Ordenanza Regional N.° 285-2011 GRA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
ORDENANZA REGIONAL Nº 285 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho publico con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por Misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los Artículos 2º, 4º y 5º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el numeral uno del Articulo 1º de la Ley 27658 Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes (Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado Democrático y Descentralizado; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP). En el artículo 1º de dicha norma, se establece que todas las entidades del Sector Público sean del Gobierno Nacional, Regional o local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta norma, para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP). La misma norma en el Numeral 14.5 del Articulo l4º, precisa que los Cuadros para Asignación de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional;
agosto
Que, con informe Nº 009-2010-G. R. AMAZONAS/COPPAT/CR, de fecha 20 de de 2010, la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, hizo algunas observaciones a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la sede del Gobierno Regional Amazonas, proponiendo: Incrementar en el texto del (ROF) los artículos 56º, 59º, 61º y 64º, precisados en el referido informe, además de considerar el cargo de Procurador Público como Nombrado y prever el cargo de Procurador Adjunto. Del mismo modo, la referida comisión, propone considerar como cargos de confianza los que desempeñan funciones de directivos de nivel F4 y siguientes; y los cargos de categoría F-3 sean reconvertidos y consignados como plazas de carrera para ser coberturados mediante concurso público de méritos; así como coberturar la plaza de Contador II, y Secretaria IV, del Consejo Regional, con acciones de desplazamiento de personal o el uso de plazas presupuestadas y no utilizadas; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 142-2010-GRA/CR-SO, de fecha 02 de setiembre de 2010, el Pleno de Consejo Regional Amazonas acordó por unanimidad: APROBAR y DERIVAR al Ejecutivo Regional, las propuestas del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, para su reformulación según las observaciones planteadas en el Informe Nº 009-2010-G.R.AMAZONAS/CR-COPPAT, detallándose lo siguiente: A. Incorporar en el ROF, el artículo 56º, 59º, 61º y 64º. B. Considerar en el CAP de la Sede del Gobierno Regional, el cargo de Procurador Público como Nombrado y prever el cargo de Procurador Adjunto. C. Considerar como cargos de carrera dentro del CAP, los niveles F-1, F-2 y F-3 y consentir hasta el 5% de los servidores públicos existentes en la Entidad como límite para cargos de confianza, tal como lo establece la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleado Público. D. Coberturar la plaza de Contador II, Secretaria IV, del Consejo Regional, con acciones de desplazamiento de personal o el uso de plazas presupuestadas y no utilizadas. E. Se cumpla con las formalidades establecidas en el Art. 33º del D. S. Nº 043-2006-PCM, referente al informe previo para la aprobación del ROF, haciéndolo extensivo al Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que, con Informe Nº 113-2010-G.R.AMAZONAS/GRPPAT-SGDII, de fecha 20 de Setiembre del 2010, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, admitiendo el Acuerdo de Consejo Regional Nº 142-2010-GRA/CR-SO, dio cuenta del levantamiento de observaciones, con un informe técnico sustentatorio de reformulación de los documentos de gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, el mismo que siguiendo su trámite regular con los Informes Legales favorables de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, fue elevado al Consejo Regional; Órgano que contando con el dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emitió el Acuerdo de Consejo Regional Nº 192-2010-GRA/CR-SO, de fecha 10 de Noviembre del 2010, determinando la aprobación de los nuevos documentos de gestión, que fueron oficializados mediante Ordenanza Regional Nº 274-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, del 22 de Noviembre del 2010; Que, con informe Nº 007-2011-G. R. AMAZONAS/GRPPAT-SGDII, de fecha 13 de enero de 2011, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional e Informática refiere que en aras de que la nueva gestión tome las decisiones correctas enmarcadas dentro de la normatividad vigente para realizar una gestión eficiente y habiéndose mal interpretado el Artículo 4º numeral 2 de la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público en lo que
concierne a las Plazas de Confianza, OPINA que debe dejarse sin efecto la Ordenanza Regional Nº 274, de fecha 22 de noviembre de 2010, norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional; Que, con informe Legal Nº 014-2011-G. R. AMAZONAS/ORAJ, de fecha 17 de enero de 2011, mediante el cual el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica OPINA que se derogue el Acuerdo 142-2010-GRA/CR-SO y en consecuencia la Ordenanza Regional Nº 274 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR de fecha 22 de noviembre de 2010 y RECOBRE SU VIGENCIA la Ordenanza Regional Nº 219-2008GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 – Sede del Gobierno Regional Amazonas y Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) reformulado de la Sede del Gobierno Regional Amazonas; y de esta forma se conserve la estructura orgánica y las plazas que allí se establecían como cargos de confianza a fin de que permitan un mejor manejo administrativo y gerencial de la entidad; Que, según lo dispuesto en el Inc. a) Art. 15º concordante con el Inc. a) del Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley Nº 27902, el Conejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional, de interés publico y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 003 de fecha 18 de enero del 2011, mediante Acuerdo Nº 005-2011, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO: DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 274-2010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 22 de noviembre de 2010, norma que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas; ARTÍCULO SEGUNDO: RESTITUIR LA VIGENCIA de la Ordenanza Regional Nº 2192008-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de agosto de 2008, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 – Sede del Gobierno Regional Amazonas, en 62 folios; y Aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 - Sede del Gobierno Regional Amazonas; ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR al Ejecutivo Regional la actualización de los Documentos de Gestión de la Sede Regional y Direcciones Regionales Sectoriales que conforman el Gobierno Regional Amazonas, señalando como plazo límite para ésta actualización el 31 de agosto de 2011;
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la Presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas;
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 19 días del mes de enero del año 2011.
Ing. ELMER SOTO MONJE. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas
POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLÍQUE Y CUMPLA. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 20 días del mes de Enero del 2011.
Dr. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947622-285-2011-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925447/Ordenanza%20Regional%20285-2011.pdf