Ordenanza Regional N.° 195-2007 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 195 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Noviembre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Inc.”a” del Art. 15º de la Ley Nº 27867, señala como parte de las funciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, por consiguiente le corresponde normar la organización de las entidades del Gobierno Regional, concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que señala:“Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación” ; Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Amazonas, ha reformulado su Manual de Organización y Funciones – MOF y su Cuadro para Asignación de Personal - CAP, elevándolo al Gobierno Regional para su aprobación por el Consejo Regional, en observancia a las normas vigentes sobre la materia; documento de gestión que ha sido evaluado con la participación de las diversas instancias competentes de la Sede Regional, determinando que el MOF ha sido actualizados tomando en cuenta los lineamientos establecidos en las normas vigentes de carácter general que regula a las entidades públicas, como es la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público, Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, además sobre la base del Reglamento de Organización y Funciones reformulado; del mismo modo el CAP, ha sido actualizado en función a las normas acotadas en líneas precedentes y al D.S. Nº 043-2004-PCM que establece los lineamientos para la formulación de los Cuadros para Asignación de Personal de las entidades públicas; concluyendo que ambos documentos también se enmarcan en los lineamientos establecidos en el D. S. Nº 036-2007-PCM relacionado a la Transferencia de Competencias y Funciones sectoriales correspondientes al Ejercicio 2007, que en el marco de la Ley Nº 28273 del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales, determina a las entidades públicas, mantener sus documentos de gestión actualizados, entendiéndose ello, en función al redimensionamiento estructural, que la transferencia de competencias y funciones viene ejerciendo en las mismas; Que, considerando que los indicados documentos de gestión se ajustan a los requisitos que exigen las normas, conforme así lo determinan los Informes de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento y presupuesto y el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante el Acto Administrativo correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 017, mediante Acuerdo N° 224 de fecha 14 de Noviembre del 2007, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus
facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Organización y funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Dirección Regional Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Amazonas, que en 84 folios y 10 folios respectivamente, forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 14 días del mes de Noviembre del año dos mil siete.
MARIANO HERNÁNDEZ ESCALANTE. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 22 días del mes de Noviembre del 2007.
Ing. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947698-195-2007-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925526/Ordenanza%20Regional%20195-2007.pdf