Decreto Regional N.° 005-2021 GRA/GR
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS GERENCIA SUB REGIONAL BAGUA
MANUAL DE OPERACIONES “MOP” APROBADO POR: DECRETO REGIONAL N° 005 -2021GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR. DE FECHA:
DIRECCION SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
BAGUA, AGOSTO DEL 2021.
Manual de Operaciones - MOP Gerencia Sub Regional Bagua
INTRODUCCION El Manual de Operaciones - MOP, es un instrumento técnico normativo de gestión organizacional, que formaliza la estructura orgánica y funciones de los órganos de la Gerencia Sub Regional Bagua, el mismo que se formula en mérito al Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y su modificatoria el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y a los Lineamientos Nº 001-2020-SGP, con el objetivo de establecer una organización que promueva e impulse el desarrollo Sub Regional bajo condiciones de eficiencia, transparencia, oportunidad y enfocada en resultados. La Ley Marco de Modernización, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad mejorar la gestión pública, hacerlo que las organizaciones sean eficientes, eficaces y oportunas para responder y atender las expectativas que los ciudadanos, en ese sentido se considera pertinente elaborar el Manual de Operaciones (MOP), de la Gerencia Sub Regional Bagua. La propuesta de la estructura y funciones del Manual de Operaciones – MOP, de la Gerencia Sub Regional Bagua, están articuladas a la Misión y Visión del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional Amazonas y su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Igualmente, con la organización de la Gerencia Sub Regional Bagua buscamos asegurar el desarrollo sostenible de la Sub Región, en base a la ejecución de los planes y proyectos aprobados, dirigidos a satisfacer las necesidades prioritarias de los ciudadanos del ámbito Sub Regional, y así contribuir a la satisfacción de las necesidades y bienestar de su población.
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Manual de Operaciones - MOP Gerencia Sub Regional Bagua
INDICE TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ......................................................................4 FINALIDAD ....................................................................................................................4 NATURALEZA JURIDICA ...............................................................................................4 ENTIDAD A LA QUE PERTENECE ..................................................................................4 FUNCIONES GENERALES………………………………………………………………………….……5 BASE LEGAL .................................................................................................................6 TITULO II: DE LA ESTRUCTURA ....................................................................................8 PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL ................................................................................9 01.ORGANO DE LA ALTA DIRECCION ...........................................................................9 Artículo 8°. - De la Gerencia Sub Regional Bagua: ..........................................................9 SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL .......................................................................... 11 02. ADMINISTRACIÓN INTERNA: ORGANO DE ASESORAMIENTO ............................... 11 De la Oficina de Asesoría Jurídica ....................................................................... 11 03. ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANO DE APOYO ................................................ 12 De la Oficina Sub Regional de Administración: ..................................................... 12 La Unidad de Recursos Humanos: ...................................................................... 144 La Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares: .................................... 15 La Unidad de Contabilidad: .................................................................................. 17 La Unidad de Tesorería: ....................................................................................... 18 04.ORGANOS DE LINEA .............................................................................................. 20 De la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto………………………….20 La Dirección de Planeamiento: ............................................................................. 22 La Dirección de Presupuesto: ............................................................................... 23 De la Dirección Sub Regional de Infraestructura: .................................................. 24 La Dirección de Estudios:..................................................................................... 26 La Dirección de Obras: ......................................................................................... 28 De la Dirección de Supervisión y Liquidaciones: ................................................... 30 TITULO III: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ....................................................... 32 TITULO IV: DE LOS PROCESOS ................................................................................... 33 A. Procesos Estratégicos: ............................................................................................. 34 B. Procesos Misionales: ................................................................................................ 35 C. Procesos de Apoyo: .................................................................................................. 36 ANEXO 1: MAPA DE PROCESOS .................................................................................. 38 ANEXO 2: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL ................................................................. 39
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TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES FINALIDAD Artículo 1°.- La Gerencia Sub Regional de Bagua tiene como finalidad fomentar el desarrollo de manera integral y sostenible de la provincia de Bagua del Gobierno Regional Amazonas promoviendo la inversión pública y privada, el empleo productivo, así como conduciendo y fomentando las acciones de concertación interinstitucional y multisectorial que involucre la actividad participativa de la población en concordancia con los planes y programas Regionales, Sub Regionales
y Locales, en el marco de sus
competencias. NATURALEZA JURIDICA Artículo
2°.-
La
Gerencia
Sub
Regional
Bagua,
es
un
Órgano
Desconcentrado del Gobierno Regional Amazonas, dependiente de la Gerencia General Regional, técnica y normativa depende del Gobierno Regional y Nacional, tiene autonomía en las funciones y atribuciones que le otorga el ser Unidad Ejecutora, actúa en representación y por delegación del Gobierno Regional Amazonas dentro del territorio de su jurisdicción. ENTIDAD A LA QUE PERTENECE Artículo
3°.-
desconcentrado
La del
Gerencia
Sub
Gobierno
Regional
Regional
Bagua,
Amazonas,
es
un
que
órgano depende
jerárquicamente de la Gerencia General Regional, tiene como ámbito administrativo el territorial de la Provincia de Bagua, con sus Seis (06) Distritos: Bagua, el Parco, la Peca, Copallín, Aramango e Imaza.
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FUNCIONES GENERALES Artículo 4°.- Funciones Generales: Las Funciones Generales de la Gerencia Sub Regional de Bagua, se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas:
- Formular, programar, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar las acciones de desarrollo integral en la jurisdicción Sub Regional.
- Proponer políticas, programas y proyectos que promuevan el desarrollo Sub Regional.
- Promover, ejecutar y supervisar obras y/o proyectos de inversión pública en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas legales vigentes.
- Elaborar, asesorar, apoyar y coordinar la formulación de estudios y expedientes técnicos de obras y proyectos.
- Participar en la formulación y evaluación del Plan de Desarrollo Regional concertado, Plan Estratégico Institucional, Plan operativo institucional y presupuesto participativo basado en resultados.
- Planificar,
organizar,
dirigir,
ejecutar
y
controlar
los
recursos
financieros, bienes, activos y capacidades humanas de la Gerencia Sub Regional. 7. Conducir y Controlar la gestión administrativa de la Gerencia Sub Regional. 8. Coordinar, orientar, impulsar, conducir y monitorear la ejecución de los planes, programas y proyectos en el ámbito de su competencia. 9. Promover la participación ciudadana alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles. 10. Proponer normas y directivas requeridas en el ámbito de competencia. 11. Representar al Gobierno Regional de Amazonas en el ámbito de su competencia. 12. Expedir resoluciones Sub Regionales en materia de su competencia y de acuerdo a las facultades otorgadas por el titular de la entidad. Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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- Otras que se establezcan por ley. BASE LEGAL Artículo 5°. - Base Legal: La organización y funciones de la Gerencia Sub Regional Bagua, se sustenta en la siguiente base legal:
- Constitución Política del Perú de 1993.
- Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y su modificatoria Decreto Legislativo N° 1446.
- Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización.
- Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 25 de enero de 2019. Aprobación del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y su modificatoria la Ley N° 29622.
- Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su reglamento aprobado con D.S. N° 005-90-PCM.
- Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
- Ley N° 27815. Ley del Código de Ética de la Función Pública, y su moderatoria Ley N° 28496.
- Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias las Leyes N° 27902, 28013, 28926, 28961 y 28968.
- Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modificatoria LEY N° 29298.
- Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público.
- Decreto Legislativo N° 1440 de Sistema Nacional de Presupuesto Público.
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- Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, Ley derogada por el Decreto Legislativo N° 1441 del Sistema Nacional de Tesorería.
- Decreto Legislativo N° 1438 del Sistema Nacional de Contabilidad.
- Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.
- Decreto Supremo N° 082-2019-EF., que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado
- Decreto Supremo N° 242-2018-EF, que a prueba el Texto Único ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
- Ordenanza Regional N° 435-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Gerencia Sub Regional Bagua y deja sin efecto la Ordenanza Regional N° 413-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
- Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, “Lineamientos de Organización del Estado” y su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1312018-PCM.
- Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 003-2018-PCM/SGP, que Aprueba la Directiva N° 001-2018-SGP, Directiva que regula el Sustento Técnico y Legal de Proyectos Normativos en Materia de Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado.
- Ordenanza Regional N° 446-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Gobierno Regional Amazonas.
- Decreto Legislativo Nº 1326, que Reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 18-2019-JUS.
- Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/ SGP que aprueba los Lineamiento Nº 001-2020-SGP, que establece las Funciones Estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos.
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TITULO II: DE LA ESTRUCTURA Artículo 6°.- De la Estructura: La Gerencia Sub Regional Bagua, está estructurada de la siguiente manera: 01. ORGANO DE ALTA DIRECCION 01.1.
Gerencia Sub Regional Bagua
- ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANO DE ASESORAMIENTO 02.1.
Oficina de Asesoría Jurídica
- ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE APOYO 03.1.
Oficina Sub Regional de Administración: 03.1.1. Unidad de Recursos Humanos 03.1.2. Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares. 03.1.3. Unidad de Contabilidad 03.1.4. Unidad de Tesorería
- ORGANOS DE LINEA 04.1. Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto: 04.1.1. Dirección de Planeamiento 04.1.2. Dirección de Presupuesto 04.2. Dirección Sub Regional de Infraestructura: 04.2.1. Dirección de Estudios 04.2.2. Dirección de Obras 04.2.3. Dirección de Supervisión y Liquidaciones
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PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL 01.
ORGANO DE LA ALTA DIRECCION
Artículo 7°. - Órgano de la Alta Dirección Gerencia Sub Regional Bagua, constituye el primer nivel organizacional y es la encargada de planificar, supervisar, evaluar, dirigir y controlar las dependencias
a
su
cargo.
Los
Directores
Sub
Regionales
son
individualmente responsables por los actos efectuados en el ejercicio del cargo. Artículo 8° .- De la Gerencia Sub Regional Bagua: La Gerencia Sub Regional, es el órgano que constituye la más alta autoridad administrativa y está a cargo del Gerente Sub Regional, siendo responsable legal y administrativamente por los actos que se ejecutan en el ejercicio de sus funciones y por las acciones que se le delegue o encomienden. Artículo 9°.- Funciones de la Gerencia Sub Regional Bagua: La Gerencia Sub Regional Bagua, cumple con las siguientes funciones: a) Coordinar, supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de los programas y proyectos asignados a la Gerencia Sub Regional, velando por el adecuado y oportuno cumplimiento de objetivos y metas previstas en los planes y programas del Gobierno Regional. b) Ejecutar proyectos para dotar de los servicios básicos de salud, educación, saneamiento, vivienda y electrificación priorizando a la población del ámbito rural. c) Aprobar los expedientes técnicos y ejecutar los proyectos de inversión en el ámbito Sub Regional. d) Asegurar, el cumplimiento de convenios celebrados por el Gobierno Regional. e) Coordinar y supervisar la ejecución del presupuesto sub regional y administrar su patrimonio.
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f)
Ejecutar, supervisar y evaluar la gestión financiera de la unidad ejecutora.
g) Formular los estudios de pre inversión de los proyectos, conforme a lo que establece el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. h) Formular, en los plazos previstos los documentos de gestión, técnico normativo que les corresponda. i)
Proponer a la Gerencia General Regional, los planes, programas, proyectos y actividades, que impulsen el desarrollo socio económico del ámbito geográfico de su competencia.
j)
Remitir en forma física y digital, los reportes mensuales a la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, sobre el avance físico financiero de los proyectos a través del Sistema Operativo de Seguimiento.
k) Concertar y formular los convenios y contratos a suscribir con la población organizada e instituciones de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. l)
Designar al Secretario Técnico de Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD.
m) Participar, en la formulación de las propuestas de los anteproyectos siguientes:
- Plan de Desarrollo Regional Concertado
- Plan Anual y Presupuesto Participativo Anual
- Plan estratégico institucional n) Formular su Manual de operación y remitir a la GRPPAT para su revisión y trámite de aprobación. o) Representar al Gobierno Regional de Amazonas en el ámbito de su competencia. p) Proponer y expedir Resoluciones Sub Regionales en materia de su competencia y según le corresponda, previa opinión de la oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica. q) Otras funciones que le sean asignadas por el Gerente General Regional.
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SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL 02.
ADMINISTRACIÓN INTERNA: ORGANO DE ASESORAMIENTO
Artículo10°.- Órgano de Asesoramiento: El órgano de asesoramiento es el encargado de proporcionar asesoría jurídica a la Alta Dirección, así como a los demás órganos de la Gerencia Sub Regional de Bagua. Artículo11°.- De la Oficina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoramiento, en materia legal, jurídica y administrativo que brinda a las diferentes dependencias de la Gerencia Sub Regional. Está a cargo de un Director. Artículo 12°.- Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica. Las Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica son las siguientes: a) Coordinar, informar, opinar y absolver consultas sobre los aspectos jurídicos administrativos no contenciosos y proyectos que formulen las diferentes dependencias de la Gerencia Sub Regional. b) Opinar y asesorar sobre la aplicación de las normas legales emanadas del Gobierno Nacional con implicancias en los Gobiernos Regionales. c) Revisar y/o formular las resoluciones, contratos, convenios y demás documentos que la Gerencia Sub Regional deba celebrar con terceros y opinar cuando estos hayan sido formulados por otras dependencias. d) Orientar y coordinar con las unidades orgánicas de la Gerencia Sub Regional, la debida aplicación de la normatividad legal, en asuntos de su competencia. e) Revisar los documentos de gestión institucional, a fin de que los mismos se encuentren acorde con la normatividad legal que rige para los efectos. f)
Coordinar acciones de carácter legal con la procuraduría Publica Regional en los procesos iniciados en el gobierno regional.
g) Otras funciones que le sean asignadas por el Gerente Sub Regional.
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ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANO DE APOYO
Artículo 13°.- Órgano de Apoyo: Los órganos de apoyo son los encargados de ejercer las actividades de administración interna que permite el desempeño eficaz en el cumplimiento de sus funciones. Constituye órgano de apoyo de la Gerencia Sub Regional Bagua, la Oficina Sub Regional de Administración. Artículo 14°.- De la Oficina Sub Regional de Administración: La Oficina Sub Regional de Administración, es la encargada de coordinar, administrar, dirigir, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas con los sistemas de Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería. La Oficina Sub Regional de Administración está a cargo de un Director Sub Regional, depende jerárquica y administrativamente del Gerente Sub Regional Bagua. Artículo
15°.-
Funciones
de
la
Oficina
Sub
Regional
de
Administración: Son Funciones de la Oficina Sub Regional de Administración las siguientes: a) Planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar
y
controlar,
en
el
ámbito
institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad y tesorería. b) Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas – PDP de la entidad. c) Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia. d) Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como del control y la actualización del margesí de los mismos.
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e) Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes de la entidad. f)
Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos y de los bienes en almacén.
g) Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Presupuesto
Institucional,
el
Institucional,
Plan así
Operativo como
Institucional
informar
y
el
oportuna
y
periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes sobe la situación financiera de la entidad. h) Dirigir y supervisar la formulación de los estados financieros y presupuestarios de la entidad. i)
Participar en coordinación con la Oficina Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad, así como conducir su fase de ejecución.
j)
Efectuar
el
control
previo
y
concurrente
de
las
operaciones
administrativas y financieras de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control. k) Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente. l)
Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente.
m) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. n) Expedir resoluciones en las materias de su competencia. o) Las demás funciones que le asignen y corresponda. Artículo 16°. - La Oficina Sub Regional de Administración para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas: a) Unidad de Recursos Humanos. b) Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares. Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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c) Unidad de Contabilidad. d) Unidad de Tesorería. Artículo 17°.- La Unidad de Recursos Humanos: La Unidad de Recursos Humanos, en una unidad de tercer nivel organizacional, encargada de organizar, coordinar ejecutar y evaluar los procesos técnicos del sistema administrativo de Recursos Humanos. Depende jerárquica y administrativamente de la Oficina Sub Regional de Administración. Sus funciones de la Unidad de Recursos Humanos son las siguientes: a) Proponer y aplicar políticas, estrategias sobre el sistema de Recursos Humanos. b) Organizar la gestión de los recursos humanos en la entidad mediante la planificación de las necesidades de personal, en concordancia con los objetivos de la entidad. c) Proponer el diseño y administración de los puestos de trabajo de la entidad, a través de la formulación y administración de los Perfiles de Puesto y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), según corresponda. d) Implementar y monitorear la gestión del rendimiento en la entidad. e) Administrar las pensiones (de ser el caso) y compensaciones de los servidores de la entidad. f)
Gestionar el proceso de Administración de personas, que involucra la administración de legajos, control de asistencias, desplazamientos, procedimientos disciplinarios y desvinculación del personal de la entidad.
g) Gestionar el proceso de incorporación del personal de la entidad, que involucra la selección, vinculación, inducción y el periodo de prueba. h) Gestionar la progresión en la carrera y el desarrollo de las capacidades destinadas a garantizar los aprendizajes individuales y colectivos.
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i)
Desarrollar acciones en materia de bienestar social, relaciones laborales, cultura y clima organizacional, comunicación interna; así como en Seguridad y Salud en el trabajo.
j)
Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) y los demás registros que sean de su competencia.
k) Formular el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y las Planillas Únicas de Pagos Mensuales del Personal activo y cesante de ser el caso. l)
Elaborar las planillas de remuneraciones, PDT, AFP y CTS, del personal activo.
m) Registrar y controlar la declaración del Programa de Declaración telemática – PDT. n) Determinar
la
responsabilidad
administrativa
disciplinaria
que
corresponda al personal civil, a través de la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios, e intervenir como órgano sancionador en los procedimientos administrativos disciplinarios que se inicien, así como comunicar la sanción correspondiente. o) Las demás funciones que le asigne y corresponda. Artículo 18°.- La Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares: Es un órgano de tercer nivel organizacional, encargado de organizar, coordinar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos de abastecimiento. Esta Unidad depende jerárquica y administrativamente de la Oficina Sub Regional de Administración. Sus funciones de la Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares son las siguientes: a) Gestionar la ejecución de los procesos vinculados a la Cadena de
Abastecimiento Público, en el marco de lo dispuesto en la normativa del Sistema Nacional de Abastecimiento. b) Coordinar, consolidar y elaborar la programación multianual de los
bienes, servicios y obras requeridos por las unidades de organización de Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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la entidad, a través de la elaboración del Cuadro Multianual de Necesidades. c)
Coordinar, programar, ejecutar e informar Transparentemente los procesos de obtención de bienes, servicios y obras requeridos.
d) Gestionar
Los
bienes
de
la
entidad,
a
través
del
registro,
almacenamiento, distribución, disposición y supervisión de los mismos. e)
Coordinar y ejecutar acciones de mantenimiento, conservación y seguridad sobre los bienes muebles e inmuebles de la entidad.
f)
Como órgano encargo de las contrataciones realiza las actividades relativas a la gestión de abastecimiento de la Entidad, incluida la gestión administrativa de los contratos.
g) Elaborar el Plan Anual de Contrataciones de la Gerencia Sub Regional de acuerdo a lo solicitado por cada área usuaria. h) Conducir, coordinar y ejecutar las actividades correspondientes a la fase de compromiso de las operaciones administrativas en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF. i)
Coordinar con el Comité de Altas y Bajas y Enajenaciones, las solicitudes de Altas y Bajas de los Bienes Muebles para su aprobación por la Oficina Sub Regional de Administración.
j)
Realizar el inventario y registro de los bienes muebles y suscribir las actas de transferencias e incineración y/o destrucción de los bienes muebles.
k) Participar en la ejecución del Inventario Físico de bienes patrimoniales. l)
Elabora los Expedientes de Contrataciones para Bienes, Servicios y Obras.
m) Las demás funciones que le asigne su superior inmediato en el marco de sus competencias o aquellas que les corresponda por norma expresa. Artículo 19°.- La Unidad de Contabilidad: La Unidad de Contabilidad es órgano de tercer nivel organizacional, encargada de orientar y evaluar las acciones de los diversos procesos del Sistema Nacional de Contabilidad, que regula la elaboración de los estados
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financieros de la Gerencia Sub Regional, así como su integración y consolidación en la Sede del Gobierno Regional Amazonas. Dependen jerárquica y administrativamente de la Oficina Sub Regional de Administración. Sus funciones de la Unidad de Contabilidad son las siguientes: a) Gestionar los procesos vinculados a la gestión contable de hechos económicos, financieros y patrimoniales conforme a las disposiciones normativas del Sistema Nacional de Contabilidad. b) Proponer y aplicar normas, lineamientos, procedimientos contables y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad. c) Formular y proponer el manual de procedimientos contables. d) Efectuar las acciones conducentes al reconocimiento, medición, registro y procesamiento de los hechos económicos y elaborando los estados financieros y presupuestarios, e información complementaria con sujeción al sistema contable. e) Elaborar los libros contables y presupuestarios. f)
Generar los estados financieros y efectuar las conciliaciones contables con las dependencias y entes correspondientes.
g) Gestionar el registro contable, así como su actualización, en el Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAFRP). h) Presentar la información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales, así como el cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera del ejercicio fiscal ante la Dirección General de Contabilidad Pública. i)
Conducir, coordinar y ejecutar las actividades correspondientes a la fase de devengados de las operaciones administrativas en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF, y ejecutar acciones de seguimiento y verificación de la documentación sustentatoria dando
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cumplimiento a las disposiciones legales y normativas en relación a los aspectos contables y tributarios. j)
Ejecutar,
controlar
y
mantener
actualizado
el
registro
de
las
Operaciones Contables en los libros Principales y Auxiliares. k) Elaborar, formular y presentar los estados de ejecución presupuestal, en los plazos preestablecidos. l)
Efectuar conciliaciones de la información presupuestaria con la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto y la información patrimonial con la Unidad de Logística, Patrimonio y Servicios Auxiliares.
m) Las demás funciones que le asigne su superior inmediato en o corresponda por norma expresa. Artículo 20°.- La Unidad de Tesorería: La Unidad de Tesorería, es un órgano de tercer nivel organizacional, encargada de programar y ejecutar los procesos del Sistema Nacional de Tesorería, administrar los recursos y efectuar los pagos de las obligaciones y lleva el control y custodia de los fondos transferidos a la Sub Gerencia. Depende jerárquica y administrativamente de la Oficina Sub Regional de Administración. Sus funciones de la Unidad de Tesorería son las siguientes: a) Gestionar los procesos vinculados a la gestión del flujo financiero en la entidad, conforme a las disposiciones del sistema nacional de Tesorería. b) Proponer y aplicar normas, lineamientos y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Tesorería. c) Gestionar la ejecución financiera del gasto en su fase de pago, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF- SP) o el que lo sustituya. d) Ejecutar el proceso de recaudación, depósito y conciliación de los ingresos generados por la entidad, por las diferentes fuentes de
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financiamiento, efectuando su oportuno registro en el SIAF-SP o el que lo sustituya. e) Implementar la aplicación de medidas de seguridad para la custodia y traslado del dinero en efectivo, así como para la custodia de cheques y documentos valorados en poder de la Gerencia Sub Regional. f)
Actualizar y ejecutar el registro, control y verificación de la autenticidad de las fianzas, garantías y pólizas de seguros en custodia, de acuerdo a la normatividad vigente, así como implementar y mantener las condiciones que permitan el acceso al SIAF–SP o el que lo sustituya por parte
de
los
responsables
de
las
áreas
relacionadas
con
la
administración de la ejecución financiera y operaciones de tesorería. g) Gestionar la declaración, presentación y pago de tributos y otras obligaciones con cargo a fondos públicos, dentro de los plazos definidos y en el marco de la normatividad vigente. h) Gestionar ante el ente rector la apertura, manejo y cierre de las cuentas bancarias de la entidad, realizando las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento. i)
Implementar medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los Fondos Públicos, que comprende arqueos de los flujos financieros y/o valores, conciliaciones, y demás acciones que determine el ente rector.
j)
Controlar, preparar y efectuar el pago de proveedores y contratistas por las obligaciones contraídos por la Gerencia Sub Regional.
k) Administrar y operar el fondo fijo para caja chica. l) 04.
Las demás funciones que le asigne y corresponda por norma expresa. ORGANOS DE LINEA
Artículo 21°.- Los Órganos de Línea: Son los encargados de ejecutar y realizar las actividades técnicas, normativas y de ejecución necesarias para cumplir los objetivos de la entidad, en el marco de las funciones que las normas atribuyen a esta. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones: Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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A. Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto a.1 La Dirección de Planeamiento. a.2 La Dirección de Presupuesto. B.
Dirección Sub Regional de Infraestructura b.1 La Dirección de Estudios. b.2 La Dirección de Obras. b.3 La Dirección de Supervisión y Liquidaciones.
Artículo 22°.- De la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto: La Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto, es la encargada de normar, ejecutar, coordinar, dirigir y supervisar las actividades relacionadas con los campos funcionales de planificación estratégica, programación multianual de inversiones, presupuesto, modernización del estado y tecnología de la información. La Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto, estará a cargo de un Director Sub Regional y depende Jerárquica y Administrativa de la Gerencia Sub Regional Bagua. Artículo 23°.- Funciones de la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto: La Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto, cumple con las siguientes funciones: a) Planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar
y
controlar,
en
el
ámbito
institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización. b) Proponer y aprobar directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional
relacionadas
Presupuesto
Público,
con
los
Planeamiento
Sistemas
Administrativos
Estratégico,
de
Programación
Multianual de Inversiones y Modernización.
Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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c) Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia. d) Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión de la entidad. e) Promover la formulación de la gestión de procesos, simplificación administrativa
y
demás
materias
comprendidas
en
el
sistema
administrativo de modernización de la gestión pública. f)
Evaluar y proponer el Proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).
g) Gestionar
la
aprobación
de
la
Programación
de
Compromisos
Anualizada (PCA) de la entidad. h) Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal de la Unidad Ejecutora, elaborando proyecciones de gastos y de avance de metas financieras. i)
Realizar la conciliación mensual. semestral y anual del marco legal del presupuesto de la entidad.
j)
Ejecutar las acciones normas y lineamientos técnicos sobre la materia de programación multianual.
k) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. l)
Otras funciones que les asigne y corresponda.
Artículo 24°.- La Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las direcciones siguientes: a) La Dirección de Planeamiento. b) La Dirección de Presupuesto. Artículo 25°.- La Dirección de Planeamiento: La Dirección de Planeamiento, es una unidad orgánica de tercer nivel encargada de ejercer las funciones específicas en materia de planificación estratégica prospectiva. Administrativamente depende de la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto. Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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Sus funciones de la Dirección de Planeamiento son las siguientes: a) Identificar, organizar y articular los proyectos de desarrollo de impacto provincial, así como evaluar el resultado de la ejecución de los mismos. b) Orientar que los proyectos de inversión pública sean compatibles con objetivos estratégicos de la provincia. c) Brindar información para la elaboración del programa multianual de inversión del Gobierno Regional Amazonas. d) Elaborar su informe de gestión, y remitir información para la memoria anual institucional. e) Participar en la Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado,
Presupuesto
Competitividad
Regional,
Participativo Programa
Anual,
Regional
de
Programa
de
Desarrollo
de
Capacidades Humanas, Plan de Desarrollo de Integración Fronteriza de la Región y otros. f)
Formular y evaluar el Plan Operativo Institucional (POI) de la Gerencia Sub Regional de Bagua.
g)
Formular Manual de Operaciones, el Manual de Procedimientos y demás documentos de gestión que les corresponda.
h) Elaborar y administrar la página web, la red informática en internet e intranet a nivel Sub Regional e institucional, brindando asistencia técnica a los usuarios. i)
Proponer, evaluar y recomendar la adopción de nuevas tecnologías en materia informática y estadística que contribuyan a mejorar el cumplimiento de sus funciones.
j)
Elaborar el inventario de recursos informáticos y estadísticos con el objeto de conseguir un mejor aprovechamiento de los mismos.
k) Las demás funciones que le asigne y corresponda. Artículo 26°.- La Dirección de Presupuesto: La Dirección de Presupuesto, es un órgano de tercer nivel organizacional, responsable de conducir el sistema administrativo de Presupuesto, ejecuta los
procesos
técnicos
administrativos,
depende
jerárquica
y
Domicilio: Jr. Sargento Lores S/N – Cuadra 11 – Teléfonos N º 041 – 472121 y 041 – 472122
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administrativamente de la Dirección Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto. Esta Dirección estará a cargo de un profesional con conocimientos en Gestión Pública, Presupuesto Público y con la experiencia necesaria en el área. Sus funciones de la Dirección de Presupuesto son las siguientes: a) Ejecutar y coordinar las fases del Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto Público y las que emita la Dirección General de Presupuesto Público como su ente rector. b) Formular e implementar los procedimientos y lineamientos para la gestión
del
proceso
presupuestario
en
la
entidad,
brindando
asesoramiento técnico y coordinando con los órganos y unidades ejecutoras y órganos adscritos de la Gerencia Sub Regional de Bagua. c) Gestionar la programación multianual, formulación y aprobación del presupuesto institucional, en coordinación con las unidades ejecutoras del
pliego,
garantizando
institucionalmente
guarden
que
las
prioridades
correspondencia
con
acordadas
los
Programas
Presupuestales y con la estructura presupuestaria. d) Consolidar, verificar y presentar la información que se genere en las unidades ejecutoras y centros de costos del pliego, respecto a la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones,
de
acuerdo
al
marco
límite
de
los
créditos
presupuestarios aprobados. e) Participar de las fases del proceso presupuestario a nivel sub regional, en coordinación, en los casos que corresponda, con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Amazonas, brindando la información que se requiera. f)
Coordinar Con el responsable del programa presupuestal en la gestión estratégica y operativa de la programación presupuestal de los productos, garantizando la provisión efectiva y eficiente de los servicios
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que los componen, en el marco de los resultados a lograr en un Programa Presupuestal, así como en la articulación transversal de las acciones de las unidades orgánicas del Pliego, y con Pliegos de otros sectores y niveles de gobierno, de ser el caso. g) Proponer al titular de la entidad, la distribución del presupuesto para el ejercicio de sus funciones, tanto del presupuesto aprobado como de la Asignación de la Programación Multianual, acorde con los parámetros establecidos por el Gobierno Regional. h) Emitir opinión en materia de disponibilidad presupuestal para acciones administrativas y de obras. i)
Procesar y proponer la Certificación de Crédito Presupuestario en remuneraciones, pensiones, bienes, servicios y en inversiones.
j)
Las demás funciones que le asigne su superior inmediato en el marco de sus competencias o aquellas que les corresponda por norma expresa.
Artículo 27°.- De la Dirección Sub Regional de Infraestructura: La Dirección Sub Regional de Infraestructura, es un órgano responsable de formular, proponer, ejecutar, dirigir, controlar y administrar la elaboración de expedientes técnicos, ejecución y supervisión de obras de proyectos de inversión, recepción de obras, liquidación y cierre de proyectos y transferencia de obras a los sectores correspondientes que prestan servicios. La Dirección Sub Regional de Infraestructura, está a cargo de un Director Sub Regional, depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Sub Regional Bagua. Artículo 28°.- Funciones de la Dirección Sub Regional de Infraestructura: La Dirección Sub Regional de Infraestructura, cumple con las siguientes funciones: a) Cumplir con todos los ciclos del INVIERTE.PE.
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b) Cumplir con la operatividad del Banco de Inversiones de la Unidad Ejecutora. c) Dirigir, evaluar y controlar la ejecución de los proyectos de inversión, bajo las diversas modalidades, en concordancia con los dispositivos legales vigentes y contenidos en la Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional Amazonas. d) Proponer y recomendar directivas y/o lineamientos para que los estudios y/o expedientes técnicos se formulen adecuadamente dentro de las normas y disposiciones técnico legales vigentes. e) Ejecutar proyectos y actividades de acuerdo a los estudios de pre inversión, declarados viables y expedientes técnicos aprobados. f)
Conducir el proceso técnico y administrativo de los proyectos de inversión de su competencia y su ejecución bajo las diversas modalidades, en concordancia con los dispositivos legales vigentes.
g) Participar en la formulación y actualización de la Programación Multianual de Inversiones, relacionado a los Proyectos de Inversión, así como en la p
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