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181-2007-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 181-2007 GRA/CR

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ORDENANZA REGIONAL N° 181 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de Julio del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27860 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, éstos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 11º y 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la misma Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, la Ley Nº 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las funciones específicas que ejercen los gobiernos regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, prevé en su Artículo 47º, inciso b): “Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional”; y, en su inciso h): “Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad”; Que, para implementar el considerando que antecede, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 501-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR y su modificatoria Resolución Ejecutiva Regional Nº 508-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, fue constituido el Equipo Técnico Regional de Educación de Amazonas y con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 663-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, se aprobó la Directiva Nº 030-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS con el Título “Normas para la Formulación de los Lineamientos de Política Educativa, Proyecto Educativo y Construcción de un Documento Base de Currículo de la Región Amazonas”; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 272-2007-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, se resuelve reactivar y renovar la composición del Equipo Técnico Regional, encargado de impulsar la consolidación, culminación y elaboración del Plan de Implementación del Proyecto Educativo Regional de Amazonas, con la asistencia técnica y consultoría del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia – UNICEF; Que, en consecuencia, el Proyecto Educativo Regional – PER-Amazonas, expresa las expectativas de las siete provincias de nuestra región y se convierte en el instrumento que debe ser entendido como la memoria colectiva de nuestras aspiraciones y demandas sociales, de las potencialidades y de las expectativas concertadas de la población, cuyo reconocimiento y compromiso del Gobierno Regional, Dirección Regional de Educación,

Autoridades, Instituciones Públicas, Medios de Comunicación y Sociedad, facilitarán realizar acciones de difusión, implementación y sostenibilidad del Proyecto Educativo Regional; Por lo que en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y; en atención a lo aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 011,mediante Acuerdo Nº 013-2007, del 10 de Julio del 2007, se emite la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Texto definitivo del Proyecto Educativo Regional de Amazonas 2007 – 2021 PER-Amazonas, cuyo contenido íntegro se adjunta como anexo a la presente disposición regional, la que forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, la impresión del Proyecto Educativo Regional, para ser distribuido a las Instituciones Educativas Públicas y Privadas del ámbito regional; además, la impresión en versión resumida cuya distribución se efectuará a los docentes de las Instituciones Educativas de la Región. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, para que a través de la Dirección Regional de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos e Instituciones Educativas, la implementación del Proyecto Educativo Regional, promoviendo la participación de las entidades públicas, privadas y sociedad civil. Artículo Cuarto.- DAR CUENTA de la presente a las instancias correspondientes del Sector Educación y a los órganos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicación e implementación. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 11 días del mes de Julio del 2007.

ING. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947709-181-2007-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925538/Ordenanza%20Regional%20181-2007.pdf