Ordenanza Regional N.° 407-2018 GRA/CR
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AMAZOI{A! AMAZO'¡AS
DO
ORDENANZAREGTONAL N" 1 GOBIERNO REGIONAL EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:
El Consejo Reg¡onal del Gobierno Reg¡onal de Amazonas, de conform¡dad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, mod¡ficada por la Ley de Reforma Ley No 27680, Constituc¡onal del Capítulo XlV, del Título lV, sobre Descentralización Ley Ley de Bases de la Descentral¡zac¡ón Ley No 27783, Orgánica de Gob¡ernos Regionales Ley No 27867 su modificatoria, Ley No 27902 demás Normas Complementar¡as y;
y
y
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Polít¡ca del Perú en sus arfículos 191' y 192" establecen que: "Los Gob¡ernos Regionales t¡enen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueve el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo.
Que, inciso 1) del aftículo 17o, de la Ley de Bases de la Descentral¡zac¡Ón No 27783, establece que los Gobiernos Reg¡onales están obligados a promover la paiic¡paciÓn c¡udadana en la formulación, debate y conceftación de sus P/anes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; para este etecto deberán garantizar el acceso de todos /os ciudadanos a la información públ¡ca, así como la conformación y funcionam¡ento de espacios y mecanismos de consulta, conceftación, control, evaluac¡Ón rendición de cuenta. Que mediante la Ley N" 28056-Ley del Marco del Presupuesto Paft¡c¡pativo, se esfab/ece disposlciones que aseguren la efectiva participación de la soc¡edad c¡vil en el proceso de
programación pañic¡pat¡va del presupuesto de los Gobiernos Reglonales y Gobiernos Locales.
Que, con Ley No 29298- se modifican a los añículos 4',5',60 y 7o de la Ley 28056, refer¡dos a las instanc¡as, alcances, fases y of¡c¡al¡zación de compromlsos del Proceso Paftic¡pat¡vo, precisando además que cada instancia del proceso de 'programación paiicipativa formula su Presupuesto Pafticipat¡vo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del PerÚ, y las correspondientes leyes orgánicas. Que, mediante Decreto Supremo M 097-2009-EF, se establecen los criter¡os de alcance,
cobeñura y montos de ejecución que permitan ident¡ficar los proyectos de ¡nversión pública de impacto Regional, Prov¡nc¡al y Distrital a ser cons¡derados por /os Gobiernos Reg¡onales y Gobiernos Locales, en sus respecllvos procesos de Presupuesto Pafticipativo. Que, med¡ante Decreto Supremo No 142-20o9-EF, se aprueba un nuevo Reglamento de la Ley No 28056, Ley Marco del Presupuesto Patticipativo, en sustituc¡Ón del que ha venido rigiendo desde nov¡embre del 2003 y en
CONSEJO BEGIONAL
JR. ORTIZ ARRIETA N" 1250 TELF. 041.478131
vAs N: Tramhe:
GOBIERNO REGIONAT AIIlt;zONffi ¡ntroducidas por la Ley No 29298, refer¡das a /as ,nstanclas, alcances, fases y ofic¡alizac¡ón de compromisos del proceso de Presupuesto Pa¡1ic¡pat¡vo.
Que, mediante el lnstruct¡vo N' 001-201GEFq6.01, aprobado med¡ante Resoluc¡ón
D¡rectoral M 007 EF/76.01, el mismo que tiene carácter general y permanente, y de cumplimiento obligatorio, se estab/ece que el Presupuesto Pañicipat¡vo es un instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades del Gob¡erno Regional, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta /os Ob./'efiyos del Plan Estratég¡co de med¡ano plazo, los cuales están directamente vinculados con la v¡s¡ón y objet¡vos del Plan de Desarrollo Regional Conceñado al 2021 .
Que, es necesarlo establecer los lineamientos preclsos para orientar el desarrollo del proceso del Presupuesto Paiicipativo con un horizonte de coño plazo; el cual capitalice las experienc¡as de los anter¡ores procesos y recoja /os numerosos comentarios y sugerencias rec¡bidos de lnstituciones del Sector Públ¡co de la Soc¡edad Civil, del Sector Privado y los ciudadanos interesados en general. Que, estando a lo acordado y aprobado en ses,on Ord¡nar¡a de Consejo Reg¡onal No02 del 18 de enero del 2018, con el voto unánime de los Consejeros Reg¡onales y en uso de sus facullades conferidas por el ¡nc. a) del Aft. 37o, concordante con el Añ. 38o de la Ley 27867 y su mod¡ficatoria No 27902, Ley Orgánica de Gob¡ernos Reg¡onales. Se ha Aprobado la Ordenanza Regional:
Attículo Primero.- Aprobar, el "Reglamento que Regula el Proceso del Presupuesto Pa,ticipaüvo del Gobierno Regional Amazonas para el Año Fiscal 2019", conforme al integrado, que consiste en cuatro (4) títulos, catorce (14) capítulos, treinta y dos J¿) añículos, una (01) d¡sposición trans¡tor¡a y cuatro (04) anexos finales que forman de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, La conformación del Equipo Técnico señalado en el Añ. No 11 del Reglamento del Proceso del Presupuesto Pañ¡c¡pat¡vo.
Art¡culo Tercero.- ENCARG. AR, a la Gerencia Reg¡onal de Planeam¡ento Presupuesto y Acond¡cionam¡ento Territorial y al Equ¡po Técnico, para que en coord¡nación con el Consejo de Coordinac¡ón Reg¡onal y las dependencias y áreas involucradas den a la presente Ordenanza Regional, para lo cual realizaran ,odas /as accionei peñ¡nentes relacionadas al proceso, entend¡éndose como tal; La convocatoria, inscipc¡ón de agentes pañicipantes, adm¡s¡ón de proyectos, planificación y adecuac¡ón al lnstructivo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Atticulo Cuarto.- DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se Publ¡que la presente Ordenanza Reg¡onal en el Diar¡o Oficial El Peruano y el Poftal Electrón¡co del Gobierno Reg¡onal Amazonas.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobiemo Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 19 días del mes de enero del año 2018.
JR. ORTIZ ARRIETA N" 125O TELF, 041-478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU
GOBIERNO REGIONAT A
k"#^-ABANro Presidente Consejo Region al Amazonas.
POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLíQUE Y CUMPLA. Dado en ta Sede Centrat del Gob¡erno Reg¡onat de Amazonas,
a,o"
1 g FEB. 20lg
JR. ORTIZ ARRIETA N" 1250 TELF, 041-478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERÚ
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947518-407-2018-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925343/Ordenanza%20Regional%20407-2018.pdf