Ordenanza Regional N.° 336-2013 GRA/CR
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
ORDENANZA REGIONAL “N* 336 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización — Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y su modificatoria, Ley N° 27902 y demás Normas Complementarias y; -
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley N° 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público con Autonomía Política, Económica y Administrativa, teniendo por Misión Organizar y Conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus Competencias Exclusivas, Compartidas y Delegadas en el Marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo Integral y Sostenible de la Región, conforme lo expresan los Artículos 2°, 4° y 5° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa.
Que, con Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública; asimismo en el artículo 1° de la norma antes glosada se establece, que todas las entidades del Sector Público sean del Gobierno Nacional, Regional o local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta norma para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP). La misma norma en el Numeral 14.5 del Articulo 14%, precisa que los Cuadros para Asignación de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional.
Que, la Dirección Regional de Salud Amazonas, ha tramitado a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, del Gobierno Regional Amazonas, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) modificado, del Sector Regional, para su aprobación por el Consejo Regional, el mismo que luego de evaluado, se ha determinado que la actualización del mencionado documento de gestión, obedece al nombramiento de personal: 02 Técnicos Administrativos |, 01 Operador PAD | y 01 Técnico en Enfermería |, realizado en el presente Ejercicio, en el marco de la Ley N° 28560, Ley de Nombramiento de Personal Técnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial, que se encuentren prestando servicios en la condición de Contratados, bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional, trayendo como resultado de dicha acción administrativa, que 04 cargos que se encontrabán en calidad de previstos, pasan a ser ocupados en el Cuadro para Asignación de Personal, lo cual está debidamente configurado, conforme así lo corroboran los Informes Técnico y Legal, expedido por los órganos competentes de esta Sede Regional.
Que, mediante Dictamen N° 016-2013-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/COPPATCR, de fecha 30 de Octubre del 2013, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Consejo Regional Amazonas, después de haber revisado y
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. (041) 477185 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERÚ www.regionamazonas.gob.pe
propone al pleno; aprobar con Ordenanza Regional el Cuadro para Asignación de Personal “CAP de la Dirección Regional de Salud Amazonas, al encontrarse conforme la modificación realizada, por efectos de aplicación de la Ley N° 28560, y la actualización del documento de gestión haberse realizado de conformidad con el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de las Entidades de la Administración Pública; por lo que este Consejo Regional, cuenta con los elementos de juicio necesarios para aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), modificado de la Dirección Regional de Salud Amazonas.
Que según lo dispuesto en el Inc. a) Art. 15° concordante con el Inc. a) del Art. 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley N° 27902, el Conejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter Institucional, de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales.
Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 021 de fecha 06 de Noviembre de 2013, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes N° 27902, 28968 y 29053.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Primero: APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal — CAP modificado, de la Dirección Regional de Salud Amazonas, que en un total de veintisiete folios contenidos en un espiralado forman parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo Regional de Amazonas, se efectúe la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial el peruano y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoya días del mes de Noviembre del año 2013.
'NANDEZ
MANDO $ REGISTRE, PUBLÍQUE Y CUMPLA.
NOV. 2013
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. (041) 477185/478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU www.regionamazonas.gob.pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947578-336-2013-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925405/Ordenanza%20Regional%20336-2013.pdf