Acuerdo de Consejo Regional N.° 011-2025-GR.AMAZONAS/CR-SE
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2025-GRA/CR-Se. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria N° 010, llevada a cabo de manera virtual del día martes 06 de mayo del año 2025, a las 20:00 horas de la noche, en los domicilios legal de cada uno de los consejeros regionales mediante el aplicativo zoom, dando en cumplimiento a lo dispuesto en literal f) del artículo 70° del Reglamento Interno del Consejo Regional, modificado mediante Ordenanza Regional N.° 006-2020-GRA/CR, publicado en el Diario Oficial “ VISTO: El Oficio N° 000340-2025-G.R.AMAZONAS/GG., de fecha 19 de diciembre suscrito por el Gerente General del Gobierno Regional Amazonas; Informe Legal N° 00526-2025-G.R.AMAZONAS/ORAJ de fecha 24 de abril de 2025 suscrito por el Asesor Jurídico del Gobierno Regional Amazonas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la Autonomía Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 13° de la ley N.º 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas; Que, conforme lo establece el artículo 15° inc. a) de la Ley en comento N.° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en concordancia con el artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente, precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme lo establece el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, en concordancia con el artículo 61° numeral 2) de Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, precisa: Que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano; Que, el numeral 2.1) del Art. 2° de la Ley 28569 “Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento”. La presente Ley es aplicable a las entidades y organismos señalados en el artículo 2 de la Ley N° 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, que incluye (…), así como también los Gobiernos Regionales a través de sus organismos representativos, (…), donde el Estado posea la mayoría de su patrimonio o capital social o que administre fondos o bienes públicos. Que, el literal a) del Art. 20° de la Ley 28569 “Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento”, Solicitud del titular del Sector que pertenece al que pertenece la Unidad Ejecutora, acompañada del Informe técnico - económico favorable. Los Presidentes del Gobierno Regionales presentan su solicitud acompañada de copia de acuerdo que dé cuenta de la aprobación del Consejo Regional; (…). En ambos casos, se adjunta la opinión favorable del sector vinculado al proyecto, si se requiere, así como el informe técnico - económico favorable que incluya el análisis de la capacidad de pago de la entidad para atender el
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS servicio de la deuda en gestión. El cual tiene por objeto establecer las normas generales que rigen los procesos fundamentales del Sistema Nacional de Endeudamiento, con el objeto de la concertación de operaciones de endeudamiento y de administración de deuda pública se sujeten a los principios de eficiencia, prudencia, responsabilidad fiscal, transparencia y credibilidad, capacidad de pago y Centralización Normativa y Descentralización operativa. Que, el Acuerdo de Consejo Regional N° 076-2024-GRA/CR-SE de fecha 26 de diciembre de 2024, el m ismo que acuerda autorizar al Gobernador Regional, continuar con su solicitud de préstamo al Banco de la Nación para el financiamiento de Proyectos de Inversión por el monto de S/. 27´240,621.00, Únicamente para los proyectos de inversión indicados; Que, el Oficio N° 000340-2025-G.R. AMAZONAS/GG., de fecha 19 de diciembre, el Gerente General del Gobierno Regional Amazonas, Ing. Litman Guey Ruiz Rodríguez, traslada expediente sobre contenido mínimo de Acta de Sesión de Consejo conforme a lo requerido por el Banco de la Nación, según cuadro adjunto: CUI
NOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
CREACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA LOCALIDAD DE OMIA, DEL 2493092 DISTRITO DE OMIA - PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA - DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CREACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN EL 2607901 COMPLEJO DEPORTIVO CASHAC, DISTRITO DE QUINJALCA DE LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS 2605094 FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE CHUQUIBAMBA DISTRITO DE CHUQUIBAMBA DE LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE INTEGRACIÓN 2601485 ECONÓMICA Y SOCIAL EN EL ESTADIO MUNICIPAL MILPUC DISTRITO DE MILPUC DE LA PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CREACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN EL 2589810 CASERIO MORROPON DISTRITO DE BAGUA GRANDE DE LA PROVINCIA DE UTCUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 2503571
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LAS REDES ELECTRICAS EN 20 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE OCUMAL - PROVINCIA DE LUYA - DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
CREACION DEL ESTADIO MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE SAN MARCOS DEL 2479833 DISTRITO DE COCHAMAL - PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS Que, el Informe Legal N° 00526-2025-G.R.AMAZONAS/ORAJ de fecha 24 de abril de 2025, el Asesor Jurídico del Gobierno Regional Amazonas, emite OPINIÓN LEGAL PROCEDENTE integrar al Acuerdo de Consejo Regional N° 076-2024-GRA/CR-SE, el contenido mínimo requerido por el área legal del Banco de la Nación, en relación con el crédito solicitado por el Gobierno Regional de Amazonas, por constituir un asunto o materia de competencia del Consejo Regional sobre la cual dicho órgano legislativo cuenta con atribuciones para normar, regular o reglamentarla mediante Sesión de Consejo Regional en la cual se apruebe:
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de Amazonas al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto de la mayoría de sus miembros hábiles,04 votos a favor y un voto en contra por parte del Consejero Regional por la provincia de Utcubamba, Sr. Milton H. Mendoza Garay, con la dispensa de lectura y aprobación de la Sesión Extraordinaria N.º 010, realizada el martes 06 de mayo de 2025, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero. – AUTORIZAR al Gobernador Regional de Amazonas, Sr. Gilmer Wilson Horna Corrales, según sus atribuciones, continuar con la gestión de solicitud de préstamo ante el Banco de la Nación, de conformidad con lo dispuesto por el art.15º y demás pertinentes de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867, hasta por la suma de S/ 27’240,620.73, el mismo que será cancelado hasta por un plazo de 12 meses con el objeto de destinarlo exclusivamente para la ejecución de los siguientes proyectos de inversión pública: CUI
NOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
CREACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES DE LA LOCALIDAD DE OMIA, DEL 2493092 DISTRITO DE OMIA - PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA - DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CREACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN EL 2607901 COMPLEJO DEPORTIVO CASHAC, DISTRITO DE QUINJALCA DE LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL Y MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS 2605094 FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE CHUQUIBAMBA DISTRITO DE CHUQUIBAMBA DE LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE INTEGRACIÓN 2601485 ECONÓMICA Y SOCIAL EN EL ESTADIO MUNICIPAL MILPUC DISTRITO DE MILPUC DE LA PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS CREACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN EL 2589810 CASERIO MORROPON DISTRITO DE BAGUA GRANDE DE LA PROVINCIA DE UTCUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 2503571
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LAS REDES ELECTRICAS EN 20 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE OCUMAL - PROVINCIA DE LUYA - DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
CREACION DEL ESTADIO MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE SAN MARCOS DEL 2479833 DISTRITO DE COCHAMAL - PROVINCIA DE RODRIGUEZ DE MENDOZA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Artículo Segundo. – AUTORIZAR al Gobernador Regional de Amazonas, Sr. Gilmer Wilson Horna Corrales, según sus atribuciones, en concordancia con el artículo anterior, realizar las acciones inmediatas y necesarias, suscribiendo los documentos y títulos valores que se requiera para la tramitación y formalización de la operación de crédito. Artículo Tercero. – AUTORIZAR al Gobernador Regional, según sus atribuciones, suscriba términos contractuales sobre: 1) afectación de las cuentas corrientes e ingresos de este gobierno regional (FONCOR 2025 y 2026); 2) la retención mensual de fondos de la cuenta central de recursos determinados con la finalidad de atender directamente el servicio de la cancelación total de la deuda, que incluye capital más intereses; 3) así como la remisión de estados financieros, conforme a lo establecido en la Resolución SBS N° 11356-2008 y sus modificatorias. Artículo Cuarto. – AUTORIZAR al Gobernador Regional, según lo descrito en el articulado antecedente, la presentación de la documentación pertinente al Banco de la Nación, teniendo carácter de Declaración Jurada. De acuerdo con los informes técnicos, las transferencias a favor del gobierno regional de amazonas provenientes del gobierno central y otros ingresos propios se encuentran libres de obligaciones con terceros, razón por lo cual el gobierno regional los compromete en 100% con el banco de la nación por el servicio de la deuda del crédito solicitado, el que será destinado exclusivamente al financiamiento de proyectos de inversión pública Artículo Quinto. – DEJAR SIN EFECTO cualquier otra norma o disposición que regule lo dispuesto en el presente acuerdo, impida o restrinja la ejecución del mismo. Artículo Sexto. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 07 días del mes de mayo de 2025.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/6822565-011-2025-gr-amazonas-cr-se PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8148205/6822565-acuerdo-de-consejo-011-2025-cr-se.pdf