Ordenanza Regional N.° 180-2007 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 180 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Junio del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar el Programa de Desarrollo Institucional – PDI 2007, en concordancia con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, la misión del Gobierno Regional Amazonas es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, el inc. p) numeral 6) del Art. 21° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que son atribuciones del Presidente Regional presentar al Consejo Regional el Programa de Desarrollo Institucional – PDI para el año fiscal 2007, en armonía con el Art. 10° de la precitada Ley; Que, de conformidad a lo preestablecido en las normas vigentes que regulan el accionar de las entidades del Sector Público, se ha formulado el Programa de Desarrollo Institucional – PDI 2007 del Gobierno Regional Amazonas, documento que ha tomado como base el Plan de Desarrollo Regional Concertado para el período 2004-2010 de nuestra Región y el Plan de Transferencias de Fondos y Proyectos Sociales de Lucha contra la pobreza y Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva y de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales; instrumento de gestión que plasma los objetivos y Lineamientos de Política del Gobierno Regional para brindar una adecuada atención a la población en su conjunto, con servicios como son: Educación, Salud, Comercio, Turismo, Pesquería, Agricultura, Trabajo, Vivienda, Transporte y otras funciones que por Ley le corresponde; siendo procedente su aprobación mediante el acto administrativo; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 010, mediante Acuerdo N° 132-2007 de fecha 26 de Junio del 2007, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Desarrollo Institucional (PDI) 2007 del Gobierno Regional Amazonas, que en 321 folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.. Artículo Segundo.- DISPONER a la Oficina Regional de Administración, proceda a la publicación de la presente Ordenanza Regional, en término prudencial, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 09 días del mes de Julio del 2007.
Ing. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947711-180-2007-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925541/Ordenanza%20Regional%20180-2007.pdf