Acuerdo de Consejo Regional N.° 028-2026-GR.AMAZONAS/CR-SO
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 028-2026-GRA/CR-SO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria Nº 04, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día viernes 20 de marzo de 2026; ubicado en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas. VISTO: El Pedido de fecha 19 de marzo de 2026, suscrito por los Consejeros Regionales de la Provincia de Bagua y Utcubamba Sr. Ricardo W. Gonzales Salazar, Srt. Sandra Fiorella Campos, Dr. Pedro D. Catedra Maco y Sr. Milton H. Mendoza, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisan: que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inc. a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, en concordancia con el inc. a) del artículo 15° del Reglamento Organización y Funciones del Consejo Regional Amazonas y del artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el inc. s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, en concordancia con el inc. B) artículo 61° de Reglamento Interno del Consejo Regional vigente precisa: Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano; Que, el literal b) del artículo 5° del Reglamento Interno del Consejo Regional señala: Son funciones del Consejo Regional, FUNCIÓN FISCALIZADORA: El Consejo Regional ejerce función fiscalizadora en relación a la gestión del órgano Ejecutivo Regional sobre acciones, procedimientos, documentación, proyectos u obras, así como sobre la administración de recursos humanos, materiales, tecnológicos, económicos y financieros, pudiendo llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, y respecto de la conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional. La función fiscalizadora es ejercida por medio de las comisiones ordinarias, especiales e investigadoras, también puede ser ejercida de manera individual por cada consejero regional, pudiendo efectuar requerimiento a la administración regional para que informe sobre aquellos asuntos que demanden su intervención. Esta función o actos que realicen, no pueden ser materia de limitación, retardo ni obstrucción por ninguna autoridad o persona del ente gubernamental regional; Que, el artículo 15° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone: La función de los Consejeros Regionales comprende los trabajos en las sesiones de Consejo Regional, en las comisiones ordinarias, especiales o investigadoras, en reuniones de trabajo, atención a los ciudadanos, a las organizaciones sociales y otros trabajos de carácter regional; Que, el artículo 17° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone en su inc. b) Fiscalizar los actos de (….), Proyectos Especiales y Órganos desconcentrados que tiene jurisdicción Regional y otros de interés general. Inc. c) cumplir y hacer cumplir la constitución y las Leyes del Perú; así como las normas y disposiciones regionales, (….). Inc. f) Mantener comunicación con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS a las normas vigentes. Inc. n) Presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias de la región; Que, el artículo 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone: Las comisiones ordinarias del Consejo Regional se conforman anualmente, su conformación será multipartidaria y deberán quedar conformadas en la primera sesión ordinaria del año calendario, el cuadro de integrantes es propuesto por el consejero/a delegado/a. (…). Según la naturaleza de los casos, temas y/o materias, se constituirán comisiones ordinarias, comisiones especiales, y en casos muy especiales comisiones investigadoras y comisiones ad hoc. Cada comisión estará conformada por tres consejeros regionales, quienes eligen a un presidente, secretario y miembro, por espacio de un año. (…). Las comisiones pueden conformar sub comisiones de trabajo para eventos específicos; Que, el artículo 58° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, dispone: Se conformarán comisiones especiales e investigadoras para asuntos específicos y sobre temas determinados que no correspondan a ninguna de las comisiones ordinarias o que por su importancia o gravedad se hicieran necesarias. El acuerdo de Consejo Regional determinará con precisión el encargo, la conformación y el plazo de vigencia de la comisión. Para ejecutar encargos del gobierno regional con otros niveles de gobierno, realizar labores de investigación sobre situaciones particulares de interés regional que por su importancia ameriten un tratamiento específico sin perjuicio del derecho que corresponda al órgano de control interno, de ética parlamentaria regional. Las comisiones especiales deben emitir informe final dentro del plazo señalado por el Consejo Regional. Sometido a debate, deberá ser aprobado o desaprobado, dando cuenta al Consejo Regional para las acciones pertinentes; Que, el Pedido de fecha 19 de marzo de 2026, suscrito por los Consejeros Regionales de la Provincia de Bagua y Utcubamba Sr. Ricardo W. Gonzales Salazar, Srt. Sandra Fiorella Campos, Dr. Pedro D. Catedra Maco y Sr. Milton H. Mendoza, mediante el cual solicitan se les AUTORICE como Consejeros Regionales VIAJAR en comisión de servicio oficial, junto con el equipo técnico del Consejo Regional encabezado por el Abog. Rody A. Guerrero Muñoz (los días del 20 al 24 de abril), CPCP. Luis A. Camara Japa, Ing. Ruperto Ruiz Cabrera, del mismo al Sr. Ángel E. Alvarado Trigoso – Conductor de la Unidad Movil alquilada para el uso del Consejo Regional, durante los días 06 al 10 y del 20 al 24 de abril del presente año, a la jurisdicción de la Provincia de Bagua, con la finalidad de realizar labor fiscalizadora in situ a las siguientes obras: • MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO INTEGRAL DE LAS LOCALIDADES MULLUCASHE Y MIRAVALLES DEL DISTRITO DE LA PECA – PROVINCIA DE BAGUA – DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2417145. • MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA A NIVEL DE BICAPA ASFALTICA C.P. MESONES MUROPUERTO IMACITA, DISTRITO DE IMAZA -BAGUA-AMAZONAS CUI N° 2297968. • MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN DE LA IE. N° 16729 DEL CENTRO POBLADO WAWAS DEL DISTRITO DE IMAZA – PROVINCIA DE BAGUA-DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2552265. • MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN LAS I.E.I GUADALUPE N° 272, I.E.I N° 16196 CASUAL, I.E.I N° 296 ACERILLO, DISTRITO DE BAGUA-PROVINCIA DE BAGUADEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2417134. • CONSTRUCCIÓN DE COBERTURA DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y AULA DE EDUCACIÓN PRIMARIA, EN EL(LA) I.E. 16192 EN EL CENTRO POBLADO BAGUA, DISTRITO DE BAGUA, PROVINCIA DE BAGUA CUI N° 2638826. • CONSTRUCCIÓN DE OFICINA ADMINISTRATIVA, SALA DE USOS MÚLTIPLES Y SERVICIOS HIGIÉNICOS Y/O VESTIDORES; ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO; EN EL (LA) INFRAESTRUCTURA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA DISTRITO DE BAGUA, PROVINCIA DE BAGUA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI N° 2649084. • SECTOR SALUD • SECTOR EDUCACIÓN También; solicito que se AUTORICE la salida de la unidad móvil alquilada para uso del consejo regional (Camioneta Toyota Hilux M8B-808).
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria Nº 04 llevada a cabo el día viernes 20 de marzo de 2026, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR, VIAJAR en comisión de servicio oficial a los Consejeros Regionales de la Provincia de Bagua y Utcubamba Sr. Ricardo W. Gonzales Salazar, Srt. Sandra Fiorella Campos, Dr. Pedro D. Catedra Maco y Sr. Milton H. Mendoza, junto con el equipo técnico del Consejo Regional encabezado por el CPCP. Luis A. Camara Japa, Ing. Ruperto Ruiz Cabrera, del mismo al Sr. Ángel E. Alvarado Trigoso – Conductor de la Unidad Móvil alquilada para el uso del Consejo Regional, durante los días 06 al 10 y del 20 al 24 de abril del presente año, a la jurisdicción de la Provincia de Bagua, con la finalidad de realizar labor fiscalizadora in situ a las siguientes obras: • MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO INTEGRAL DE LAS LOCALIDADES MULLUCASHE Y MIRAVALLES DEL DISTRITO DE LA PECA – PROVINCIA DE BAGUA – DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2417145. • MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA A NIVEL DE BICAPA ASFALTICA C.P. MESONES MUROPUERTO IMACITA, DISTRITO DE IMAZA -BAGUA-AMAZONAS CUI N° 2297968. • MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN DE LA IE. N° 16729 DEL CENTRO POBLADO WAWAS DEL DISTRITO DE IMAZA – PROVINCIA DE BAGUA-DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2552265. • MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN LAS I.E.I GUADALUPE N° 272, I.E.I N° 16196 CASUAL, I.E.I N° 296 ACERILLO, DISTRITO DE BAGUA-PROVINCIA DE BAGUADEPARTAMENTO DE AMAZONAS CUI N° 2417134. • CONSTRUCCIÓN DE COBERTURA DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y AULA DE EDUCACIÓN PRIMARIA, EN EL(LA) I.E. 16192 EN EL CENTRO POBLADO BAGUA, DISTRITO DE BAGUA, PROVINCIA DE BAGUA CUI N° 2638826. • CONSTRUCCIÓN DE OFICINA ADMINISTRATIVA, SALA DE USOS MÚLTIPLES Y SERVICIOS HIGIÉNICOS Y/O VESTIDORES; ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE AIRE ACONDICIONADO; EN EL (LA) INFRAESTRUCTURA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA DISTRITO DE BAGUA, PROVINCIA DE BAGUA, DEPARTAMENTO AMAZONAS CUI N° 2649084. • SECTOR SALUD • SECTOR EDUCACIÓN Asimismo, se AUTORIZA la salida de la unidad móvil alquilada para uso del consejo regional (Camioneta Toyota Hilux M8B-808). Artículo Segundo. – AUTORIZAR VIAJAR como parte del equipo técnico que acompañara a los Consejeros Regionales mencionados en el artículo primero, al Abog. Rody A. Guerrero Muñoz, durante los días del 20 al 24 de abril del presente año, a la jurisdicción de la Provincia de Bagua. Artículo Tercero. – NOTIFICAR al Gobernador Regional de Amazonas, Sr. Gilmer Wilson Horna Corrales para que disponga a los funcionarios competentes la asignación de viáticos que corresponde a los comisionados descritos en el artículo primero y segundo del presente Acuerdo Regional, de conformidad con la directiva de viáticos. Artículo Cuarto. – ESTABLECER, que los comisionados a su retorno deberán hacer llegar su informe al pleno del Consejo Regional referente a las actividades realizadas. Artículo Quinto. - ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo N° 42 de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales.
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 30 días del mes de marzo del 2026.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/8165062-028-2026-gr-amazonas-cr-so PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10010891/8165062-acuerdo-de-consejo-028-2026-cr-so.pdf