Skip to content
L Legalize.pe
145-2006-GRA-CR Regional Ordinance Amazonas In force

Ordenanza Regional N.° 145-2006 GRA/CR

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

ORDENANZA REGIONAL N° 145GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en armonía con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional N° 123-2005, el Consejo Regional aprueba el nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Educación Amazonas, considerado en dicho documento una plaza de Chofer II, homologado como servidor técnico, nivel STA; asimismo, en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Luya se aprecia que no cuenta con la plaza de Secretaria, lo que no es así en la Institución Educativa Secundaria “Sagrado Corazón de Jesús” de Lonya Chico, donde cuentan con una plaza de Secretaria; analizada las condiciones en que se encuentra la Institución Educativa antes mencionada, encontramos que cuenta con una plaza de Secretaria y de acuerdo a la Directiva N° 025-2005-ME/SG, que norma el Proceso de Racionalización por la Cantidad de Secciones y Grados que atiende, no le corresponde contar con una Secretaria, recurso humano que debe ser transferido a la UGEL – Luya, mas aun no demanda incremento de presupuesto; Que, es necesario optimizar el recurso humano para atender las necesidades institucionales, por necesidad de servicio se justifica que la plazas de Chofer II de la UGEL – Luya sea ubicada a la Sede de la Dirección Regional de Educación Amazonas, por contar con dos unidades móviles, toda vez que verificado el CAP de la UGEL Luya se aprecia que cuenta con una plaza de Chofer II sin contar con vehículo alguno; así como la plaza de Secretaria deberá ser ubicada a la UGEL Luya; que siendo así es procedente y justificable la modificación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Educación Amazonas. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 012, mediante Acuerdo N° 1702006 de fecha 05 de julio de 2006, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art° 37° de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Educación Amazonas, incluyendo la plaza de Chofer II por necesidad del servicio. Artículo Segundo.- TRANSFERIR la plaza de Secretaria de la Institución Educativa Secundaria “Sagrado Corazón de Jesús” de Lonya Chico a la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Luya, en concordancia con la Directiva N° 025-2005ME/SG, que norma el Proceso de Racionalización. Artículo Segundo.- TRAMITAR la presente Ordenanza Regional a la Dirección Regional de Educación Amazonas y demás instancia que corresponda, para conocimiento y fines. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los veinte días del mes de julio del año 2006. Ing. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1947743-145-2006-gra-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1925573/Ordenanza%20Regional%20145-2006.pdf