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252-2010-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 252-2010 GRA/CR

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¿g¿UBLICA DEL Pep

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

ORDENANZA REGIONAL N° 232 . / GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS:

POR CUANTO:

El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional. del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; en Sesión Ordinaria de fecha 03 de Marzo del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regi

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 1) Del: artículo “17”, de la Ley de Bases de la escentralización: N° 27783, establece que los Gobiernos «Regionales estan Sta 20 wre obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos, en la gestión pública, para este efecto deberán garantizar el acceso- de todos los ciudadanos a la información. pública, así como'la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación. y rendición de uentas; { A

Que, según lo establecido en el artículo 5% de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, es misión de los gobierno regionales organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir y promover el desarrollo integral y sostenible de la región.

Que, la Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, se:

establecentas disposiciones generales; ta programación y la vinculación de la programación participativa con los Planes de Desarrollo:Regional Concertados y los mecanismos de vigilancia participativa.

Que, mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF se aprueba el Reglamento de la Ley N* 28056, el mismo que establece las disposiciones generales y las fases del proceso de presupuesto participativo.

Que, la Ley N° 29298- modifica a la Ley N° 28056 Ley Marco del

  • Presupuesto Participativo, en sus artículos 4°,5°,6° y 7°.

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mo

¿GBLICA DEL p, ey

. - 252 Que, mediante comunicado N° 026-2008-EF/76.01, el Instructivo N° 0Q 2008-EF/76.01, aprobado mediante Resolución Directoral N° 021-2008EF/76.01,

el proceso del presupuesto participativo, es de vigencia permanente y de cumplimiento obligatorio.

Que, mediante Decreto Supremo N* 097-2009-EF se precisan criterios para delimitar Proyectos de Impacto Regional.

Que, el Presupuesto Participativo es. un instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades del Gobierno Regional Amazonas, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico, los cuales están directamente

vinculados con la visión y obiRiEXeS del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009 al 2021. a

Que, es tarea permanente el reforzami nto de las relaciones entre el Gobierno Regional y la Sociedad Civil, en el marco del ejercicio de la ciudadanía a través de mecanismos de democracia directa y representativa, que generan responsabilidades y compromisos compartidos, creando conciencia, respeto de los derechos y obligaciones del ciudadano como contribuyente y como actor en el funcionamiento del estado y el desarrollo colgrliyo.

Que, estando a lo acordado y ¿robado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas;-en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 005; mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 035, de fecha 03 de Marzo del 2010; yen uso. de: las atribuciones conferidas por el Inciso a) del SWiculo N° 37°, Concordante con al fit NE HE de la agkey ar de Gobierno

agionales N° 278%

Se ha apbebade la Ordenanza Regional siguiente:

Articulo Primero.- APROBAR el “Reglamento que Regula el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Año Fiscal 2011”, conforme al texto integrado por cinco (5) títulos, treinta y uno (31) artículos y dos (02) disposiciones finales y transitorias que forman parte de la presente Ordenanza Regional;

Artículo Segundo - APROBAR la conformación del Equipo Técnico, que se indica en el Art. N° 12, del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo, anexo 01.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y al Equipo Técnico, para que en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional y las dependencias y áreas involucradas den cumplimiento a la Ordenanza Regional, para lo cual realizaran todas las acciones pertinentes relacionadas al proceso, entendiéndose

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¿OBLICA DEL p 2

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

como tal: La convocatoria, inscripción, admisión de proyectos, planificación y adecuación al Instructivo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo Cuarto.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo se Publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para

su promulgación. ; E

En Chachapoyas, a los 03 días del mes de Marzo del año 2,010.

DO RAMOS CHUQUIMBALQUI - Consejero Delegado , ~~ (= Consejo Regional de. Amazonas

POR TANTO REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Fla en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas a los

g. OSCARR Ed RANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de-Amazonas

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947653-252-2010-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925484/Ordenanza%20Regional%20252-2010.pdf