Acuerdo de Consejo Regional N.° 052-2025-GR.AMAZONAS/CR-SO
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 052-2025-GRA/CR-SO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria N° 04, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día jueves 27 de marzo del año 2025, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional; ubicado en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas. VISTO: El Oficio N° 000196-2025-G.R.AMAZONAS/GG, de fecha 10 de marzo de 2025, suscrito por el Gerente General (e) Gilber Antonio La Torre Salazar, Y; CONSIDERANDO: Que, el inc. a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mismo dispositivo del Reglamento Organización y Funciones del Consejo Regional Amazonas en concordancia con el artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el inc. k) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en concordancia con el inc. L) Reglamento Organización y Funciones del Consejo Regional Amazonas precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios de la dirección superior, de la administración del gobierno regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, en concordancia con el inc. B) artículo 61° de Reglamento Interno del Consejo Regional vigente precisa: Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano; Que, el inc. b) del artículo 17° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente dispone, que son derechos de los consejeros regionales Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional de Amazonas, Las Direcciones Regionales, Proyectos Especiales y Órganos desconcentrados que tiene jurisdicción Regional y otros de interés general. Inc. c) cumplir y hacer cumplir la constitución y las Leyes del Perú; así como las normas y disposiciones regionales, (….). Inc. f) Mantener comunicación con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes. Inc. n) Presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias de la región; Que, el literal b) del artículo 5° del Reglamento Interno del Consejo Regional señala: Son funciones del Consejo Regional, FUNCIÓN FISCALIZADORA: El Consejo Regional ejerce función fiscalizadora en relación a la gestión del órgano Ejecutivo Regional sobre acciones, procedimientos, documentación, proyectos u obras, así como sobre la administración de recursos humanos, materiales, tecnológicos, económicos y financieros, pudiendo llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, y respecto de la conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. La función fiscalizadora es ejercida por medio de las comisiones ordinarias, especiales e investigadoras, también puede ser ejercida de manera individual por cada consejero regional, pudiendo efectuar requerimiento a la administración regional para que informe sobre aquellos asuntos que demanden su intervención. Esta función o actos que realicen, no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad o persona del ente gubernamental regional; Que, el artículo 45° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente señala: El Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadora y normativa, organiza su trabajo en comisiones, que son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS propuestas, proyectos de normas, investigaciones y denuncias, así como emitir informes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo Regional les encargue, las clases de comisiones son: Ordinarias, especiales e investigadoras; Que, la Resolución de Contraloría N° 327-2024-CG, de fecha 16 de julio de 2024, que tiene por finalidad regular la estructura, contenido, plazos, obligaciones, responsabilidades y formalidades del proceso de presentación del Balance Semestral respecto del monto destinado al fortalecimiento de la funció fiscalizadora de los consejeros y regidores municipales. numeral 6. Obligaciones en el proceso de presentación del Balance Semestral: (…) 6.4.3 Del consejo regional y consejo municipal tienen las siguientes obligaciones. a) Designar al Encargado del registro de información del Balance Semestral mediante acuerdo de consejo regional o consejo municipal. b) Proporcionar al Funcionario Responsable, los datos e información de contacto del Encargado del registro de información, para la generación de su acceso al aplicativo informático. Que, el Oficio N° 000196-2025-G.R.AMAZONAS/GG, de fecha 10 de marzo de 2025, suscrito por el Gerente General (e) Gilber Antonio La Torre Salazar, mediante el cual solicita designar al encargado de registrar la información en el aplicativo informático base. El Pleno del Consejo Regional, a la recomendación del Consejero Delegado, previa coordinación con la trabajadora ha estimado designar a la Contadora Publica Colegiada, RASO IRIS CASTRO ARCE con la finalidad de encargarle la función del Registro de Información en el Aplicativo Informático Base; respecto a la “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”. Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria N° 04, llevada a cabo el día jueves 27 de marzo de 2025, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: DESIGNAR a la Contadora Publica Colegiada, ROSA IRIS CASTRO ARCE como responsable del Registro de Información en el Aplicativo Informático Base, la “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”. Artículo Segundo. – NOTIFICAR al Gobernador Regional de Amazonas, Sr. Gilmer Wilson Horna Corrales, para que ordene al área respectiva la implementación de la presente decisión, según lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo Tercero. – DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo N° 42 de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 08 días del mes de abril de 2025.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/6782049-052-2025-gr-amazonas-cr-so PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8086455/6782049-acuerdo-de-consejo-052-2025-cr-so.pdf