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332-2013-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 332-2013 GRA/CR

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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

ORDENANZA REGIONAL N° 332 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

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EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno:Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Politica del Perú de 1993;'modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralización — Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización — Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867 y su modificatoria, Ley N° 27902 y demás Normas Complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización y Ley N° 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en Su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto.

« Que, los-Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público: con «Autonomía «Política, Económica” y *Administrativa, teniendo por Misión Organizar y Conducir la. Gestión Pública Regional de acuerdo a sus. Competencias Exclusivas, Compartidas y Delegadas en el Marco de:las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo. Integral y Sostenible de la Región, conforme lo expresan los Artículos 2°, 4% y 5° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa.

  • CONSELO REGIONAL Y Que, el Numeral Uno del Articulo 1° de la Ley 27658 Ley'Marco de Modernización de Ntra Z0N Sy Gestión del Estado, declara 'al.Estado Peruano. en Proceso de Modernización en sus diferentes ER . Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de

mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático y Descentralizado.

Que, con Decreto * Supremo N”:043-2004-PCM se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro:para Asignación de Personal (CAP); asimismo en el artículo 1° de la norma antes glosada se establece, que todas las entidades del Sector Público sean del Gobierno Nacional, Regional o local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta norma para la elaboración y aprobación del Cuadro para’Asignacién de Personal (CAP). La misma norma en el Numeral 14.5 del Articulo 14°, precisa que los Cuadros para Asignación de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional.

Que, revisado los antecedentes se advierte que con fecha 06 de diciembre de 2012, la Sala Mixta y Penal de Apelaciones de Chachapoyas, de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, emitió Sentencia de Vista en el Exp. N° 00398-2007-0-01 01-JM-CI-01, seguido por Leonidas Tafur Vega, sobre Proceso Contencioso Administrativo, en el que se RESOLVIO CONFIRMAR la resolución número quince, del siete de enero de 2009, emitido por el Juzgado Civil de Chachapoyas que. declara fundada. la” demanda ‘de nulidad de actos .administrativos; disponiendo además, E :

JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. (041) 477185 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERÚ www.regionamazonas.gob.pe

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cumpla con reincorporar al demandante Leonidas Tafur Vega en su puesto de trabajo qUe ostentaba antes de que le impusieran la sanción de destitución o en otro de igual nivel (...)”.

Que, mediante Dictamen N° 012-2013-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/COPPATCR, de fecha 24 de junio de 2013, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Consejo Regional Amazonas, después de haber revisado y analizado minuciosamente la propuesta solicitada por el Presidente Regional de Amazonas, propone al pleno; aprobar con Ordenanza Regional el Cuadros para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Salud Amazonas, dando cumplimiento a la Sentencia de Vista recaída en el Exp. N° 00398-2007-0-0101-JM-CI-01 emitida por La Sala Mixta y Penal de Apelaciones de Chachapoyas, de la Corte Superior de Justicia de Amazonas y las consideraciones plasmados en el Oficio N° 00093-2013-CG/SOCI, emitido por el Responsable del departamento de Supervisión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la república.

Que según lo dispuesto en el Inc. a) Art. 15° concordante con el Inc. a) del Art. 39° de la

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley N° 27902, el Conejo

Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o

reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como

aprobar decisiones de carácter Institucional, de interés público y ciudadano a través de " Ordenanzas Regionales;

Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 012 de fecha 03 de julio de 2013, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes N° 27902, 28968 y 29053.

Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:

ículo Primero: APROBAR. el Cuadro para Asignación de Personal — CAP modificado, de 4) Dirección Regional de Salud Amazonas, que en'un total de cuarenta y cuatro folios y 02 H3piralados forman parte de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo Regional de Amazonas, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial el peruano y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional.

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación.

días del mes de Julio del año 2013.

HAL A Preside, Rez reg

Consejo Regiofiaf Amazonas

JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. (041) 477185 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU www.regionamazonas.gob.pe

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

ÉS/ POR TANTO: 3

MANDO SE REGISTRE, PUBLÍQUE Y CUMPLA.

08 JUL. 2013

. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los,

ARISTA ARBILDO Presidente. ;

JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. (041) 477185 / 478131 CHACHAPOYAS AMAZONAS PERU www.reaionamazonas.gob.pe

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947582-332-2013-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925408/Ordenanza%20Regional%20332-2013.pdf