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019-2026-GR-AMAZONAS-CR-SE Regional Agreement Amazonas In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 019-2026-GR.AMAZONAS/CR-SE

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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N.º 019-2026-GRA/CR-SE. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria N° 07, llevada a cabo de manera virtual el lunes 18 de mayo de 2026, a las 07:00 horas de la noche, en los domicilios legal de cada uno de los consejeros regionales mediante el aplicativo zoom, dando en cumplimiento a lo dispuesto en literal f) del artículo 70° del Reglamento Interno del Consejo Regional, modificado mediante Ordenanza Regional N° 006-2020-GRA/CR, publicado en el Diario Oficial “ VISTO: El Oficio 000380-2026-G.R. AMAZONAS/GG de fecha 07 de mayo de 2026, Informe Legal 0004432026-G.R.AMAZONAS/ORAJ de fecha 07 de mayo de 2026, Informe Tecnico 000002-2026G.R.AMAZONAS/GRPPAT-SGPAT de fecha 04 de mayo de 2026, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13° de la ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas; Que, el inc. a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mismo dispositivo del Reglamento Organización y Funciones del Consejo Regional Amazonas en concordancia con el artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; El Gobierno Regional de Amazonas organiza y conduce la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N.º 27867 y sus modificatorias. En este sentido promueve la inversión privada y el empleo, orienta la inversión pública en materia de infraestructura económica y social de apoyo al desarrollo regional, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, el artículo 21° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de las atribuciones del Presidente Regional, ahora Gobernador Regional, establece lo siguiente: “(…) m). Presentar su informe Anual al Consejo Regional; n). Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional. (…)”; Que, mediante Oficio 000380-2026-G.R.AMAZONAS/GG de fecha 07 de mayo de 2026, el Gerente General del Gobierno Regional de Amazonas, eleva Opinión Legal respecto a la Memoria Anual de Gestión Institucional 2025, para su aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional, en el marco del artículo 21° literal m) y n) de la Ley N° 27867. Que, mediante Informe Legal 000443-2026-G.R.AMAZONAS/ORAJ de fecha 07 de mayo de 2026, suscrito por el Asesor Jurídico del Gobierno Regional de Amazonas, emite opinión legal, declarando PROCEDENTE la APROBACIÓN DE LA MEMORIA ANUAL 2025 del Gobierno Regional Amazonas. Que, mediante Informe Técnico 000002-2026-G.R.AMAZONAS/GRPPAT-SGPAT de fecha 04 de mayo de 2026, el Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, solicita APROBACIÓN DE LA MEMORIA ANUAL 2025, en la que se describe los principales logros en cuanto a actividades y proyectos ejecutados en las distintas dependencias (Gerencias Regionales, Gerencias Sub Regionales, Direcciones Regionales, Oficinas Regionales, entre otros) desde enero hasta diciembre del 2025. Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto en mayoría de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Extraordinaria N.º 07 llevada a cabo el lunes 18 de mayo de 2026, aprobó el siguiente:

GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero. – APROBAR la MEMORIA ANUAL DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DEL AÑO 2025 DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, elaborada dentro del marco normativo del artículo 21° literal m) y n) de la Ley N° 27867, el mismo que forma parte del presente acuerdo. Artículo Segundo. - NOTIFICAR y FACULTAR al Gobernador Regional de Amazonas, aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias, dando cuenta al Consejo Regional en su oportunidad. Artículo Tercero. – DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 19 días del mes de mayo de 2026.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/8201714-019-2026-gr-amazonas-cr-se PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10067817/8201714-acuerdo-de-consejo-019-2026-cr-se.pdf