Ordenanza Regional N.° 377-2015 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N: 3?? GOBIERNO REGIONAL AIWAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:
El Consejo Regional det Gobierno Regionat de Amazonas, de conformidad coi to previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional det Capítulo XlV, del Título lV, sobre Descentralización - Ley No 27680, Ley de Bases de ta Descentralización - Ley No 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley No 27867 y su modificatoria, Ley No 27902 y demás Normas Complementarias y;
CONS'DERANDO:
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Que, la Constitución Política del PerÚ, modificada por Ley No 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título lV sobre DescentralizaciÓn y Ley No 28607, en su artículo 191o establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía económica y administrativa, en /os asunfos de su competencia; y en su artículo 20 inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son compefenfes para aprobar su organización interna y su presupuesto.
Que, /os Gobiernos Regionates emanan de la votunlad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de actprdo a sus competencias ,as, compartidas y detegadas en e/ marco de las políticas nacionales sectoriales, contribuir al desarrollo integrat y sostenible de la región, conforme lo expresan los 2o, 4o y 5o de la Ley No 27867, Le¡' grn^rica de Gobiernos Regionales, sus y sus Disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, , y simplificación administrativa.
Que, según lo dispuesta en el inciso a) artículo 15o concordante con el inciso a) del añículo 39" de ta Ley 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales modificada por la Ley N" 27902, el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten /os asunfo¡; y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisrbnes de carácter institucional de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales. Que, estando a lo acordado y aprobado en /a Sesron Ordinaria de Conseio Regional No 022 de fecha 19 de Noviembre de 2015, con el voto unánime de los Consejeros
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Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37o, concordante con el Aft. 38o de la Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes No 27902, 28968 y 29053.
Que, el artículo 10" de la Ley N' 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , establece : " Los Gobiernos Regionales ejercen /as competencias exclusivas y compartidas gue les asignan la Constitución , la ley de Eases de la Descentralización y la presente ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno . Competencias Exclusivas, de acuerdo al aftículo 35' de la Ley Orgánica de Eases de la Descentralización N' 27783, son las siguienfes; c) Aprobar su organización interna y si presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes Anuales de Presupuesfos
Que, el Decreto Supremo N" 043-2006-PCM aprueba los " Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones"- ROF por paftes de las entidades de la Administración Pública, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión y objetivos , que contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especificas de los órganos y unidades orgánicas. Que, con lnforme N" 159-2015-G.R.AMAZONAS/GRPPAT-SGDII, de fecha 01 de octubre del 2015, suscnto por la Sub Gerente (e) Sr. Gianna M. Mesia Pizarro, dirigido al y Acondicionamiento Territorial CPC. Gerente General de Planeamiento informa sobre la modificación parcial del G. Cisneros Fernández, mediante el de Organizaciones y Funciones , puesto que es necesario corregir con lp finalidad de cumptir con lo dr'spuesfo en ld Ley N" 30305 Artículo 191" en el que o*/ttuOlece \ .0ü80 :"4haXl variar la denominación de Presiderl¡e Aegional por Gobernador Regional y :'1v Vicepresidente Regional por ta de VicegoOerna$r Regional.
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15o concordante con el inciso a) del Que, según /o dlspuesf a en el inciso a) Regionales modificada por la Ley 39o de la Ley 27867, Ley Orgánica de de aprobar, modificar o derogar las Consejo Regional tiene la y que regulen o reglamenten /os asunfos materia de competencia y funciones del Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional de interés y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales.
Que, estando a lo acordado y aprobado en /a Sesión Ordinaria de Consejo Regional No 020 de fecha 22 de octubre de 2015, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Aft. 37o, concordante con el Añ. 38" de la Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes No 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
A¡7ículo Primero.- APROBAR, la modificación parcial de la Ordenanza Regional N" 334-2013, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones- ROF del Gobierno Regional Amazonas, referente a la denominación de Presidente Regional por Gobernador Regional y la denominación de Vicepresidente Regional por la de Vicegobernador Regional, cumpliendo lo dispuesfo en la Ley N" 30035- Ley de reforma de los artículos 191,194 y 203 de la Constitución Política del Perú , sobre denominaciÓn y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes.
Artículo Segundo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en et Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicaciÓn sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Amazonas
Comuníquese aI Señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, Para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 18 días del mes de
del año 201 5.
CETIS JIMENEZ,
Presidente
ejo Regional Amazonas POR TANTO:
MANDO SE REG/STRE, PIJBL|AUC Y CUMPLA.
Dado en la Sede Centrat det Gobierno Regional de Amazonas, a
Sr. GILMER W. HORNA CORRATES Gobernador Regional Gobierno Regional de Amazonas
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947547-377-2015-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925376/Ordenanza%20Regional%20377-2015.pdf