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376-2015-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 376-2015 GRA/CR

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COHSE'O RE6}C'NAL

oRDENANZA REGTONAL No 376 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:

El Consejo Regional det Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Politica det Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucionat del Capítuto XtV, det Título lV, sobre Descentralización Ley No 27680,

Ley No 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Ley de Bases de ta Descentralización Ley No 27867 y su modificatoria, Ley No 27902 y demás Normas Regionales Complementarias Y;

CONSIDERANDO:

Que, la ConstituciÓn Politica del Perú, modificada por Ley No 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XtV del Título lV sobre DescentralizaciÓn y Ley No 28607, en su artículo 191o establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia económica y administrativa, en /os asunfos de su competencia; y en su artículo que los Gobiernos Regionales son compefentes para aprobar su ización interna y su presupuesfo.

r:
I Que, /os Gobiernos Regionales emánan de la voluntad popular, son personas 'Yjurídicas de derecho púbtico con autonomía potítica, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias pxc/usirzas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, contribuir al desarrollo integrat y sostenible de la región, conforme lo expresan los 2o, 4o y 50 de la Ley No 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus y sus Disposiciones se rigen por los principlos de exclusividad, territorialidad, 'legalidad, y simplificación administrativa.

I

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva No 152-2014-SERVIR/PE., de fecha de agosto del 2014, se aprueba la Directiva No 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de

Apticación Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puesfos de las Entidades" y con Resolución de Presidencia Ejecutiva No 234-2014-SERVIR/PE., de fecha 05 de noviembre 001-2014Directiva de numeral del 2014, se resuelve adicionar

el

la

M

SERVIR/GPGSC. Que, el acápite 4.7 del numeral 4 de la precitada Directiva, prescribe que "Aquellas

Entidades Exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designaciÓn y

contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Secfor Publico u otra norma nacional con rango de Ley, podrán hacer aiusfes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional (...); asimismo, en su literal 5.5.2 del numeral 5 señala que la aprobación del CAP-Provisional de las Entidades del Gobierno Regional se realiza mediante Ordenanza . Regional.

Que, la Ley No 30281, Ley de Presupuesto del Secfor Público para el Año Fiscal 2015,'autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de ta PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, de los Profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asisfencrales de la Salud del Ministerio de Sa/ud, sus Organismos Púbticos y las Unidades Ejecutoras de Satud de /os Gobiernos Regionates y las Comunidades Locales de Administración de Salud - CLAS. (...). Que, mediante el Decreto Supremo No 032-2015-54, esúablecen los Lineamientos para el Proceso de Nombramiento de /os Profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Sa/ud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud - CIAS. Que, con Resolución Ministerial No 630-201í-MlNSA, se aprueba el Cronograma de

proceso de nombramiento a que se refiere e/ D.S. No 032-201í34 y ión, del modelo de presentación de documentos y de declaraciones para el proceso de nombramiento de personal de la salud del año 2015.

Que, con Circular No 158-2015-OGGRH/M/NSA. de fecha 16 de noviembre del 2015, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, solicita con carácter de muy urgente la información del CAP-Provisional proyectado al con su respectiva Ordenanza Regional de Aprobación. Que, la Dirección Regional de Salud ha tramitado a través del Consejo Regional del Regional de Amazonas el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la: Dirección Regional de Salud Amazonas, Red de Salud de Chachapoyas, Red de Salud de Bagua, Red de Salud de Utcubamba, Red de Salud de Condorcanqui y det Hospitat Regional Virgen de Fátima, Hospital Gustavo Lanatta Luján de Bagua, Hospitat Santiago ApÓstol de Utcubamba, Hospital Santa María de Nieva y del Hospital María Auxiliadora de Rodríguez de Mendoza, /os mismos que están debidamente configurados, conforme lo corroboran los lnformes Técnicos favorable de acuerdo a la normatividad vigente expedido por los órganos competentes de cada dependencia de Salud.

Que, estando a lo dictaminado por el Consejo Regionat del Gobierno Regional Amazonas, que confirman que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de cada una de las Dependencias de la Dirección Regional de Satud de Amazonas, arriba indicadas han sido actualizadas de conformidad a la Resolución de Presidencia Ejecutiva No 152-2014-SERVIR/PE., Directiva No 001-2014-SERVIR/GPGSC'Reglas de Aplicación

Progresiva para la Aprobación del Cuadro de Puesfos de las Entidades" y Resolución de Presidencia Ejecutiva No 234-2014-SERVIR/PE., Ley No 30281, Ley de Presupuesto del Secfor Público para el Año Fiscal 2015; esfe conseio Regional aprueba dicha propuesta por encontrarse conforme a Ley. Que, según lo dispuesta en el inciso a) artículo 150 concordante con el inciso a) del arlículo 39o de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales modificada por la Ley N" 27902, el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten /os asunfos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales. Que, estando a lo acordado y aprobado en /a Sesrón Ordinaria de Consejo Regional No 022 de fecha 19 de Noviembre de 2015, con el voto unánime de /os ConseT'eros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37o, concordante con el Art. 38o de la Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes No 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:

Primero.- APROBAR, el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional modificado de la: Dirección Regional de Salud Amazonas, Red de Salud de Red de Salud de Bagua, Red de Salud de Utcubamba, Red de Salud de y del Hospital Regional Virgen de Fátima, Hospital Gustavo Lanatta Luján de Bagua, Hospital Santiago Apóstol de Utcubamba, Hospital Santa María de Nieva y del Hospital María Auxiliadora de Rodríguez de Mendoza, que forman parte de la presente Regional, conforme al siguiente detalle:

DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD AMAZONAS

RED DE SALUD DE CHACHAPOYAS

RED DE SALUD DE BAGUA

Folios: 188 Cargos Ocupados: 428 Cargos Previstos: 1020 Total Cargos: 1448

Folios: 149 Cargos Ocupados: 207 Cargos Previstos: 246 Total Cargos: 453

RED DE SALUD DE UTCUBAMBA

RED DE SALUD DE

CONDORCANQUI

HOSPITAL REG IONAL VI RG EN DE FÁTIMA

Folios: 50 Cargos Ocupados: 172 Cargos Previstos: 605 Total Cargos: 777

Folios: 13 Cargos Ocupados: 257 Cargos Previstos: 90 TotalCargos: 167 Folios: 53 Cargos Ocupados: 224 Cargos Previstos: 159 Total Cargos:383 Folios: 55

HOSPITAL GUSTAVO LANATTA LUJÁN DE BAGI,)A

Cargos Ocupados: 134 Cargos Previstos: 175 TotalCargos: 309 Folios: 29

H OSP ITAL SANI/AGO APÓ STO L

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DE UTCUBAMBA

Cargos Ocupados: 73 Cargos Previstos: 289 TotalCargos: 362 Folios: 40

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HOSPITAL SANIA MAR|A DE NIEVA

Cargos Ocupados: 11 Cargos Previstos: 64 Total Cargos: 75 Folios: 99

H OSP I TAL MAR| A AIJXI LI ADORA

DE RODR|GIJEZ DE MENDOZA

Cargos Ocupados: 43 Cargos Previstos: 97 Total Cargos: 140

Artículo Segundo.-ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Amazonas, dar cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Tercero.- ESTABLECER, en cuanto que las plazas previstas en los CAP-P de de la Dirección Regional de Salud de Amazonas, Redes y Hospitales descritas en la presente Ordenanza Regional, pasen a ser ocupadas, deben ser aprobados mediante Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Amazonas

Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación.

En Chachapoyas, a los 23 días del mes de noviembre del año 2015.

CETIS JIMENEZ.

Presidente Consejo Regional Amazonas

POR TANTO:

MANDO SE REG/STRE, PIJBL|1UC Y CUMPLA,

Dado en la Sede Centraldel Gobierno Regionalde Amazonas, a /os

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