Skip to content
L Legalize.pe
361-2014-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 361-2014 GRA/CR

12 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

00BEER‖ O RE饉 10NAL AMttZO‖ AS ORDENANZA REGTONAL NO 3 E 1

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZOA'AS POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los articulos 1910 y 1920 de la Constituci6n Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del capftuto XtV del tltulo lV sobre Descentralizaci6n, Ley No 27680; Ley de Bases de la Descentralizaci6n, Ley No 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley No 27867, sus modificatorias, Ley No 27902; Ley No 28013; Ley No 28926; Ley No 28961; Ley No28968 y Ley No 29053, y demds normas complementarias y; COTVS'DERA NDO:

Ley de Que, la Constituci6n Politica del PerL, modificada por Ley No 27680 Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo lV sobre Descentralizaci6n y Ley No 28607, en su afticulo 191" establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, econ6mica y administrativa en /os asunfos de su competencia; y en su articulo 192' inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son compefentes para aprobar su organizaci6n interna y su presupuesto.

ZflO:: //r, hf * a,i:'aftfculoQue seghn /o dispuesfo en el lnc. a) articulo 15o concordante con el lnc. a) del 39o de la Ley No 27867, Ley Orgdnica de Gobiernos Regionales, modificada con ll W't Ley No 27902, et Coneio Regional tiene ta atribuci6n Qe aprobar, modificar o derogar rcrsuT,il, ,,la .tYornnrV las normas que regulen o reglamenten los asunfos y materia de competencia y funciones --;'z del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de car(tcter lnstitucional, de interds plblico y ciudadano a trav6s de Ordenanzas Regionales. Que, el.articulo 38" de la Ley N' 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece: Las Ordenanzas Regionales norman asunfos de cardcter general, ta organizaci6n y la administraci6n del Gobierno Regional y reglamentan mat.erias de su competencia.

Que, /os artfculos 47o, 48o, 49o y 58o de la Ley No 27867 - Ley Orgdnica de Gobiernos Regionales, establecen las Funciones Especificas que ejercen /os Gobr'ernos Regionales de formular, aprobar y evaluar las politicas, programas, proyectos y planes en materia de educaci6n, salud, trabajo, vivienda y saneamiento en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales y de desarrollo de los gobiernos locales. Que, el articulo 10o de la Ley N' 27867 - Ley Orgdnica de Gobiernos Regionales numeral 2) Son competencias compartidas, de acuerdo al aftfculo 36" de la Ley de Bases de la Descentralizaci6n, ley N' 27783 son /as siguientes: literal b) La salud plblica, concordante con el afticulo 49o de la Lelt Orgdnica de Gobiernos Regionales que establece las funciones en materia Salud.

JR. ORTIZARRTETA No 1250 TELFS" (041) 477156 / 478131 CHACHA?OYAS AMAZONAS pER0 www. reg i o n a m a zon as. g ob. pe

lQ

00BEER‖ O RttG10‖ AL AMAZOHユ S `

、 Jヽ り 二.

加cた 0り der a″ たυr0 6θ o de raと ey Ⅳ°27867‑と ey Orgj月 たa Gobiernos Regionales, precisa las funciones especificas que ejerce el Gobierno Rbgional de Amazonas, en mateiia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, asi mismo dispone, "Formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de politica general del Qυ e, en e′

Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondienfes de /os Gobiernos Locales".

Que, la Ley No 27867 - Ley Orgdnica de Gobiernos Regionales en el aftfculo 90, literal g). establece: que los Gobiernos Regionales promueven y regulan actividades y/o servrblos en materia de agricultura, pesqueria, industria (...) educaci6n, salud y medio ambiente conforme a Ley.

El Gobierno Nacional en concordancia a la Estrategia Nacional de Lucha Contra /as Drogas 2012-2016, tiene como misi6n, imputsar una potitica nacional de tucha contra ヘ

/as drogas de cardcter multisectorial, politica que refleja la responsabilidad, el compromiso y la articulaci6n de fodas /as entidades del Esfados que estdn involucradas. El Estado tambidn impulsa las politicas phblicas y los recursos, fantos prtilicos como de la cooperaci1n internacional y del sector privado, para atender prioritariamente a las poblaciones mds vulnerables frente a la amenaza dettrdfico ilicito de drogas, al consumo, la dependencia y la violencia que genera en la sociedad. Que, en ta Cumbre del Milenio de las Naciones tJnidas en el afto 2000, todos tos Esfados miembros se comprometieron a realizar acciones para avanzar en las sendas de la paz y el desarrollo humano. Se desfaca que el sexto objetivo de los ocho planteados es redoblar esfuerzos para poner en prdctica el compromiso de luchar contra el problema mundialde la droga

Que, la Ley No 30114, Ley del Presupuesto del Sector P1blico, para el afio fiscal

τご2︒ ヽ■ う

2014, en el articulo 24" dispone,'(...) a partir de la vigencia de la presente Ley, la Comisi6n Nacional para el Desarrollo y Vida srn Drogas (DE VIDA), es la encargada de efectuar el monitoreo y verificaci6n del cumplimiento de las mefas programadas de /os correspondientes a los programas presupuesfales: Programa de Desarrollo Alternativo lntegral y Sostenible-PIRDAIS; Prevenci6n y Tratamiento del Consumo de Drogas, y Gestion lntegrada y Efectiva det Control de Oferia de Drogas en el PerL, a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en /as leyes anuales de presupuesto en el marco de /os objetivos prevr'sfos en la estrategia nacional de la lucha contra las drogas". Que, la Comisi6n Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, es un Organismo Plblico Descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros,

encargado de disefiar y conducir la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, tiene entre sus funciones enfrentar todos los problemas derivados del consumo y dependencia, con /as armas de una educaci1n preventiva y el tratamiento multidisciplinario; as[ como producir y gestionar informaci6n objetiva, confiable y actualizaci6n, sobre el problema de las drogas en el pais, y que sirva de base para el disefio, gesti6n y evaluacion de los planes, progranias y proyectos que' ejecutan los

JR.ORTIZARRIETANaI2S0 rEtFS. (A41)4.77185/478131 CHACHA?OYAS AMAZONAS pER' wvtw. re g i o n a m azo n a s. g o b. p e

00BEER‖ O RttG10NAL AMAZO‖ AS 36r.

dlsfinfos secfores y niveles de gobierno y las organizaciones de la Sociedad Civil, marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016. Que, el "lV Estudio Nacional Prevenci6n y consumo de drogas en estudianfes de

secundaria-2012", tuvo como objetivo conocer la magnitud, caracteristicas y factores asoclados al consumo de drogas en los estudiantes de educacidn secundaria resldenfes en ciudades de 30 mil y mds habitantes, a nivel nacionaly regional, a efectos de mejorar la calidad de /as acciones de reducci6n de la demandas de drogas (RDD) que se realizan dentro y fuera del sistema educativo en el marco de la Estrategia Nacional de lucha contra las Drogas. En dicho estudio realizado en la Regi6n Amazonas, se aplic1 la encuesta en las ciudades de Bagua, Chachapoyas, Bagua Grande, a una muestra de 1.209 alumnos matriculados que representan a los 25,508 estudiantes de secundaria de esta regi6n, en dicho estudio refteja que un 4.4% de los estudiantes declar6 haber consumido drogas ilegales alguna vez en su vida y que entre las drogas mds consumidas esf6n /os inhalantes (1 1%) segurdos de la marihuana (0.1%) en un promedio de inicio de consumo de drogas alrededor de los 12 afios.

.lV Estudio Nacional Prevenci6n y Consumo de Que, posferior al andlisis del Drogas en estudianfes de secundaria-2012", se puede apreciar que el problema de consumo de drogas, ha aumentado en relaci6n a los demds afios en nuestra regi6n, generando que un 30.8% de los estudiantes encuestados (equivalente a 7,849 total de alumnos) declararon haber consumido drogas legales como el alcoholy eltabaco, alguna vez en su vida; y que un 6.7% (1709) de los esfudranfes sefiala que ha visfo a personas ajenas a su colegio traer, pasar, comprar o vender drogqs en los alrededores de la institucidn educativa y que entre las drogas mds consumidas estdn los inhalantes (1.1%) segurdos de la marihuana (0.1%) en un promedio de inicio de consumo de drogas de los 12 afios.

も γo

Que, es de adveftir /as escasas instituciones y entidades prtbficas y privadas que trabajan en la Regi6n Amazonas, respecfo a la lucha contra el consumo de drogas; las entidades lo realizan en forma aislada no logrando resultados 6ptimos, por lo que se requiere un trabajo concertado multidisciplinario para la formulaci6n de planes, proyectos y pragramas gue contribuyan a la lucha frontail contra el uso y consumo de drogas en esfa Regi6n.

y

Que, con Acuerdo de Consejo Regional N" 258-2014-G.R. AMAZONASICR-SO, de fecha 09 de diciembre de 2014, el Consejo Regional de Amazonas por unanimidad de sus miembros presenfes han acordado: 'Aprobar con Ordenanza Regional la Declaracion de Necesidad y Prioridad Regional la Prevenci1n y Tratamiento de Drogodependencia, asi como el Control de la Oferta de Drogas en la Regidn Amazonas. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesr6n Ordinaria de Consejo Regional No 023 de fecha 03 de diciembre de 2014, con el voto un1nime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37o, concordante con el 4ft. 38o de la Ley No 27867 y su modificatoria No 27902, Ley Orgdnica de Gobiernos Regionales

JR.ORTIZハ RR′ ETA N・ プ25θ TELFS.r04つ 477785/47873′ CttACHハ POⅥ S AMAZONAS "Ma%regrOr7amazoη

as.gob.ρ e

PERυ

GOBIER‖ O REG目 0‖ 鳳L AMAZOHAS J ti "1. Se fra aprobado la Ordenanza siguiente:

Articuto Primero.- DECLARAR DE NECESTDAD Y PRIORIDAD REGIONAL' la prevenci6n y Tratamiento de las Drogodependencias, asi como el controlde la oferta de drogas en la Regi1n Amazonas.

Articuto Segundo.- DTSPONER al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la coordinaci6n y seguimiento del proceso de demanda presupuestal realizada por las Direcciones Regionales de Salud y Educacihn para las acciones vinculadas a la probtemdtica del consumo de drogas, determinando la programaci6n y formulaci6n definitiva del presupuesto para esta materia con la fuente de financiamiento de recursos ordinarios, adicionales a los asignAdos en el marco del "programa Presupuestal de Prevenci6n y Tratamiento del Consumo de Drogas", reouiri1ndose coordinar con DEVIDA los mecanismos que aseguren un adecuado

'

cofinanciamiento y cobeftura de intervenci6n.

<-fh. -"2\ Articulo Tercero.- DTSPONER a la Gerencia de Desarrollo Sociaty a la Mesa Regional a" Lucha Contra /as Drogas la elaboraci6n det Ptan Regionat de Prevenci6n y ll;id \W Tratamiento det uso indebido de Drogas-PRPTDR 2014-2019, que tendrd como objetivo: torsuft{oronrt SS鷹 nivel regional a trav1s de interuenciones contribuir a disminuir el consumo de drogas a f/脚 鮒 :鮮 孵 第: .

錮蒻

島 諄 脇瞑郷 #[∫潔:∬携棚 軍 del Gobierno afticulado y trabaio en un familia escuela, protectores en la comunidad,

Regionat, Gobiernos Locales, representaciones secforiales regionales y sociedad civil a travds de la puesta en marcha de programas, proyectos y actividades relacionadas con la prevenci6n y atenci6n del consumo y dependencias a las drogas y la previsi6n de los

recursos necesarios para su imptementaci6n, garantizando a la poblaci6n afectada y vulnerable el acceso a esfos seryicios, en el marco del respeto a los derechos humanos, la equidad y el ejercicio responsable de la ciudadania para una meior calidad de vida.

Articulo Cuafto.- CONFORMAR la Mesa.Regionat de Lucha Contra el consumo de Drogas en ta Regi6n Amazonas gue estard integrada por el titular o representante que cuente con poder de decisi6n de la entidad de las srguienfes entidades:

01 Representante del Presidente Regional, quien la preside. 01 Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social01 Representante de la Direcci6n Regionalde Salud. 01 Representante de la Direcci6n Regional de Educaci6n 01 Representante designado por el Ministerio Phblico. 01 Representante designado por el Poder de Judicial de Amazonas. 01 Representante de la Policia Nacionaldel Perl. 01 Jefe de ta DINANDRO- Amazonas o representante designado. 01 Representante de /os Gobiernos Locales Provinciales de la Region Amazonas. 01 Representante del lnstituto Peruano del Depofte-Amazonas 01 Representante designado por la lJniversidad Nacional Toribio Rodriguez de Mendoza. 01 Representantes de lnstitutos superiores.

JR.ORT:ZARRIETANoI2S0 TELFS.(041)477156/47A131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PER, www. re g i o n a m azo n as. gob. pe

̀少

.rlr/

GOBEER‖ O REG10‖ 鳳L AMttZO‖ AS 36r

  • 01 Representante del los Hospitales o Centro de Salud MINSA de la Amazonas.
  • 01 Representante de Salud Mental del Hospital Regional Virgen de FdtimaChachapoyas
  • 01 Representante de la pastoralde salud de la lglesia Cat6lica.
  • 01 Representante delConseio Regionalde la Juventud.
  • 01 Representante del la Federacidn de APAFAS. Articulo Quinto.- IINCORPORAR a La Mesa Regional, 01 representante designado por DEVTDA (Comisi6n Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas), a quien le corresponderd brindar asistencia t6cnica en /os aspecfos de su competencia, cuando esfa sea requerida.

Sexto.- Di,SPONER que la Mesa Regional de Lucha contra el Consumo de en la Regi6n Amazonas, pueda incorporar a otras entidades plblicas y organizaciones de ta sociedad civil que tengan vinculaci6n con la temdtica e interds de pafticipar.

Artlculo S6ptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Secretarfa Tdcnica de ta Mesa Regional de Lucha Contra el consumo de Drogas en la Regi6n Amazonas, las siguientes funciones:

a) Convocar a /as sesiones de ta Mesa Regional de Lucha contra el consumo de Drogas en la Regi6n Amazonas. b) Dirigir y coordinar las acciones de la Mesa Regional de Lucha Contra el consumo de Drogas en la regi1n Amazonas. Representar a la Mesa Regional de Lucha Contra el consumo de Drogas en la

c)

Regiln Amazonas en actividades de coordinaci6n con otras entidades e

instancias.

d) Suscribir, tramitar y gestionar acuerdos adoptados por los integrantes de la Mesa Regionat de Lucha Contra el consumo de Drogas en la Regi6n Amazonas.

e) Coordinar la elaboraci6n de informes vinculados a la labor de la Mesa Regional de

Lucha Contra el consumo de Drogas en la Regi6n Amazonas. lnformar todo to actuado at Ministeria Phblico, para realizar las acciones de investigaciones y sanciones pertinentes.

Articuto Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Regionat de Desarrollo Social, ta elaboraci1n del Reglamento lnterno, Plan Operativo Anual y demds instrumentos de gesti6n, en coordinaci6n con la Comisi6n Tdcnica Multisectorial de implementaci6n del 'Plan Regional de Prevenci6n y Tratamiento del Consumo de Drogas de Amazonas 2014-2018", dentro de un plazo de 60 dias hdbiles de publicado la presente norma regional, /os mismos que serdn aprobados mediante Decreto regional, debiendo dar cuenta de ello al Conseio Regionalde Amazonas.

Articuto Noveno.- DISPONER que las Direcciones lntegrantes de la Mesa Regional de Lucha Contra el Consumo de Drogas en la Regi6n Amazonas, en el marco de sus competencias, den cumplimiento de las actividades y metas establecidas en el plan de implementaci6n anual del PRPTDR. Asi mismo cooidinar con las demits instituciones

JR. ORTTZ ARRTETA No 1250 TELFS. (041) 4.77155 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU www. region am azon a s. gob. pe

ウ 00BEER‖ O RttEEONAL AMAZOHAS

conformantes de /a Mesa Regionat a fin que asuman /as responsabilidades

dicho contexto.

Articuto D6cimo.- |NSTALACION, ASTSfE TCIA Y EVALUACIOAI. Los integrantes de la Mesa Regional de Lucha contra las Drogas en la Regi6n Amazonas, ser6n convocados por la Gerencia Regionat de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas, para los efecfos de su instalaciln en un plazo de quince (15) dias calendarios, luego de pubticada ta presente Ordenanza Regional' Para su funcionamiento, el Ejecutivo Regionat a trav1s de ta Gerencia Regional de Desarrollo Socaal tendrd a su cargo la Secretaria T1cnica, para que iunto con DEVIDA, brinden la re spect iv a asisfencra t6cn i ca.

Articulo llnd6cimo.- DTSPOfVER que a travds de la Secretarii fecnica de la Mesa Regional de Lucha Contra tas Drogas en ta Regi6n Amazonas, deberd presentar informes semesfra/es de sus logros, dificultades y avances, en la implementaci6n de la presente ordenanza Regional, ante el Pleno del conseio Regional

Articuto Duod6cimo.- DEJAR sin efecto tegal, cualquier acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Decimo Tercero.- DTSPONER su pubticaci1n en el Diario Oficial El Peruano, asi como en et Pofiat Etectr1nico del Gobierno Regional de Amazonas.

settOrPresidentedeiCoわ わrno Regわ nar deハ mazο nas, ρara sυ [′ │

a′ os72

︲ ︑ 副︺

dね s de′ mes de Dた たmbre der attο 2θ アイ

VELA VELARDE Consejo Regional Amazonas

POR TANttO」

MANDO SE RECrSTRtt PUBL′ QtJE y CtJMPLA. Centrat det Gobierno Regionat Amazonas,a ros

| $ [} !C. 20111

JR. ORTTZARRTETA No 1250 TELFS. (041) 477155 / 478131 CHAC.HAPOYAS AMAZONAS PERU www. reg i o n a m a zo n a s. g ob. pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947563-361-2014-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925398/Ordenanza%20Regional%20361-2014.pdf