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010-2020-GRA-GR Regional Decree Amazonas In force

Decreto Regional N.° 010-2020 GRA/GR

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GOBIERNO REGIONAL AMMONAS

N"

OlO-2020 DECRETo REGIoNAL GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GR chachapoyas,

0 7 A60, 2020

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL AMMONAS

!§[9,: La Ordenanza Regional N' 010-2020-GRA/CR, debidamente publicada en el diario oficial "

@!qESNE: Que, en marco de lo d¡spuesto por la Ley N" 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XlV, Titulo lV, sobre Descentralizac¡ón de la Const¡tución Polftica del Estado, y el artÍculo 2" de la Ley N'27867 - Ley Orgánica de Gob¡ernos Regionales y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurÍdicas de derecho públ¡co, con autonomía polít¡ca, económ¡ca y administrat¡va en asuntos de su competenc¡a, constituyendo para su admin¡strac¡ón económica y f¡nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el artlculo 5' de la Ley N' 27867 - Ley Orgánica de Gob¡ernos Regionales, d¡spone la misión de los gobiernos reg¡onales es organ¡zar y conduc¡r la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sosten¡ble de la región;

Ley Orgán¡ca de Que, según lo d¡spuesto por el artfculo 24' de la Ley N' 27867 Gob¡ernos Regionales, mod¡ficado por la Ley N" 27902, "E| gobierno reg¡ona¡ realizará como mfn¡mo dos aud¡encias públicas regionales al año, una en la capital de la reg¡ón y otra en una en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo"; Que, conforme a lo establec¡do en el numeral 21.21del artículo 2" del Capitulo Vl, Titulo

ll de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N'27783, los Gobiernos Reg¡onales son

también fiscalizados por los ciudadanos de su jurisdicción, conforme a ley;

Que, con Ordenanza Regional N" 442-2019-GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/CR, de fecha 28 de jun¡o de 2019, se aprobó el Reglamento que norma la real¡zación de las Aud¡encias Públicas 2019-2022, el m¡smo que precisa en su artlculo 15', que "la convocator¡a a las Audiencias

Públicas Regionales será efectuada por el Gobernador Regional, mediante Decreto Regional, prec¡sando lugar, dÍa, hora, con una antic¡pación no menor de veinte (20) días antes de la real¡zac¡ón de la m¡sma. Decreto Regional que se publicará en el d¡ario ofic¡al o en el de mayor circulac¡ón nacional"; Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo N" 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan med¡das de prevención y control del COVID-'19, or¡entadas a reduc¡r el impacto negat¡vo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para Ia salud y la vida de los pobladores, as¡ como a mejorar las condic¡ones sanitar¡as y la cal¡dad de vida de la población, y adoptar acciones destinadas a preven¡r s¡tuaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas; el cual ha sido prorrogado mediante Decreto Supremo N" 020-2020-SA por un plazo de noventa (90) días calendar¡o. Y mediante Decreto Supremo N" 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N" 045-2020-PCM y 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendar¡o, y se d¡spone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como medidas para el ejerc¡c¡o del derecho a la l¡bertad de tráns¡to, por las graves circunstanc¡as que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado d¡cho plazo mediante los Decretos Supremos N" 051-2020-PCM, No 064-202o-PCM, N" 075-2020-PCM, N" 083-2020-PCM, N" 094-2020-PCM y No 116- 2020-PCM, respectivamente, hasta el viernes 31 de jul¡o de 2020;

GOBIERNO REGIONAL AMMONAS OT O .2020 DECRETO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR

N"

Que, en ese escenario, mediante Ordenanza Regional No 010-2020-GRA/CR, debidamente publicada en eldiario oficial" Modifica el Reglamento para la Realización de Audiencias Públicas Regionales 2019-2020 del Gobierno Regional Amazonas, debido al estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional decretado por el Gobierno Central mediante Decreto Supremo N" 008-2020-5A, prorrogado, a partir del 10 de junio de 2020 por el plazo de noventa (90) días calendario, mediante Decreto Supremo N" 020-2020-5A; donde se han implementado una serie de medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19 en puertos, aeropuertos y puestos de entrada terrestres; centros educativos, espacios públicos y privados, transportes y centros laborales del paÍs; por tanto, durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria las Audiencias Públicas que realice el Gobierno RegionalAmazonas, serán virtuales; por lo que estando a lo normado, se debe emitir el Decreto Regional correspondiente; Con la visación de la Oficina Regional de AsesorÍa Jurídica y Gerencia General Regional, en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho mediante la Ley N' 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley N" 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N'27902', DECRETA: ART¡CULO PRIMERO: APROBAR Ia convocatoria a Ia PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL -2020 VIRTUAL, en la que el Gobierno RegionalAmazonas, dará cuenta de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizará en: Virtual

MODALIDAD: PLATAFORMA:

Zoom

DIFUSION:

Vía red social Facebook (@GobiernoRegionalDeAmazonas) fanpage

oíR:

30 de agosto de2020 10:00 a.m.

ARTíCULO SEGUNDO: Los participantes de la Audiencia Pública interesados en formular sus preguntas o realizar sus comentarios, deberá registrar su participación con aun anticipación de treinta (30) minutos antes del inicio de la Audiencia, utilizando el formato publicado en la página web del Gobierno Regional Amazonas, en el siguiente enlace:

www. audienciapu blica/reg ionamazonas. gob. pe.

ART¡CULO TERCERO: NOTIFíQUESE el presente Decreto Regional a las instancias

@zadosydesconcentradosdelGobiernoRegionalAmazonas,si

como, publíquese en el diario encargado de las publicaciones de acuerdo a ley.

Dado en Chachapoyas, en la Sede del Gobierno Regional Amazonas, a los 07 días del mes de agosto de2020.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1143268-010-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1292702/DR%2010-2020-GRA.pdf