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283-2010-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 283-2010 GRA/CR

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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

ORDENANZA REGIONAL N° 233 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:

El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo

previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú del 1993

modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV,

sobre descentralización, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley

Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modificatorias: en Sesión

~ Ordinaria de fecha 21 de Diciembre del 2010 ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley de Reforma Constitucional N° 27680, se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, estos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y Xx administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para st: administración económica y financiera un pliego presupuestal;

Que, los Artículos 11° y 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; la misma norma en el Inc. a) del Artículo 15° concordante con el Inc. a) del Artículo 37° establece, que el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar las decisiones de carácter institucional, de interés público y ciudadano, mediante Acuerdos y Ordenanzas Regionales;

Que, la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en el

de Transportes: “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la Región de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales;

Que, el Plan Vial Departamental Participativo 2010 — 2020, propuesto por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, mediante Informe N° 0238-2010-G.R.AMAZONAS/GRI/DRT, del 02 de Diciembre del 2010, ha sido formulado dando cumplimiento al Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Dirección Ejecutiva de PROVIAS Descentralizado MTC y Gobierno Regional, con la participación del equipo técnico de Panificación Vial nominado con Resolución Ejecutiva Regional N° 597-2009-GRA/PR;

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herramienta de gestión participativa, permitiendo al Gobierno Regional de Amazonas, anticipar de manera organizada sus acciones de desarrollo local, asegurando mejores mecanismos de inversión progresiva y direccionada. El Plan Vial Departamental Participativo de Amazonas 2010 - 2020 (PVDP), destaca en su rol estratégico de articular la red vial al sector productivo, orientando sus inversiones en infraestructura vial desde el territorio, producto y condición de vida en los distintos espacios y procesos económicos, culturales y sociales;

Que, el objetivo principal del Gobierno Regional de Amazonas en relación a la gestión vial, es lograr un eficiente y eficaz sistema de transporte moderno, competitivo, orientado a conseguir una adecuada integración territorial del departamento, una eficaz articulación de los centros de producción con los mercados regionales, nacionales e internacionales, y una transitabilidad de las vías de tal manera que satisfaga las necesidades de los usuarios; por lo que la propuesta del Plan Vial Departamental Participativo de Amazonas 2010 — 2020 (PVDP), reúne los elementos para constituirse en un instrumento orientador de la gestión vial regional a largo plazo, que permita progresivamente optimizar las estrategias de intervención en los ejes viales estratégicos y caminos departamentales, para mejorar las oportunidades de desarrollo de los pueblos, conforme así lo dictamina la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, siendo por lo tanto necesario su aprobación mediante el dispositivo regional correspondiente;

: Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de =) Consejo. Regional N° 024, mediante Acuerdo N° 231-2010 de fecha 21 de Diciembre del 2010, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:

Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO AMAZONAS 2010 - 2020”, que en un documento de 187 páginas, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional;

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura, gestionar la difusión estratégica del Plan y la coordinación con las diferentes entidades, unidades orgánicas regionales, sectoriales y de la sociedad civil pertinentes, para el logro de la visión con la realización gradual de los objetivos y fines propuestos.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en los Portales Electrónicos del Gobierno Regional Amazonas.

JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 TELFS. {0411 477186 $ 47813% CHACHEPOTES AMAZOHAS

nob ange RAMOS CHUQUIMBALQUI. ZOPÁsejeró DeleGado del Consejo Regional Amazonas

POR TANTO:

REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

bierno Regional de Amazonas, a los

ng. OSCAR R. ALTAMIRAÑO QUISPE Presidente del \Gobiernfo Regional Amazonas.

29DIc 2

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947624-283-2010-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925454/Ordenanza%20Regional%20283-2010.pdf