planes de Trabajo para el 100 )* ejercicio 2025; de la misma forma la Comisión de Ética del Consejo Regional de Ancash;

Que, en mérito a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 38° del RIC, el Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash emitió la CONVOCATORIA N* 02-2025-SO-GRACR/CD, de fecha 29 de enero del 2025, a través de la cual se convoca a Sesión Ordinaria de Consejo Regional para el día jueves 06 de febrero del año en curso, la misma que, entre los temas de agenda, ha considerado la “Aprobación del Plan Anual de Trabajo de las Comisiones Ordinarias y Ética del periodo legislativo 2025 del Consejo Regional de Ancash”. Al respecto cabe destacar que cada una de las Comisiones Ordinarias, así como la Comisión de Ética, han cumplido con presentar sus respectivos Planes Anuales de Trabajo para el año 2025;

Que, en ese contexto, en la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día jueves 06 de febrero del año en curso, el Consejero Delegado da cuenta de la presentación del Plan Anual de Trabajo de las quince (15) comisiones ordinarias y de la Comisión de Ética; luego de lo cual solicita la participación de los consejeros regionales, quienes emiten sus puntos de vista generándose una serie de deliberaciones; asimismo, el Asesor Legal del Consejo Regional de Ancash, emite algunas aclaraciones y precisiones al tema; acto seguido, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la aprobación de los quince Planes Anuales de Trabajo de las Comisiones Ordinarias y de la Comisión de Ética del periodo legislativo 2025, siendo APROBADO por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N°

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“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Plan Anual de Trabajo 2025, de las quince (15) Comisiones Ordinarias y de la Comisión de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, que como anexo forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691441-026-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956685/6691441-acuerdo-de-consejo-regional-026-2025.pdf