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009-2025-GRA-CR Regional Agreement Áncash In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 009-2025-GRA/CR

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Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Leuerde de Conógjo Regional N° 009-2025-GRA/CR,

Huaraz, 17 de enero de 2025.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día viernes 17 de enero de 2025, en atención a la CONVOCATORIA N° 01-2025-SO-GRA-CR/CD, de fecha 09 de enero de 2025, el OFICIO N° 067-

¿s, 2024-GRA/CR-ELR-P., de fecha 30 de diciembre de 2024, suscrito por el Sr. EDGAR JEISER LÓPEZ

£ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca, y;

ADO Jz ¿8 CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 004-2023- GRA/CR (en adelante RIC);

Que, el artículo 13° de la LOGR, modificado por Ley N° 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”: asimismo, el artículo 15° de la LOGR, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; disposición legal concordante con el numeral 1) del artículo 35° del RIC y el literal a) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37° de la LOGR;

Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 181-2024-GRA/CR, de fecha 03 de octubre de 2024, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ACUERDA: “Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) N° 02, del Sr. EDGAR JEISER LOPEZ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca, que se anexa al presente, referido a la siguiente actividad de fiscalización: “Acto de fiscalización en la Red de Salud Pacífico Sur por presuntas irregularidades que se estarían suscitando en el proceso de contratación para el servicio de mantenimiento correctivo y preventivo de infraestructura de Establecimientos de Salud". (...)”;

Que, mediante el OFICIO N° 067-2024-GRA/CR-ELR-P., de fecha 30 de diciembre de 2024, el Sr. EDGAR JEISER LÓPEZ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca, solicita al Consejero Delegado del Consejo Regional, dejar sin efecto el Acuerdo de Consejo Regional N° 181- 2024-GRA/CR, y entre sus considerandos del referido oficio señala:

“(...) hacer de conocimiento del Pleno del Consejo Regional de Ancash lo siguiente: por causas no atribuibles a mi persona, el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) N° 02, referido a la “Fiscalización en la Red de Salud Pacífico Sur por presuntas irregularidades que se estarían suscitando en

Gobierno Regional de Áncash Consejo Regional

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

el proceso de contratación para el servicio de mantenimiento correctivo y preventivo de infraestructura de Establecimientos de Salud”. No ha podido ser concluida y estando a puertas de concluir el año 2024, SOLICITO se DEJE SIN EFECTO el Acuerdo de Consejo Regional N° 181-2024-GRA/CR.”:

Que, en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional de Ancash, emitir Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. (...) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 111° del RIC, que versan respecto a la naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, en ese contexto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional de Ancash, el día viernes 17 de enero del año en curso, el Consejero de Mayor Edad, da cuenta y ordena la lectura del OFICIO N° 067-2024-GRA/CR-ELR-P., de fecha 30 de diciembre de 2024; seguidamente, el Sr. EDGAR JEISER LÓPEZ ROSALES, Consejero Regional por la provincia de Pallasca, sustenta su petición ante el Pleno del Consejo Regional; inmediatamente, el Consejero de Mayor Edad, da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la siguiente propuesta: “Dejar, sin efecto el Acuerdo de Consejo Regional N° 181-2024-GRA/CR, de fecha 03 de octubre de 2024”, siendo APROBADO por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, en tal sentido, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR, SIN EFECTO el Acuerdo de Consejo Regional N° 181- 2024-GRAICR, de fecha 03 de octubre de 2024, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Consejo Regional,

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash (www regionancash.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionancash/normas-legales/6691476-009-2025-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7956703/6691476-acuerdo-de-consejo-regional-009-2025.pdf