Decreto Regional N.° 004-2020 GRA/GR
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GOBIERNO REG:ONAL AMAZONAS DECRETO REGIONAL
N' OO 4 .2O2O.GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS′ GR
chachapoyas,
0 1 ABR. 2020
VISTO: El lnforme T6cnico N' 00'l-2020-cOB.REG.REG.AMAZONAS/GRDE-DRp de fecha
30 de mazo de 2020, lnforme Legal N' 0287-2020-GOB|ERNO REGTONAL
AMMONAS/OMJ de fecha 31 de mazo de 2020, y proveido de Gerencia General Regional de fecha 01 de abril de 202Q
CONSIDERANDO: Que, los Gobiemos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho ptblico con autonomia politica, economica y administrativa, tienen por misi6n organizar y conducir la gestion p0blica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desanollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 20,40 y 5o de la Ley No 27867 0rg6nica de Gobiemos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, tenitorialidad, legalidad y simplilicacion administrativa; Que, el Articulo 8o de la Ley N0 27783, Ley de Bases de Descentralizacion eslablece que es el derecho y la capacidad efectiva del Gobiemo en sus tres niveles, de normar, regular y adminjslrar los asunlos
priblicos de su competencia; Que, el Articulo 50 de la Ley No 27867 - Ley Org6nica de Gobiemos Regionales, modificado por la Ley No 27902, establece que es misi6n de los Gobiemos Regionales organizar y conducir la gesti6n, publica
regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el macro de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desanollo integral y sostenible de la regi6n;
Que, asimismo el Articulo 510 de la Ley Org6nica de Gobiemos Regionales - Ley N" 27867, y su modilicatoria Ley No 27902, sefrala como funcioal,es en matuia agraria de los gobiernos regionales, establece a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de
la region en materia agraria(...), d) Promover la transformacion, comercializaci6n exportaci6n y consumo de Woductos naltrales egrcindustieles de la regian (...), i) planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboraci6n de planes y proyectos de desanollo agrario y agroindustrial";
Que, por su parte el Articulo 550 de la misma Ley Orgirnica, senala como funciones especificas en materia de comercio, a) "Formular, aprobar, eiecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los
planes y politicas en materia de comercio en la regi6n, en concordancia con las politicas regionales y los planes sectoriales, en coordinaci6n con las entidades del sector publico competentes en la materia (...)" y el inciso d) "identificar ooortunidades comerciales oara los productos de la Reqi6n (...)";
Que, adem6s el articulo 48 de la Ley N" 27867, sefrala que las funciones que tiene el Gobiemo Regional,
en materia de MYPES, pequef,as y medianas empresas, que en su literal c) establece, Formulan y
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ejecutan los planes de promoci6n de la pequeFta y miuo emprcsa, brindan apoyo a las inicialivas
empresariales, que incidan en la mejora de la calidad del empleo de estas uniiades econ6micas, el literal n) conducit y ejecutar en la regi6n el fomento de te pequefia y micro empresa, en _en el marco de la politica nacional;
y
Que, la Ley N'30056 en su Titulo lll, Capitulo l, articulo 13 establece que el esfado prcmueve mecanismos de apoyo a l0^s emprcndedorcs con un enfoque que los oriente al desanollo y consolidaci6n de sus emryendimientos; Que, asi tambi6n, el sexto considerando del Decreto de Urgencia N'027-2020, mediante el cual se dictan medidas complementarias deslinadas a relozar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al coVlD - 19 en el tenitorio nacional y a la reducci6n de su impJcto en li economia peruana, eslablecen: 'Que, la propagacion del coronavirus viene afectando las perspectivas de crecimiento de la economia global, y en paiicular, la economia peruana, ante et riesgo de la alta propagaci6n delvirus rCOVID‐ 191 en e′
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m.ercados f,ltanci.eros. la disminuci6n del comercio intemeiional v el menor dinamismo cle ,laune"vius covlD-19, podtia atectar los sectores vrhculados con el comercio, turismo, transpofte aereo y
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te fi e stre, entre otros' ;
Que, cabe precisar que, el articulo 11 del D.S N'044-2020-pcM, establece que, durante la vigencia del
estado de emergencia, los minrstenos y /as entidades piblicas en sus respeclivos eibilos ae competencia dictan /as normas que sean necesaias para cumplir el presente decreto supremo. Los gobiernos regio nales y locales confiibuyen at cumplimiento de las medidas establecidas en el prcsente Decrcto Supremo en el marco de sus competencias; Que, asimismo mediante el Decreto de Urgencia No 029-2020 se dictaron medidas extraordinanas, en materia economico y financiera, que promuevan el llnanciamiento de la micro y pequenas empresas (MYPE), que se vean afecladas por el contexlo intemacional y local adverso, producto de la propagacion del coVlD-19 en el tenitono nacional, asi como se establecen otras medidas que permitan adop-tar las
acciones preventivas, de respuesla y de financiamiento, para reducir el riesgo de propagacibn y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el citado virus; Que, en ese contexto de conformidad a lo establecido en el Articulo 40 de la Ley org6nica de Gobiernos
Regionales el cual establece: "Decretos Regionales: Los Decretos Regionales establecen normas
reglamentanas para la eJecucion de las ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para Ia Administraci6n Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de inter6s ciudadano, Los Decrelos Regionares son aprobados y suscritos por la presideicia Regional, con
acuedo del dhectotio de Gerencias Regionares"; por lo que, lo solicitado por la Directo-ra Regional
de la Produccion Amazonas, deberi ser debatido en Directorio de Gerentes para su aprobaci6n, ion la
ma″ dad de promover ra paricゎ acゎ ″acrya de rOs acrlc″ lfores ea la ore″ a directa de sIIs
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reoi6n, fomentando de esta manera tambi6n el empleo productivo e inversion, lo cual servir6 para que
nuestros productores puedan generar ingresos econ6micos y reflotar sus cadenas productivas; poilo que, como Gobierno Regionaldeber6 emitine los lineamentos respectivos dentro deiirmbito de nuestra c0mpelencia.
Estando a.lo expuesto y contando con el visto bueno de la oficina Regional de Asesoria Juridica, oficina Regional de Administraci6n, Gerencia Reglonal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Econ6mico y la Gerencia General ional,en uso de las facultades conferidas en los articulos 21, 22, 37 40 y 42 de , la Ley N" 27867-Ley Org5nica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
SE DECRETA: ARTICULO PRlltrERO: DECLARAR DE PRtORtDAD EL CONSUMo TNTERNO OE LA PRODUCCION REGIONAL a fin de reducir el impacto econ6mico por la emergencia sanitaria del COVID-19 y como medida de apoyo e impulso a las MVPES locales en la Regi6n Amazonas.
ARJICULO SEGUNDO: PROMOVER, la inctusi6n de productos regionates dentro de la canasta basica familiar.
AEICU!9IEB9ERo:. ENCARGAR, a la Gerencia Regionat de Desanoilo Econ6mico la implementaci6n y cumplimiento de lo decreiado, asl como a la Direcci6n Regional de la Producci6n y a la Direcci6n Regional de Agricultura, la promoci6n y difusi6n de los productos regionales por cadeni productiva-en el 6mbito de las siete (07) provincias, bajo responsabilidad.
ARTICULO CUARTO: DISPONER que to decretado debe ser puesto de conocimiento a todos los Gobiernos Locales y provinciales de nuestra regi6n para su cabal implementaci6n y cumplimiento en aras de promover la compra de los productos de la Regi6n Amazonas y por ende no perjudicar la economia de los productores.
ARTICULO QUINTO: ENCARGAR, a la Secretario General, realizar la notificaci6n respectiva a las entidades publicas intervinientes en el presente Decreto y su Publicaci6n.
REG:STRESE,COMUNIQUESE,CUMPLASE Y ARCHIVESE
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1143111-004-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1292513/DR%2004-2020%20GRA.pdf