Ordenanza Regional N.° 438-2019 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N' 438 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. "ApRoBAR EL REGLAMENTo DE oRGANIZActóru y nuructot'¡rs (RoF) DE Ln orRecoór,l REGIoNAL DE co¡4ERCIo ExrERroR y runÍsNo DE AMAZoNAS"
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: I
El Consejo Reg¡onal del Gobierno Reg¡onal Amazonas de conformidad con lo previsto en la Constitución Po!ít¡ca delPerú de 1993, modificada por Ley de Descentral¡zac¡ón - Ley No 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N' 27783 Ley Orgán¡ca de Gobierno Regionales - Ley N' 7857 y su mod¡f¡cator¡a, Ley N' 27902 y lemás normas Complementar¡as.
Sesión Ord¡nar¡a No 06 de fecha 20 de mazo de 2019, el Dictamen No 001-2019-GM/CRCOPPyAT, de fecha 19 de marzo de 2019, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionam¡ento Territor¡al del Consejo Regional de Amazonas, que cont¡ene la propuesta de Ordenanza Reg¡onal relativo a aprobar la mod¡ficac¡ón del Reglamento de Organizac¡ón y Func¡ones (ROF) de la Dirección Regional de Comerc¡o Exter¡or y Tur¡smo de Amazonas, y;
CONSIDERANDO: Que, la Const¡tución Politica del Perú en sus artículos 191'y 192" establecen que "Los Gobierno Regionales tienen autonomÍa politica, económica y adm¡nistrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía reg¡onal, fomentando las inversiones, actividades y servic¡os públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales Ce desarrollo; Que, los Gobiernos Regionales t¡ene autonomía tDlít¡ca, económica y admin¡strativa en los asuntos de su competenc¡a constituyendo para su administración económica financ¡era un pliego
y
presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organ¡zación ¡nterna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 1920 de la Constitución Politica del Perú, modif¡cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley No 27680 y el artículo 20 de la Ley Orgán¡ca de
Gobiernos Reg¡onales, Ley No 27867;
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Que, el numeral inciso c) el artículo 10" de ia Ley Orgánica antes acotada, prescr¡be que es competencia exclusiva del Gobierno Reg¡onal, aprobar su organ¡zac¡ón interna y su presupuesto ¡nst¡tucional, conforme a la Ley de Gestión I'resupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto; Que, es competencía del Gobierno Regional de Amazonas emit¡r ordenanzas Regionales, conforme a lo prescr¡to en el artículo 38" de la acotada ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, Ia organización y la adm¡nistrac¡ón del Gobierno Reg¡onal y reglafnentan materias de su competencia (...)";
Que, la Ley No 27658, Ley Marco de Modernizac¡ón de la Gest¡ón del Estado y el Decreto Supremo
N' 030-2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de
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modernización con la f¡nalidad de mejorar la gestión públ¡ca y construir un Estado democrático, descentral¡zado y al servicio del ciudadano; Oue, mediante Decreto Supremo N" 054-2018-PCM, publicado el 18 de mayo de 201g, se aprueban los l¡neam¡entos de organ¡zación del Estado y deroga al Decreto Supremo N" 043-2006-pCM, norma
que ha s¡do modif¡cada por el Decreto Supremo N'13'l-2018-pCM; por lo que, la Dlrección de Comerc¡o Exterior y Turismo ha util¡zado cr¡terios y reglas para la elaborac¡ón del Reglamento de Organ¡zac¡ón y Func¡ones (ROF), del mismo modo al momento de actual¡zar ha ten¡do en cuenta las
nuevas normas aprobadas correspond¡entes a su sector y a sus sistemas administrativos que corresponden a su estructura orgánica,
Que, la Just¡ficac¡ón para la modificación de la estructura orgánica de la D¡rección Regional de Comercio Exterior y Turismo, se da por apl¡cac¡ón del literal a) del artículo 46" del D.S. N' 054-2018PCM; aprobación o modif¡cación del ROF, que señala que la modificación de la estructura orgánica se da por incremento del número de un¡dades de organización por nivel organ¡zacional o niveles organ¡zacionales, como es el presente caso; Que, el lnforme Técnico sustentatorio de la propuesta de Reglamento de Organizac¡ón y Funciones ROF, precisa; que ha sido elaborado de acuerdo a lo establec¡do en el articulo 47' del Decreto N" 054-2018-PCM, en el que se establece las pautas para elaborar el sustento técnico de de una estructura orgánica, cuando ésta se da por incremento del número de unidades organ¡zac¡ón y por ende mayor capacidad operativa, que satisfaga las prioridades y estrategias institucionales,
Oue, otras de las necesidades primordiales para la mod¡f¡cación de la estructura orgánica, se sustenta en dar un cabal cumplim¡ento a las más de treintaic¡nco func¡ones fansferidas al sector y que por no contar con el personal suf¡c¡ente, estas competencias no han podido ser atendidas. Además, la necesidad de contar con una infraestructura y ierv¡c¡os que busque el desarrollo sosten¡ble de la activ¡dad turíst¡ca en la reg¡ón y cuyo desarrollo es responsabal¡dad que involucra la participac¡ón e ¡ntegración de los Gob¡ernos Regionales; Que, el Reglamento de organizac¡ón y Funciones (ROF), es un documento técn¡co normativo de Gestión Institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, or¡entado al esfuerzo institucional y el logro de su m¡s¡ón, visión y objet¡vos. Cont¡ene las func¡ones generales de la Ent¡dad
y las funciones específicas de los órganos y Un¡dades Orgán¡cas, estableciendo sus atribuciones y responsab¡l¡dades en el marco de las normas legales respectivas vigentes;
Que, el literal a) del Artículo 15'de la Ley No 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Reg¡onales y su modif¡catoria Ley N' 27902, establece que es atr¡buc¡ón del Consejo Regional "Aprobar, mod¡f¡car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competenc¡a y funciones del Gobierno Regional"; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión Ordinar¡a de Consejo Reg¡onal N" 006 del 20 de mazo de 2019, con el voto unánime de los Consejeros Reg¡onales y en uso de sus facultades confer¡das por el inciso a) del artículo 37o, concordante con el artículo 38" de la Ley No 27867 y su modif¡cator¡a No 27902, Ley Orgán¡ca de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional s¡guiente:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, el Reglamento de Organización y Func¡ones (ROF) mod¡ficado, de la D¡rección Reg¡onal de Comerc¡o Exterior y Turismo de Amazonas, en aplicación a lo d¡spuesto en el D.S. N" 054-2018-PCM, "UNEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO"; la misma que forma parte anexa de la presente Ordenanza Regional.
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ARTrcuLo SEGUNDo. - ENCARGAR a la Gerenc¡a Regionar de praneamiento, presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Direcc¡ón Reg¡onal de comerc¡o Exterior y Tur¡smo de Amazonas, la implementac¡ón del Reglamento de Organ¡zación y Funciones (ROF).
ARTrcuLo rERcERo, - DERoGAR toda norma del Gob¡erno Reg¡onat de Amazonas y de la
Dirección Reg¡onal de comercio Exter¡or y Turismo de Amazonas, en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO. - DTSPONE& que ¡a presente ordenanza Reg¡onal entrará en vigencia al día s¡guiente de su publicación en el Diar¡o oficial "El peruano" y será difundida a través d;l portal del Gobierno Reg¡onal Amazonas.
comuníquese al señor Gobernador del Gob¡erno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 25 días del mes de mazo del año 2019.
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DR. MARIO YLDEFONSO
ARELLANOS
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Consejo Reg
POR TANTO:
MANDO SE REGTSTRE, PUBTIQUE Y CUMPIá. Dado en la ciudad de chachapoyas, en la Casa del Gobierno Regional Amazonas a los,
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947491-438-2019-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925319/Ordenanza%20Regional%20438-2019.pdf