Ordenanza Regional N.° 362-2014 GRA/CR
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00BEER‖ O REG目 0‖ AL AMAZO‖ AS an口議Иttz4用日,′OM二 ″° 362 σOBIERNO月 冒G′OttИ 二Л″ИZa″ И痺 EL PRES′ DEN「E DEL GOB′ ERNO REC′ ONAL AMAZONAS POR CUANTO:
'El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en /os afticulos 191' 192" de la Constituci6n Politica del Per(t, modificada por
y
la Ley de Reforma Constitucional sobre la Descentralizaci6n, Ley N' 27680; Ley de Bases de la Descentralizaci6n, Ley N' 27783; Ley Orgdnica de -Gobiernos Regionales, Ley N" 27867 y sus modificatorias aprobadas por Ley N" 27902 y demds normas complementarias. ⌒
CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 dei afticulo 2" de la Constituci1n Politica det Per(t, establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Asimismo el afticulo 67' establece que el Estado determina la Polftica Nacional del Ambiente y promueve el uso
sostenib/e de sus recursos naturales. Que, /os afticutosillo, 67o y 68" de la Constituci6n Potitica del PerL, estatblecen que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Naci6n, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento; promoviendo el uso sosfenib/e de sus recursos; el Estado estd obligado a promover la conservacion de la diversidad biot6gica y de /as 6reas naturales protegidas. Que, et articuto 1910 de la Constituci6n Politica del Per|
, modificada por ley de Reforma constitucional sobre Descentralizaci6n, Ley No 2T680 y Ley No 2860r, establecen qie los Gobiernos Regionales tienen autonomfa politica, econ6mica y administrativa en los asunfos de su competencia y; conforme el inciso 7) del articulo 1g2o, los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional,'fomentando inversiones, actividades y servicios phblicos de su responsabilidad, en armonfa con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; siendo competentes para promover
y regular actividades y/o seruicios en materia de agricultura, pesqueria, industria,
agroindustria, comercio, turismo, energfa, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, el afticulo 30 de la Ley No 28611, Ley General del Ambiente, prescribe que toda persona tiene el derecho a pafticipar responsablemente en los procesos de toma de decr.siones asf como en la definici6n y aplicaci6n de las politicas y medidas relativas al ambiente y sus componentes.
Que, el articulo 3o de la Ley No 27308, Ley Foresta.l y de Fauna. s/yesfre, establece que el Estado promueve el manejo de los recursos foresfales en el territorio
JR. ARnZ ARRTETA
M 125A TELFS. (041) 477186 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PER0 www. re g i o n a m azo n a s. gob. pe
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activa pafticipacion de /os secfores sociales y econ6micos del pais, fomentando la conciencia nacional so6re el manejo responsable de las cuencas, de los bosgues y de la fauna silvestre.
Que, mediante Ordenanza Regional A/o 327-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 17 de mayo del 2013, se crea la Autoridad Ambiental Amazonas (ARA-Amazonas), con sus 6rganos de linea como son la Direcci6n Ejecutiva de gestion de Bosques y de Fauna Si/vesfre; y se aprueba su Reglamento de Organizaci5n y Funciones, mediante el cual se le asigna las funciones de Direcci6n Forestal y de Fauna S/vesfre, 6rgano de linea de la Direcci6n Regional Agraria Amazonas, a la Direcci6n Ejecutiva de Gesti6n de Bosques y de Fauna S/yesfre, 6rgano de linea de ta Autoridad Regional Ambiental Que, mediante lnforme No 04-2014/G.R.NARA-AMAZONAS/DEGBFS, de fecha 01 de octubre del 20014. El Director ejecutivo de Gesti6n de Eosques y Fauna S/yesfre, recomienda que el Gobierno Regional Amazonas, debe considerar la emisi6n de una Ordenanza Regional, por ser esta una justa aspiraci6n de la Plataforma de Manejo Forestal Comunitario, vi1ndose de esfe modo la voluntad politica del Gobierno Regional Amazonas, de apoyar este tipo de iniciativas y mostrar que sus acuerdos son considerados y atendidos; de este modo en conjunto con lnstituciones s6lidamente constituidas, nos ayuden a la ardua tarea de gestionar adecuadamente los bosgues de nuestra regi6n.
Que, la Plataforma de Manejo Forestal Comunitario, tiene como objetivo de constituir un espacio de cooperaci6n interinstitucional para la elaboraciiln de propuestas y lineamientos gue promueven el manejo forestal comunitario en la regi6n, convocando a las principales organizaciones phblicas, privadas e indigenas para constituir un espacio de discusion y concertaci6n acerca de las principales necesidades y probtemdtticas de las Comunidades Nafivas de cada Region. Como resultado, se rnsfa/a ta Ptataforma Regional de Maneio Forestal Comunitario, la cual tiene por finalidad promover et Manejo Forestal Comunitario en la Regi6n a travds de la elaboraci6n de propuestas de dispositivos legales en materia forestal comunitario, fomentar el desarrollo de capacidades indigenas, desarrollar mecanismos necesarios para la tenencia de ta tierra y acceso a /os recursos foresfa/es, e ntre otros. Que, estando a lo acortado y aprobado en Sesldn Ordinaria del Consejo Regionat No 023, de fecha 03 de Diciembre del 2014, mediante acuerdo de Consejo Regional No 247-2014, contando con el voto favorable de /os ConseT'e ros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. A) del art. 37o de la Ley No 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes No 2A968 y 2g053,
Se ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
ARTiCULO PRTMERO: CONFORMAR la institucionalizaci6n de la plataforma de Maneio Forestal Comunitaria de la Regi6n Amazonas (PMFC); convifti1ndose esfa en un espacio de di6logo, consenso y promoci6n permanente del manejo sostenible de
JR. ORTTZ ARRTETA No 1250 TF.LFS. (041) 477155 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU www. regi o n a m azon a s. gob. pe
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o Un Representante del Gobierno Regionalde Amazonas. o Un Representante de la Municipalidad Provincialde Condorcanqui. . Un Representante del Consejo lnterregional Amaz6nico. o Un Representante del PNCBCC de MINAN. . lJn Representante de\SOLUCIONES PRACIICAS. . .Un Representante de la FAD. o Un Representante de /as FECAS. o Un Representante de la OPIWAK. o Un Representante del CAH. o Un Representante de la ODECAM. . Un Representante de la ORPIANP: o Un Representante de la FECORSA. c Un Representante de ODECOFROC. c Un Representante del Proyecto Especial Jadn, San lgnacio y Bagua. . Un Representante dellSf Fe y Alegrla No 74. . Un Representante de SERNANP. . Un Representante de SAIPE. . Un Representante de Radio Kampagkis. . Un Representante de la Asociaci6n de Productores Agroforestates-APAE. o tJn Representante de la Empresa PACIF\C-MAUREL ET pR)/rt. ARTiCULO SEGUNDO: DISPONER, que tos representanfes serdn acreditados ante la Autoridad Regional Ambiental de Amazonas en un plazo mdximo de 30 dias a panir del dia siguiente de aprobada la presente Ordenanza Regional.
ARTiCULO TERCERO: DISPONER, que las instituciones p(tbticas o privadas no consideradas en e/ afticulo primero de la pre'sente Ordenanza Regionat; y que consideren por conveniente su participacion, serdn incorporadas a su solicitud ARTiCULO CUARTO: ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambientat de Amazonas en representaci6n del Gobierno Regional Amazonas, /a Secrefaria T$cnica de la Plataforma de Manejo forestal Comunitario de Amazonas.
ARTiCULO QUTNTO: APROBAR, la agenda de trabajo para la promoci,n det Manejo Forestalsosfenib/e en tierras de comunidades nafivag que consta de 06 folios.
ARTiCULO SHffO.- DEJAR sin efecto legal, cualquier acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTiCULO SEPTIMO.- DTSPONER su pubticaciiln en et Diario Oficiat El peruano, asi como en el Poftal Electr6nico del Gobierno Regional de Amazonas.
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POR TANTOr MANDO SE REC′ STR二 PUBL′ QυE y CuMPLA.
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Dado en la ftde Central del Gobierno Regional Amazonas, a los
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947562-362-2014-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925391/Ordenanza%20Regional%20362-2014.pdf