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365-2015-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 365-2015 GRA/CR

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POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en los aftlculos 191" y 192" de la Constituci6n Politica del Per(t. modificada por la Ley de Reforma Constitucional sobre la Descentralizacion, Ley N" 27680: Ley de Eases de la Descentralizaci6n, Ley N" 27783; Ley Orgenica de Gobiernos Regionales. Ley N" 27867 y sus modificatorias aprobadas por Ley N' 27902 y demds normas complementarias. CONSIDERANDO: Que. la Ley N" 27867 - Ley Orgenica de Gobiernos Regionales. estab/ece en su

afticulo 53' que son funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental. a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales, b) lmplementar e/ S,stema Regionai de Gesti6n Ambiental en concordancia con las Comisiones Ambientales Regionales. Que, el afticulo 53" inciso b) de la Ley N" 27867- Ley Orgenica de Gobiernos Regionales prescibe que. Las Comisiones Ambientales Regionales e$en conformadas por las instituciones y actores regionales con responsabilidad e interes en la gesti6n ambiental de la regi6n y tienen /as sigulentes funciones generales: b) Elaborar el Plan y la Agenda Ambiental Regional que serdn aprobados por los Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Legislativo.N" 1013 Ley de Creacion, Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambiente, el cual se configura como el ente rector del sector ambiental a nivel nacional, cuya funci5n especifica es formular, coordinar. supeNisar, ejecutar supevisar y evaluar la Agenda Nacional Ambientai aplicable a todos los niveles de gobierno. Que, conforme a la Ley N" 28611 Ley General del Ambiente en el inciso primero del afticulo 17" establece que "los instrumentos de gesti6n ambiental podrd)n ser de planificaci6n, promoci6n, prevenci6n, entre otros, igidndose por sus normas legales respectlvas y /os principios contenidos en la presente Ley"

Que, el inciso b) del articulo 40' del Decreto Supremo N" 008-200*PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional .de Gesti6n Ambiental (Ley

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"lsわ instancia de gesti6n ambiental de cardcter multisectorial, encargada de la conceftacidn de la Polltica Ambiental Regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores p0blico y privado brindando apoyo al Gobierno Regional respectivo.

Que, mediante Ordenanza Regional N' 006-200+CR/RA, de fecha 16 de febrero de 2004, en su afticulo primero, se aprueba la Agenda Ambiental Regional 2003 - 2015; es el caso que dicho instrumento de gestian ambiental esta desactualizado, por cuanto a pafti de la promulgaci6n de la Ley N" 28611 Ley General del Ambiente, Politica Nacional del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N" 012-2009-M|NAM, necesita ser actualizada.

Que, el dia 31 de octubre del 2014, los integrantes de'la Comisi1n Ambiental Regional, se reunieron en la ciudad de Bagua, y habiendo revisado todos /os afliculos contenidos, aprobaron por unanimidad la Agenda Ambiental Regional 2015-2016, tal y como consta en acta de Quinta Reuni6n Ordinaria de la Comisidn Ambiental Regional Amazonas. Que, mediante lnfornte N" 031 -201 4/G. R. AMAZONAS/G-ARNG EST. AM Bl ENTAL /D, de fecha 12 de noviembre del 2014, la Directora Ejecutiva de Gestrbn Ambiental, recomienda que el Gobierno Regional Amazonas, debe considerar la emisi6n de una Ordenanza Regional, por proponer resultados en materia ambiental de la regi6n Amazonas a ser cumplidas durante los afros 201*2016, comprometiendo el accbnar de las autoidades ambientales sectona/es e involucrando a las autoidades ambientales de nrvel regional y local, asi como la sociedad civil.

Que, la imptementaci,n de la Agenda Ambiental Regional actualizada, periodo 201 U2016. es una condicidn necesaria para asegurar el cumplimiento de la Politica Ambiental y foftalecer el desarrollo de la regi6n Amazonas, tambi1n por que la ambiental es de carecbr transectorial; el logro de los objetivos y metas de este de gesti6n es responsabilidad compaftida de todas /as Gerencias Regionales, Direcciones Regionales Secrofla/es, entre otras instituciones p(tblicas y privadas. Qυ e,esfa″ do a ro acOrdado j/aprobado en Ses10η Ordlnara def COnseJo Regrona′ ° 45‑ 00a de Fec力 a θ6 de Marzo der 20fa medlante Actlerdo de CO″ seyo Regrona′ Ⅳ θ 2θ ′a CO″ lando cOη e′ νOlo FavOrabre de rOs cο ,seyeros Reglonares y e″ υsο de sυs Ar°

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JR. ORTTZ ARRIETA

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00BI■ nHO m=G:OHAL AMttZOHAS ARTrCυLO SECtJNDOf Dar cυ enfa de la presente Ordenanza Regional a la スmblenfa′ Reg10na′ ― ハMAZONAS, Autoridad Regional Ambiental e instancias Gobierno Regional Amazonas.

ARTiCULO TERCERO: AaJTORTZAR a la Secretaria det Consejo Regional det Gobierno Regional de Amazonas, realizar los tr4mites respectivos para la publicaci6n de la respectiva Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusi5n en el poial electr6nico del Gobierno Regional, previa promulgaci6n del Presidente del Gobierno Regional.

-Comuniquese al seffor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgaci6n. En Chachapoyas, a los 12 dias del mes de Marzo del 2015:

才 C[L′ S」 rMENEZ Presidente Consejo Regional Amazonas

POR瓢 ″rOf MANDO SE RECrSI旺,PuBL′ QtjE y CUMPLA Dado en ta Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a

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JR. ORTTZ ARPJETA

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los 2 5 MAR. 2015

CORRALES

Amazonas

rf 1250 TELFS. (M1) 477186 / 475131 CHACHAPOYAS AMAZOM.S PERL! www. region am a zo nas. gob.pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947559-365-2015-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925383/Ordenanza%20Regional%20365-2015.pdf