Ordenanza Regional N.° 253-2010 GRA/CR
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
ORDENANZA REGIONAL N° 253 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS: POR CUANTO:
El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título 1V, sobre descentralización, Ley N* 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Marzo del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional:
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en el artículo 5% de la Ley Orgánica de
onducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, ompartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, presentó la actualización del Plan Estratégico Institucional (PEI), correspondiente al período 2010-2012, el mismo que ha sido formulado en el marco de la Ley N* 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto; Ley N* 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal, Ley N* 27245; Ley de Bases de Na Descentralización N* 27783 y la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC, y el Plan Multianual de Inversión Pública;
Que, el Plan Estratégico Institucional ha sido elaborado bajo los parámetros de un instrumento de planeamiento dinámico y tiene el carácter de guía orientadora de la gestión para alcanzar la misión y visión que se espera cumplir con el máximo de eficiencia y eficacia, con el propósito de orientar su accionar hacia mayores niveles de transparencia y una gestión con énfasis en los resultados; además constituye un instrumento básico de programación estratégica de la Institución, lo que permite orientar los Planes Operativos y los Presupuestos Anuales hacia la consecución de los objetivos estratégicos; por lo «que es necesario su aprobación;
Que, las atribuciones del Consejo Regional que determina el Art. 15°, Inc. c), de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es el de aprobar los instrumentos que regulen y orienten la gestión para que en forma planificada, eficaz y eficiente se utilice mejor los recursos que el Gobierno Regional dispone para fomentar el logro de sus fines orientados al desarrollo integral y sostenible de la Región;
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 - TELFS. (041) 477185 /478131 - CHACHAPOYAS : AMAZONAS * PERÚ www.regionamazonas.gob.pe
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Conse Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 006, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 049, de fecha 27 de Marzo del 2010; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del artículo N° 37°, Concordante con el Art. N° 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867;
Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2010-2012, conforme al texto integrado por 115 folios que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2010-2012.
Artículo Tercero.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo
se Publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 09 días del mes de Abril del año 2,010.
CONSEJO REGIONAL, y A ce: LUZ
OLANDQ’RAMOS CHUQUIMBAL QUI Consejéro Delegado Consejo Regional de Amazonas
POR TANTO
REGISTRESE, PUBLIQUESE_Y CUMPLASE
JR. ORTIZ ARRIETA N° 1250 - TELFS. (041) 477185 / 478131 - CHACHAPOYAS - AMAZONAS - PERÚ www.regionamazonas.gob.pe
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