Ordenanza Regional N.° 220-2008 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL Nº 220GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS/ CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS. POR CUANTO:
El Consejo Regional de la Región Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Setiembre del 2008, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 1) del artículo 192º de la Constitución política del Perú, modificada por el artículo único de la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, se dispone crear los Gobiernos Regionales; y conforme a lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales consagrada en el artículo 10º y 32º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, planificar el desarrollo integral de su región y contar con un Plan Regional de Desarrollo Concertado. Que, en concordancia con su misión institucional, el Gobierno Regional de Amazonas ha planteado la actualización del Plan Regional de Desarrollo Concertado de Amazonas, en coordinación con la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza de Amazonas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Que, según Ordenanza Regional Nº 199 se crea el Consejo Regional de Desarrollo Humano (COREDH) como órgano consultivo, de concertación, coordinación y articulación entre las políticas, programas y proyectos de desarrollo, organizado con competencias en el ámbito de la Región Amazonas. Que, existe la necesidad de generar una sinergia que comprometa al Gobierno Regional de Amazonas, las instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como a las empresas que trabajan en la región con criterios de responsabilidad social, a fin de articular y potenciar los diversos esfuerzos realizados en los diferentes sectores relacionados con el desarrollo integral regional y con una atención especial a niños, niñas y adolescentes, en el marco del Plan Regional de Desarrollo Concertado de Amazonas.
Que, es necesario definir una estrategia de gestión concertada y participativa a nivel regional que permita implementar las políticas y proyectos derivados del proceso de actualización del Plan Regional de Desarrollo Concertado de Amazonas, a fin de evitar la desarticulación y duplicidad de esfuerzos e iniciativas, dentro del Gobierno Regional de Amazonas, así como entre las diferentes instituciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y empresas de la región. Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas en su Sesión Ordinaria Nº 013 de fecha 18 de Setiembre del 2008, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 138; de conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 207-2008-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Regional Nº 199-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 31 de diciembre del 2007, que crea el Consejo Regional de Desarrollo Humano (COREDH). Quedando redactado de la siguiente forma: “Artículo Primero.- APROBAR la conformación del CONSEJO REGIONAL DE DESARROLLO HUMANO – COREDH, como Órgano Consultivo del Gobierno Regional Amazonas, en materia de Desarrollo Humano en el ámbito regional, en el marco de la visión, líneas y objetivos estratégicos, y proyectos de desarrollo, contenidas en el Plan Regional de Desarrollo Concertado de Amazonas y en concordancia con las políticas nacionales y los Objetivos del Milenio.” “Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Amazonas, proceda a la reglamentación de la presente Ordenanza Regional, dentro del plazo de treinta (30) días.” Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Regional de Desarrollo Humano-COREDH, que en 05 folios, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PRECISAR que los demás artículos de la Ordenanza Regional Nº 199-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, del 31-DIC-2007, que se opongan al presente, quedan sin efecto. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 255-2008GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, del 16-JUN-2008.
Artículo Quinto.- ORDENAR la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 18 días del mes de Setiembre del año dos mil ocho.
Dr. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas
POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 02 días del mes de Octubre del 2008.
Ing. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE. Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947684-220-2008-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925513/Ordenanza%20Regional%20220-2008.pdf