Ordenanza Regional N.° 266-2010 GRA/CR
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
ORDENANZA REGIONAL N° 266 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
POR CUANTO;
El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional:
CONSIDERANDO:
Que, es atribución del Consejo Regional regular la organización del Gobierno Regional, a través de mecanismos establecidos, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordante con el Art. 38* del mismo cuerpo normativo, que señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”, además agrega: que son aprobados por el Consejo Regional y promulgados por la Presidencia Regional; en consecuencia es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión de las entidades o Sectores que forman parte del Gobierno Regional
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reformulado, para su aprobación, el mismo que siendo evaluado se ha determinado que su modificación se sustenta en la necesidad de actualizar los procedimientos Administrativos acorde a las normas vigentes que regulan su finalidad, como es el caso del D.S. N° 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración del TUPA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobado mediante la Ley N* 29060; del mismo modo actualiza sus procedimientos administrativos de conformidad con la
ei Resolución Ministerial N° 454-2009/MINSA que aprueba la relación de
Procedimientos Administrativos de las Direcciones Regionales de Salud;
Que, considerando que el indicado documento de gestión cumple con los requisitos que exigen las normas y su formulación además se encuadra dentro de las disposiciones establecidos en los Arts. 36°, 37° y 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; constituyéndose en un instrumento
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 - TELFS. (041) 477185 / 478131 - CHACHAPOYAS - AMAZONAS - PERÚ www. regionamazonas.gob.pe
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egal que establece el régimen jurídico aplicable a la protección del integ general, garantizando los derechos de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional; conforme a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y dictaminado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante la norma regional correspondiente.
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 014, mediante Acuerdo N° 126-2010 de fecha 22 de Julio del 2010, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38° de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Se emite la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Salud Amazonas, el mismo que forma parte del TUPA del Gobierno Regional Amazonas, que en 209 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Oficial El Peruano y su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
En Chachapoyas, a los 05 días del mes de Agosto del 2010.
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Y 2 Consejero Delegado Gobierno. Regional de Amazonas
POR TANTO:
REGISTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 - TELFS. (041) 477185 / 478131 - CHACHAPOYAS - AMAZONAS - PERÚ www.regionamazonas.gob.pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947639-266-2010-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925467/Ordenanza%20Regional%20266-2010.pdf