Acuerdo de Consejo Regional N.° 102-2025-GR.AMAZONAS/CR-SO
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N.° 102-2025-GRA/CR-SO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria N° 07, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día jueves 26 de junio de 2025; ubicado en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas. VISTO: El Pedido del Consejero Regional por la provincia de Bagua, Prof. Engels Escobedo Portal de fecha 24 de junio de 2025 y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisan: que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inc. a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, en concordancia con el inc. a) del artículo 15° del Reglamento Organización y Funciones del Consejo Regional Amazonas y del artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el inc. s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, en concordancia con el inc. B) artículo 61° de Reglamento Interno del Consejo Regional vigente precisa: Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano; Que, el literal c) del artículo 5° del Reglamento Interno del Consejo Regional señala: Son funciones del Consejo Regional, FUNCIÓN DE REPRESENTACIÓN POLÍTICA: El Consejo Regional de Amazonas promueve el empoderamiento de la participación ciudadana recogiendo y transmitiendo opiniones y necesidades para la generación de políticas públicas bajo los principios de subsidiaridad y complementariedad, la rendición de cuentas, presentación de iniciativas y demandas públicas para el bien común; y las relaciones de coordinación con los otros niveles de gobierno (local, regional y nacional). En el ejercicio de esta función, cada consejero regional personifica a la provincia que representa y a la región de Amazonas conforme a ley y el presente reglamento.; Que, el artículo 15° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone: La función de los Consejeros Regionales comprende los trabajos en las sesiones de Consejo Regional, en las comisiones ordinarias, especiales o investigadoras, en reuniones de trabajo, atención a los ciudadanos, a las organizaciones sociales y otros trabajos de carácter regional; Que, el artículo 17° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone en su inc. b) Fiscalizar los actos de (….), Proyectos Especiales y Órganos desconcentrados que tiene jurisdicción Regional y otros de interés general. Inc. c) cumplir y hacer cumplir la constitución y las Leyes del Perú; así como las normas y disposiciones regionales, (….). Inc. f) Mantener comunicación con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes. Inc. n) Presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias de la región; Que, con el Pedido de fecha 24 de junio de 2025, del Consejero Regional por la provincia de Chachapoyas, Prof. Engels Escobedo Portal, mediante el cual solicita AUTORIZACIÓN para VIAJAR en Representación Política, al Distrito de Chuquibamba durante los días 27,28 y 29 de junio del presente año en
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS curso del mismo modo; al Sr. Ángel E. Alvarado Trigoso conductor de la Unidad Móvil alquilada para el uso del Consejo Regional, durante los días 27,28 y 29 de junio del presente año, con la finalidad de asistir y participar en las diversas actividades culturales programadas SAN PEDRO Y SAN PABLO 2025. También; solicito que se AUTORICE la salida de la unidad móvil alquilada para el uso del consejo regional (Camioneta Toyota BPP- 918). Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria Nº 07 llevada a cabo el día jueves 26 de junio de 2025, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR, al Consejero Regional por la provincia de Chachapoyas, Prof. Engels Escobedo Portal, VIAJAR en Representación Política, al Distrito de Chuquibamba durante los días 27,28 y 29 de junio del presente año en curso del mismo modo; al Sr. Ángel E. Alvarado Trigoso conductor de la Unidad Móvil alquilada para el uso del Consejo Regional, durante los días 27,28 y 29 de junio del presente año, con la finalidad de asistir y participar en las diversas actividades culturales programadas SAN PEDRO Y SAN PABLO 2025. Se AUTORIZA la salida de la unidad móvil asignada al consejo regional (Camioneta Toyota BPP- 918). Artículo Segundo. - NOTIFICAR al Gobernador Regional de Amazonas, para que disponga a los funcionarios competentes la asignación de viáticos que corresponde los comisionados descritos en el artículo primero del presente Acuerdo Regional, de conformidad con la directiva de viáticos. Artículo Tercero. - DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo N° 42 de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 27 días del mes de junio de 2025.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/7039659-102-2025-gr-amazonas-cr-so PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8488816/7039659-acuerdo-de-consejo-102-2025-cr-so.pdf