Decreto Regional N.° 012-2020 GRA/GR
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GOBIERNO REGIONAL AMMONAS DECRETO REGIONAL
N' 012 .2020
chachapoya.,0 q
[)lC. 2020
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS VISTO: La Ordenanza Regional N'010-2020-GRfuCR, debidamente publicada en eldiario oficial
" REGIONAL AMMONAS/GR, de fecha 26 de agosto de 2O2O,y;
CONSIDERANDO: Que, en marc.o de lo dispuesto por la Ley N' 27680 - Ley de Reforma Constitucionaldel Capítulo XlV, Titulo lV, sobre Descentralización de la ConstituciOn polit¡ca Oel gstaOó, y el artículo 2' dela Ley N" 27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, loj Gobiernos
Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su adminjstración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 5' de la Ley N" 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pr:ir¡cá iegionát oe acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, eñ el maico de laJpolíticas nacionales y sectoriales, para contribuir aldesarrollo intágrallisostenible de la región; Que, conforme a lo establecido en elnumeral21.2) delartículo 2'delCapítulo Vl, Titulo ll de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N" zllag,los Gobiernor n"jión"les son
también fiscalizados por los ciudadanos de su jurisdicción, conforme a ley;
Que, segÚn lo dispuesto por el artículo 24" de la Ley N" 27862 Ley Orgánica de Gob.iernos Regionales, modificado por la Ley N' 27902, "El gobierno regionalíedizará como mínimo dos audiencias públicas regionales alaño, una en lá capitatdeia región y otra en una provincia, en la que dará cuenta de /os logros y avances alcanzados durante á pei¡oao',;
Que, el dia 26 de setiembre de 2020, se llevo a cabo la Primera Audiencia pública
- 2020 Virtual, conforme a lo dispuesto por el Decreto Regional N. 01 l2A2OGOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GR, de fecha 26 de agosto de 20Z0,il mismo que aplazó su convocatoria originalmente conforme al Decreto Régional No O1O-2020-GbetenNO REGIONAL AMMONAS/GR; en ese sentido, se ha cumplido con la realización de una audiencia pública en el presente año fiscal; Regional
Que, con Ordenanza Regional N" 442-2019-GoBtERNo REG|oNAL AMMoNAS/CR, de junio de 2019, se aprobó el Reglamento que norma la realización de las Audiencias Públicas 2019-2022, el mismo que precisa en su artículo 15o, que "la convocatoria a las Audiencias
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Públicas Regionales será efectuada por el Gobernador Regional, mediante Decreto Regionat, precisando lugar, dia, hora, con una anticipación no menór de veinte (20) días antes de la realizaciÓn de la misma. Decreto Regionatgue se pubticará en el diario oi¡ciat o en el de mayor circul ación n acion al";
Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo N" 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, orientadas a reducir el impacto negativo en la población ante Ia existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y ia vida ¿é tos pobladóres, aslcomo a mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de la población, y adoptai acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración áe éstás; el cual ha sido pronogado mediante Decreto Supremo No O2O-2020-SA por uñ plazo de noventa (g0) días calendario. Y mediante Decreto Supremo N" 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supiemos
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
N"
DECRETO REGIONAL 012 -2020 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR N" 045-2020-PCM y 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nac¡onal por el plazo de quince (15) días calendar¡o, y se dispone el aislamiento social obligator¡o (cuarentena) así como med¡das para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose pronogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos N" 051-2020-PCM, No 064-2020-PCM, No 075-2020-PCM, N" 083-2020-PCM, N" 094-2020-PCM, N" 116-2020-PCM, N0 129-2020-PCM, N'135-2020-PCM, N'139-2020-PCM, N' 146-2020-PCM, No 151-2020-PCM, N' 156-2020-PCM, N" 162-2020PCM, N" 165-2020-PCM, N" 170-2020-PCM, N" 177-2020-PCM, N' 178-2020-PCM y N' 1802020-PCM:
Que, mediante Decreto Supremo N" 031-2020-SA se prorroga a part¡r del 7 de diciembre
de 2020 por un plazo de noventa (90) dias calendario, Ia emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N'008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos N" 020-2020-SA y N' 027 -2020-SA, al evidenciarse la persistencia del supuesto que ha configurado Ia emergencia sanitarla por la pandemia de la COVID-I9;
Que, asimismo, con Decreto Supremo N' 184-2020-PCM, publicado el dÍa 30 de noviembre de 2020, en el diario ofic¡al "El Peruano", se declarar el Estado de Emergenc¡a Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendar¡o, a partir del martes 01 de d¡ciembre de 2020, pot ias graves c¡rcunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19. Duánte el presente Estado de Emergencia Nacional queda restringido el e.iercicio de los derechos constitucionales relat¡vos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicil¡o y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendido en los incisos 9), 11) y 12) del artículo 2" y en el inc¡so 24), apartado D del m¡smo artículo de la Const¡tución Polft¡ca del Perú;
Que, en ese escenario, mediante Ordenanza Regional N' 010-2020-GR¡'/CR,
publicada en el diar¡o oficial " Reglamento para la Real¡zac¡ón de Audiencias Públicas Regionales 2019-2020 del Gobierno Regional Amazonas, debido al estado de Emergenc¡a San¡tar¡a a nivel nacional decretado por el Gobierno Central med¡ante Decreto Supremo N" 008-2020-SA, prorrogado, a partir del 10 de junio de 2020 por el plazo de noventa (90) días calendario, med¡ante Decreto Supremo N'020-2020SA; donde se han implementado una serie de med¡das de prevenciÓn y control para evitar la propagación del COVID-1g en puertos, aeropuertos y puestos de entrada terrestres; centros
educativos, espac¡os públicos y privados, transportes y centros laborales del país; por tanto, durante la vigenc¡a del Estado de Emergencia Sanitaria las Aud¡enc¡as Públ¡cas que realice el Gobierno Regional Amazonas, serán virtuales, situación que aún se mantiene conforme a las disposiciones emitidas por el Gobierno Central, por lo que, debe emitirse el Decreto Regional conespondiente, obedeciendo la naturaleza y las circunstanc¡as actuales de nuestro terr¡tor¡o nacional y en nuestra circunscr¡pción reg¡onal; Con la v¡sación de la Oficina Regional de Asesoría JurÍdica y Gerencia General Regional, en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho mediante Ia Ley N" 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N'27867 - Ley orgánica de Gob¡ernos Regionales, modif¡cada por Ley N" 27902; DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO: APROBAR ta convocator¡a a Ia SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLlcA REGIoNAL - 2020 VIRTUAL, en la que el Gobierno Regional Amazonas, dará cuenta
de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizará en: Virtual
MODALIDAD:
PLATAFORMA: ZOOM oh:
Vía red soc¡al Facebook (@GobiernoRegionalDeAmazonas) fanpage 30 de diciembre de 2020
HORA:
10:00 a.m.
DIFUSION:
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
oecRero Reclorual ru. 0L2 -zozo REGIO
lRrícUtO SecUxoO: Los participantes de la Audiencia pública interesados en formular sus preguntas o realizar sus comentarios, deberá registrar su participación con aun anticipaciÓn de treinta (30) minutos antes del inicio de la Áudiencia, utilizándo el formato publicado en la página web del Gobierno Regional Amazonas, en el siguiente enlace:
www.audienciapu blica/regionamazonas. gob. pe.
ARJíCULo TERGERo: NoflFíQUESE el presente Decreto Regionat a las instancias internas y Órganos Descentralizados y Desconcentrados del Gobierno Régional Amázonas, así como, publíquese en eldiario encargado de las publicaciones de acuerdo a tey. Dado en Chachapoyas, en la Sede del Gobierno Regional Amazonas, a los 02 días del mes de diciembre de2020.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1378420-012-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1475027/DR%2012-2020%20GRA.pdf.pdf