Ordenanza Regional N.° 162-2006 GRA/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 162GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, en la última década nuestra Región viene siendo sometida a un intenso proceso de destrucción y degradación de los bosques, originado por la ocupación desordenada de tierras sin tener en cuenta su capacidad de uso, propiciando así la desaparición de miles de hectáreas de bosques, la erosión de los suelos, la menor disponibilidad de agua para las poblaciones de las zonas bajas, lo que origina también la desaparición de especies de flora y fauna silvestre; Que, la creación del Proyecto Especial de Reforestación y Medio Ambiente – PERMA en la Región contribuirá a lograr el desarrollo integral y sostenible de la Región Amazonas, con la recuperación, mantenimiento y mejoramiento de los recursos naturales; así como de las condiciones de vida de la población mediante la planificación de la puesta en marcha de dicho Proyecto en armonía con el Art. 53° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales; Que, el Proyecto Especial de Reforestación y Medio Ambiente – PERMA Amazonas, partiendo de los planteamientos de la estrategia nacional forestal, constituye un importante eje de implementación de la misma, contribuyendo al desarrollo sostenible en zonas prioritarias con potencial de forestación y reforestación con fines productivos, de recuperación de ecosistemas y mejora ambiental, siendo el propósito central al cual contribuye el Proyecto al desarrollo rural, entendiendo como el bienestar de los pobladores del campo y desde allí la contribución a la comunidad nacional; En consecuencia, reforestar es una acción que permite establecer o recuperar la cobertura vegetal en un área determinada y como toda acción puede ser, en sí misma un fin y un medio, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de los seres que habitan, promoviendo la creatividad, la participación ciudadana, el trabajo en equipo, la educación, los valores y el respeto a la naturaleza. Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 017, mediante Acuerdo N° 254-2006 de fecha 12 de diciembre de 2006, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
ORDENANZA REGIONAL N° 162GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Creación del Proyecto Especial de Reforestación y Medio Ambiente – PERMA en la Región Amazonas. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente elabore el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Organización y Funciones – MOF dentro del término de 30 días de emitida la Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los dieciocho días de diciembre del año 2006.
Ing. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947726-162-2006-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925556/Ordenanza%20Regional%20162-2006.pdf