Ordenanza Regional N.° 201-2007 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 201 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de Diciembre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar a través de Ordenanzas Regionales, la organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece:..las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha alcanzado al Consejo Regional a través de la Presidencia Regional el proyecto de la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, en aplicación de los art. 5º, 6º, 7º y 8º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que Aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación de TUPA y Establecen Disposiciones Para el Cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, que modifican los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, a fin de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; asimismo, establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar una Declaración Jurada ante la propia entidad y que dicho documento configura prueba suficiente de la resolución aprobatoria ficta de la solicitud o trámite iniciado; Que, encontrándose la modificación del TUPA de la Sede Regional encuadrado en los lineamientos establecidos en el D.S. Nº 079-2007-PCM, formulado en el marco de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y la Ley Nº 27444, Ley General de Procedimientos Administrativos, entre otras normas complementarias y afines; constituyéndose en un instrumento legal que va a regular la actuación de la función administrativa, con sujeción a disposiciones vigentes que armonizan con el Ordenamiento Constitucional y cuya finalidad que se orienta a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados; es conveniente proceder a su aprobación a través del Acto Administrativo correspondiente; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional N° 019, mediante Acuerdo N° 030 de fecha 31 de diciembre de 2007, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 164-GRA/CR, del 05 de Enero del 2007, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, en 07 folios, con sus respectivos anexos a folios 37. Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 31 días del mes de Diciembre del año dos mil siete.
MARIANO HERNÁNDEZ ESCALANTE. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 02 días del mes de Enero del 2008.
Ing. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947694-201-2007-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925524/Ordenanza%20Regional%20201-2007.pdf