Ordenanza Regional N.° 446-2019 GRA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
W
oRDENANZA REGIONAL N' 448 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR.
"APROBAR LA MODIFICACIóN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA SEDE CENTML DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS"
EL GOBERNADOR REGIONAT DEL GOBIERNO REGTONAT AMAZONAS POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Reg¡onal Amazonas de conform¡dad con lo previsto en la Ley N" 27580, Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Lay de Descentralización Ley No 27783 Ley Orgánica de Gob¡erno Regionales Ley Ley de Bases de la Descentralización No 27867 y su mod¡ficatoria, Ley No 27902 y demás normas Complementarias;
VISTO: En Sesión Ordinaria N'015 de fecha 07 de agosto de 2019, el Dictamen No 005-2019-G.R. de fecha 05 de julio de 2019 de la Comisión Ord¡naria de Planeam¡ento, Presupuesto y Acondicionamiento Terr¡tor¡al del Consejo Regional de Amazonas, que contiene la propuesta de Ordenanza Regional relativo a aprobar la modificación parc¡al del Reglamento de Organización y Func¡ones (ROF) de la sede central del Gobierno Regional de Amazonas, y; AMAZONAS/CR-COPPyAT,
CONSIDERANDOT
Que la Constitución Política del Perú, modiflcada por la Ley N' 27680 - Ley de Reforma
Const¡tucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre descentralización Ley No 28607, en su artículo 191o establece que los Gob¡ernos Reg¡onales Tienen autonomía política, económica y admin¡strativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía polít¡ca, económica y administrativa en los asuntos de su competenc¡a constituyendo para su adm¡n¡stración económica y financiera un pliego
presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organízación ¡nterna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 1920 de la Constitución Política del Perú, mod¡f¡cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley No 27680 y el artículo 20 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley No 27867; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho
públ¡co con autonomía política, económica y adm¡nistrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contr¡bu¡r al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2o,4" y 5" de la Ley No 27857, Ley Orgánica de Gobiernos Reg¡onales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los pr¡ncipios de exclusividad, territorial¡dad, legalidad y simpl¡f¡cac¡ón administrativa; Que, la Ley No 27658, Ley Marco de lvlodernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de Modernización con la finalidad de que las entidades del estado cuenten con una organización moderna y flexible, que repercuta en una mejor atención a la ciudadanía;
mediante Decreto supremo, N' 054-201g-pcM pubiicado er 1g de mayo de 201g, se aprueban Lnearnentos de organrzacrón del Estado", y deroga er Decreto supremo ¡r. o+¡lzoooipé¡¡l ei cuar lrene como finar dad que las entrdades dei Estado, conforme a su t)po, de competencras y funcrones, se organrcen de ra melor manera a frn oe responder a 1as necesrdades púbricas, en
-Que, "Lcs
beneficio de ia ciudadanía;
Que, mediante Informe No 179-2019-G. R.AMAzoNAS/cRppAT-sGDm, de fecha 09 de julio de 2019, la sub Gerencra de Desarrollo lnstitucjonal y Tecnología de la Informaclór, .oli.it" lu modiflcación del Reglamento de organrzación y Funciones d-ei Gobierno Regronal emazánai, documentos oue Fue aprobado mediante ordenanza Regional N" 419 GOBIERNo REGIoNAI Af4MoNAS/'cR, por lo que es necesaflo su aduaiizacrón de acuerdo a los Lineamrentos de orqanrzac ón der Esrado aprobado por el D.s, N' 054-201g-pcM; rndrcando que es por modiFicacrón oe la estructura orgánrca, en vrsta que se está supnmiendo la sub Gerencra de Formación continua Docente e Investigacrón Educatrva por duplicidad de funciones con la Dirección Regional de Educación Amazonas y la Creación de la oficina de coordinación Lima y ia suu ceienc¡a áe Atención a las Personas con Discapacidad;
Que, mediante Informe Legat No 746-201g-coBIERNo REGIoNAL AMAzoNAS/oRAt, de fecha 12 julio de 2019, el Director de la oficina Regional de Asesoría lurídica, después de revisado el de modrficacrón oel Reglamento de organización y Funciones (RoF) del Goblerno Regional s que propone la creacrón de la oficrna de coordinación Lrma, la sub Gerencia de Atención as Personas con Drscapactdad en la Estructura orgánrca del Gobierno Regional Amazonas y la supresión de la Gerencia de Formación Continua Docénte e Investigación Edícativa por Ouptrciáad de funciones y en cumpl¡miento al artículo 69" de la Ley N.29973 - Ley General de la persona con Discapac¡dad, emite opinrón favorable para la aprobación de l¿ modificación del Reglamento de organización y Funciones (RoF) del Gobierno Regional Amazonas, al haberse elaboradJ de acuerdo al procedimrento establecrdo en el Decreto supremo No 054-2019-pcN4, mediante el cual se aprueba os Lrneamtentos de Organtzación del Estaoo; Que, ei Reglamento de organizacrón y Funcrones (RoF), es un documento técnico normativo de Gestrón lnstrrucronal, que formaliza la estrucrura orgánrca de ia entrdad, oflentado al esfuerzo nstrtucronal y el ogro de su mrsrón, visrón y. ob.letivos. contiene las funciones generales de la Entidad y las Funcrones específicas de los órganos y unidades orgánicas, esiablecrendo sus atribuciones y responsab¡lidades en el marco de las normas legales respéctivas vigentes;
Que, el conse.lo Regronal tiene atribución de normar a lravés de ordenanzas Regionales, la
organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el ArtÍculo ls", tñc. .,a,,de la Ley N' 27867, Ley orgánrca de Gobrernos Regionales que señaia como una de sus atribucionesi "Aprobar, modiflcar o derogar las normas que reguien o reglamenten os asuntos y mateflas de su com9etencra y ]'uncrones del Gobrerno Regronal", en concordancra con el artículo ]go d" u norru antes acotada que establece que "Las ordenanzas Regronales norman asuntos de carácter general,
la organización y la adm¡nistración del Gobierno Regronal y reglamentan materias de su
competenc¡a";
Que, estando a lo acordado y aprobado en la sesión ordinaria de conselo Regional No 015 dei 07 de agosto de 2019, con el voto unánime de os conseleros Regionales y en uso de sus Facuitades
conferidas por e nc. a) del articulo 37o, concordante con el artículo 3go de a Ley No 27g67 Ley Orgánrca de Goorernos Regronates, modificada por ias Leyes No 27902,2g96g y 29053;
Se ha Aprobado la Ordenanza Regional:
ARTÍCULO PRIMEROT APROBAR, la modiFicación parcial del Reglamento de organización y Funciones (RoF) del Gobierno Regional de Amazonas, que contiene ües (III) títulos, crento
Nttl
L-y
ve¡ntisé¡s (cxxvl) artículos, se¡s (vI) Dispos¡c¡ones complementarias, cuatro (IV) Disposiciones Transitoriai Finales, Anexo 1- Estructura Or9ánica del Gobierno Regional Amazonas.
- GOBIERNO ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR, sin efecto la ordenanza Regional No419 que al Reglamento julio lo corresponde en 2018, de fecha
de REGIoNAL AMAZoNAS/CR, de Amazonas' Reg¡onal (ROF), del Gobierno de Organización y Funciones ARTICULO TERCERO,
de Planeamiento, Presupuesto y
- ENCARGAR a la Gerenc¡a Reg¡onal Institucional y Tecnología de la
Acond¡c'o."rn,e"t" Terr¡torial, la Sub Gerencia de Desarrollo Información, la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF)'
el D¡ario
ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en Diar¡o Judicial de la Reg¡ón y en el Portal Electrónico de la Inst¡tuc¡ón, Of,.i.l El
p*r..;
Artículo 42. de la Ley N' 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. .oniorr" dispone el "l
ARTÍCULO OUINTO. - La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia
al día s¡gu¡ente de su
publicac¡ón.
ComuníquesealseñorGobernadordelGob¡ernoReg¡onaldeAmazonas,parasU promulgación. En Chachapoyas, a los 09 días del mes de agosto del año 2019'
ARELLANOS
MARIO YLDEFONSO
Amazonas.
Consejo
PORTANTO:
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
Dado en la ciudad de Chachapoyas, en la casa del Gobierno Regional Amazonas a los,
t\: \
. oscAR
TAMIRANO QUISPE
RegiDnal
Reg¡onal Amazonas
2 1 A60. 2019
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947483-446-2019-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925308/Ordenanza%20Regional%20446-2019.pdf