Ordenanza Regional N.° 213-2008 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 213 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS. POR CUANTO: El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Junio del 2008, ha aprobado la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en armonía con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece: Que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, Art. 11°, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros a través del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), en su condición de autoridad ambiental nacional, dirige el Proceso de Gestión de la Zonificación Ecológica y Económica en el país. Los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecución de la Zonificación Ecológica y Económica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, en virtud al Art. 16° del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, que establece, que cada proceso de Zonificación Ecológica y Económica desarrollado en el ámbito regional y local (macro y micro), requiere la conformación de una Comisión Técnica, se aprobó y promulgó la Ordenanza Regional Nº 152-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de Agosto del 2006, mediante la cual se modifica los Artículos 2do., 3ro. y 4to., de la Ordenanza Regional Nº 016-2003-CR/RA, de fecha 13 de Noviembre del 2003, que declaró de interés público la ejecución de la Zonificación Ecológica Económica y constituyó el Grupo Técnico Regional; reformándose como consecuencia, la denominación de Grupo Técnico Regional por el de Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica, entre otras modificaciones, y definiendo la conformación de la Comisión; Que, en el Primer Plan Operativo Bianual Agosto 2005 – Julio 2007, para la Zonificación Ecológica y Económica, aprobado por el CONAM mediante Resolución Presidencial N° 135-2005-CONAM/PCD, del 08 de agosto del 2005, se ha contemplado el Proceso de Zonificación Ecológica y Económica a desarrollarse en el ámbito territorial del departamento de Amazonas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2007-PCM, publicado el 31 de Octubre del 2007, se establecieron modificaciones al Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, que aprueba
el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica – ZEE, como es el caso de la sustitución del Inc. n) del Art. 14º, del acotado cuerpo normativo, quedando por cuyo efecto integrando el Comité Técnico Consultivo Nacional: por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de un representante de la Secretaría de Descentralización y otro de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial; del mismo modo, se modifica el Art. 15º del mismo cuerpo normativo, adicionándose el Inciso c), que establece como una nueva función: Emitir opinión y recomendaciones sobre normas, procesos y metodologías vinculadas al Ordenamiento Territorial; Que, frente a las modificaciones precisadas en el párrafo precedente, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y de Gestión del Medio Ambiente, mediante Informe Nº 133-2008-GRA/GR-RENAMA, del 14-05-2008, fundamenta la necesidad de modificar la Ordenanza Regional Nº 152-2006, en cuanto a las funciones establecidas al Comité Técnico Regional de Zonificación Ecológica y Económica, adicionando la función de: “Proponer, opinar, diseñar, acompañar y coordinar la ejecución de un Plan de Ordenamiento Territorial en el ámbito Regional, con la finalidad de concordar con las funciones del Comité Técnico Consultivo constituido a nivel nacional y con los fines que perseguirá el Proceso de Zonificación Ecológica y Económica al que se ha integrado una función relativa a la promoción y coordinación de políticas territoriales orientadas al tratamiento de la demarcación territorial, el saneamiento de límites y la organización territorial en el contexto de la descentralización, regionalización y desarrollo social, contemplado en el acotado D.S. Nº 088-2007-PCM.; Que, asimismo con la finalidad de ampliar a nivel regional, metas necesarias para lograr resultados de zonificación ecológica y económica focalizados en la realidad local, que permita orientar políticas de desarrollo socio económico compatibles y eficaces, en función a las potencialidades de cada zona, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha propuesto adicionar una función orientada a: “promover el proceso de mezo y microzonificación ecológica en el Gobierno Regional Amazonas, en apoyo a los Gobiernos Locales”, propuesta que el Pleno del Consejo Regional respalda, considerando necesario en este extremo también, la modificación de la Ordenanza Regional Nº 152GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de Agosto del 2006; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 07, mediante Acuerdo N° 067-2008, de fecha 05 de Junio del 2008, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art° 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional Nº 152GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de Agosto del 2006, estableciendo como funciones de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica, las siguientes:
- Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del Proceso de Zonificación Ecológica y Económica, así como los aspectos relacionados a la Macro Zonificación
Regional, proponiendo los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación.
Proponer, opinar, diseñar, acompañar y coordinar la ejecución de un Plan de Ordenamiento Territorial, a nivel regional y local. Proponer, opinar, diseñar, impulsar y coordinar el proceso de Mezo y Micro zonificación Ecológica y Económica, en apoyo a los Gobiernos Locales.
Artículo Segundo.- PRECISAR que Los demás Artículos contenidos en la Ordenanza Regional Nº 152-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 11 de Agosto del 2006, quedan subsistentes en cuanto no se opongan a la presente. Artículo Tercero.- ORDENAR la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 12 días del mes de Junio del año dos mil ocho. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 25 días del mes de Junio del 2008.
ING. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE. Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947688-213-2008-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925515/Ordenanza%20Regional%20213-2008.pdf