Ordenanza Regional N.° 412-2018 GRA/CR
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ORDENANZA REGTONAL N" 4I?. ----' REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con ro previsto
en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XlV, delTítulo lV, sobre Descentralización
- Ley No 27680, Ley de Eases de la Descentralización - Ley No 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionalets
- Ley No 27867 y su modificatoria, Ley No 27902 y demás Normas Complementarias y;
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191" y 1g2" establecen que: "Los
Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regionat, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, inciso 1) del artículo 17o, de la Ley de Bases de la Descentralización No 277g3, establece que los Gobiernos Regionales están obtigados a promover ta participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desa rrollo y Presupuestos y en la Gestión Púbtica; para este efecto deberán garantizar el acceso de fodos los ciudadanos a la información púbtica, así como la conformación y funcionamiento espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de Que mediante la Ley No 28056-Ley del Marco del Presupuesfo Parficipativo, se esfab/ece disposiciones gue aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programaciÓn parficipativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Que, el literal a) del Artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionates y su modificatoria Ley N' 27902, establece que es atribución det Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", Asimismo et Artícuto 3g. del mismo cuerpo normativo, señala: "Las Ordenanzas Regionales norman asunfos de carácter general, la competencia. lJna vez aprobadas por el Consejo Regional son remitido.s a /a Presidencia Regional para su promulgación,,;
Que, el reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de GestiÓn lnstitucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucionat y el logro de su misión, visión y oWw*ca /as
funciones generales de la Entidad y tas funciones específicab de /os óibá;iú{B orgánicas, estableciendo sus atribuciones y respons abilidades en leg ale s respectiv a s v ig ente s;
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Que, La Dirección Regionat de Salud Amazonas, há aprobación por los órganos competentes del Gobiernó. norma regional, los Reglamentos de Organización y .JR. ORTIZ ARRIETA N" 1250 TELF. 041-478131 CHACHAPOYAS
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AMAZO¡YA5 PEP¿
GOBIERNO REGIONAL A Unidades Eiecutoras, Dependencias y Establecimientos de Salud de la Dirección Regionat de Salud Amazonas, cuya formulación obedece en algunos casos a las necesrdades de restructuración orgánica y funcional de la entidad, con sujeción a las normas vigentes, para dinamizar la gestión y la presentación de seruicios de salud de dichas dependencias y establecimientos, acorde a las funciones transferidas por el nivel central y la demanda de la poblaciÓn; así como a la necesidad de encuadrar este documento de gestión dentro del esquema aprobado por las normas vigentes en materia de elaboración y aprobación de los documentos de gestión ROF de las Entidades de la Administración Púbtica; Que, el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del Hospital de Apoyo Bagua "Gustavo Lanatta Lujan", fue elaborado en concordancia con el Decreto Supremo N' 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Etaboración y AprobaciÓn del ROF, por parte de las Entidades de la Administración Púbtica y bajo los alcances de la Ley N" 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y Ley N' 30057, Ley del Seruicio Civil. En cumplimiento al Decreto Supremo N' 043-2006PCM, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Hospitat Gustavo Lanatta ian, emitiÓ el lnforme Técnico Susfenfa torio de Modificación det Reglamento de ación y Funciones del Hospitalde apoyo Bagua "Gustavo Lanatta Lujan", en la que las nuevas funciones propuestas en el RoF, así como aquellas que han sido o modificadas en relación con el ROF vigente y su susfento legat de cada una de esfas funciones y modificación o supresión de cada una de esfas funciones, información que contiene la Ficha Técnica. Que, la modificación del Reglamento de Organización y. Funciones(ROF) det Hospital de Apoyo Bagua "Gustavo Lanatta Lujan", cumple con los requisitos que exigen las normas y cuenta con opinión técnica y legal favorable de la Gerencia Generat de Planeamiento, y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo stitucionale lnformática, Oficina de Asesoría Jurídica, asícomo con eldictamen favorable del Conseio Regional; por lo que es procedente su aprobación mediante la norma regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesón Ordinaria de Consejo Regionat No05 det 15 de marzo del 2018, con elvoto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Arl. 37o, concordante con el Art. 38o de ta Ley 27867 y su modificatoria No 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha Aprobado la Ordenanza Regional:
Attículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) det Hospital de Apoyo Bagua "Gustavo Lanatta Lujan".
Artículo Seaundo. - DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional N"32g- GOBTERNO REGIONAL AMAZONASICR de fecha 17 de junio de 2013.
Artículo Tercero. - DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se Publique la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el Portat Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
JR. ORTIZ ARRIETA N" 1250 TELF. 041-478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERÚ
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GOBIERNO REGIONAL A
comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 21 días del mes de marzo del año 2018.
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'AN ABANTO Presidente Con sejo Region al Amazon as.
POR TANTO:
MANDO SE REG'STRE, PITBLíQUE Y CUMPLA, Dado en ta sede centraldet Gobierno Regionatde Amazonas, a
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JR. ORTIZ ARRIETA N" 1250 TELF. 041.478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERÚ
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947513-412-2018-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925342/Ordenanza%20Regional%20412-2018.pdf