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217-2025-GR-AMAZONAS-CR-SO Regional Agreement Amazonas In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 217-2025-GR.AMAZONAS/CR-SO

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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 217-2025-GRA/CR-SO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria N° 013, del día jueves 18 de diciembre del año 2025, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional; ubicado en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas. VISTO: El Pedido de fecha 16 de diciembre de 2025, suscrito por el Consejero Delegado Sr. Ricardo W. Gonzales Salazar, mediante el cual solicita al Pleno del Consejo Regional que según el artículo 33 y 37 del Reglamento Interno del Consejo Regional, la elección del Consejero Delegado - periodo 2026, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680 y Ley N.° 28607, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; dispositivo que es concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Que, el artículo 13° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. (…). Anualmente los consejeros regionales eligen, entre ellos, a un consejero delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del consejero delegado”; Conforme lo establece el artículo 15° inc. a) de la Ley 27867, en concordancia con el artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 33° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N.° 452-2019-GRA/CR-SE, modificado con Ordenanza regional N.° 006-2020-GRA/CR-SE establece que: Los consejeros regionales anualmente eligen entre ellos a un consejero/a delegado/a y a un consejero/a accesitario/a con las mismas prerrogativas y atribuciones propias del cargo, el consejero/a delegado/a preside la mesa directiva del legislativo regional, convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, suscribe los acuerdos y ordenanzas regionales y cumple las funciones establecidas en la Ley N.° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y el presente Reglamento Interno. Las candidaturas para la elección del consejero/a delegado/a será propuesta por un mínimo de tres consejeros; debiendo conducir la elección del consejero/a delegado/a en función; Por otro lado, el artículo 37° de la norma regional antes señalada establece que: El consejero/a delegado/a y el consejero accesitario es elegido en el mismo acto por mayoría simple de sus miembros en la última sesión ordinaria de cada año, asumirá sus funciones en la primera sesión ordinaria del año siguiente por el periodo de un año, está prohibido la reelección inmediata, es responsable de suscribir los acuerdos y ordenanzas regionales, convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, además de las funciones dispuestas por Ley y el presente Reglamento Interno Reglamento Interno (…); Que, con el Pedido de fecha 16 de diciembre de 2025, suscrito por el consejero delegado Sr. Ricardo W. Gonzales Salazar, solicita al Pleno del Consejo Regional, en merito artículo 33 y 37 del Reglamento Interno del Consejo Regional, la elección del Consejero Delegado para el periodo 2026 se pone a consideración del Pleno, la elección del Consejero Delegado - periodo 2026 para las propuestas que consideren pertinente. En sesión del Pleno la Consejera Regional, Sandra Fiorela Campos Arteaga, propone como candidato para Consejero Delegado para el periodo 2026 al Consejero Regional de la provincia de Bongará Prof. Vidal Gómez Vargas, sin existir otra propuesta; y luego del voto a mano alzado y democrático se ha llegado al

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS siguiente resultado de la votación: a favor del único candidato con diez (10) votos; siendo elegido por Unanimidad como Consejero Delegado para el período legislativo 2026; Seguidamente, la Consejera Regional Tec. Enf. Mary Ines Kasen Chujai, proponen como candidato para Consejero Delegado Accesitario para el periodo 2026 al Consejero Regional de la provincia Utcubamba Sr. Milton H. Mendoza Garay, sin existir otra propuesta; y luego del voto a mano alzado y democrático se ha llegado al siguiente resultado de la votación: a favor del único candidato con diez (10) votos; siendo elegido por Unanimidad como Consejero Delegado accesitario para el período legislativo 2026; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria Nº 013 llevada a cabo el jueves 18 de diciembre de 2025, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero. - ELEGIR, al Prof. VIDAL GÓMEZ VARGAS, como CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS PARA EL PERIODO ANUAL 2026, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 29053, y al Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 452-2019/GRA/CRSE, modificado con Ordenanza Regional N.° 006-2020-GRA/CR-SE. Artículo Segundo. - ELEGIR, al Sr. MILTON H. MENDOZA GARAY, como CONSEJERO DELEGADO ACCESITARIO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS PARA EL PERIODO ANUAL 2026, de conformidad al Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N.º 452-2019/GRA/CR-SE, modificado con Ordenanza Regional N.° 006-2020- GRA/CRSE. Artículo Tercero. – NOTIFICAR al Gobernador Regional de Amazonas con el presente acuerdo regional para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto – DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 19 días del mes de diciembre de 2025.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/7584666-217-2025-gr-amazonas-cr-so PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9242338/7584666-acuerdo-de-consejo-217-2025-cr-so.pdf