Acuerdo de Consejo Regional N.° 003-2026-GR.AMAZONAS/CR-SO
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 003-2026-GRA/CR-SO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria N° 001, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día lunes 05 de enero del 2026; ubicado en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas. VISTO: En Sesión Ordinaria N° 001, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día lunes 05 de enero del 2026, presidida por el Consejero Delegado del Consejo Regional, Prof. Vidal Gómez Vargas, proponen la Ratificación de Remuneraciones de los altos funcionarios del Gobierno Regional de Amazonas: Gobernador Regional y Vice Gobernadora Regional, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la Autonomía Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 13° de la ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas; Que, el inc. a) del artículo 15° de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el artículo 8° inc. a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar, derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el inc. f) del artículo 15° de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el inc. f) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Amazonas, concordante con el inc. f) del artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional Amazonas, vigente precisa: Son atribuciones del Consejo Regional, Fijar la remuneración mensual del Presidente, y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros; Que, el artículo 39º de la Ley N. º 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N. º 27902, en concordancia con el inc. B) artículo 61° de Reglamento Interno del Consejo Regional vigente precisa: Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano; Que, en Sesión Ordinaria N° 001, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional, el día lunes 03 de enero del 2026, presidida por el Consejero Delegado del Consejo Regional, Prof. Vidal Gómez Vargas, proponen la Ratificación de Remuneraciones de los altos funcionarios del Gobierno Regional de Amazonas: Gobernador Regional y Vice Gobernadora Regional. Que, respecto a las remuneraciones de los altos funcionarios, Gobernador Regional, Vice Gobernadora Regional y Consejeros Delegado, las remuneraciones están establecidas por ley; Por tanto,
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS continuará vigente para el presente periodo 2026, salvo excepciones de mandato legal o judicial que puedan ordenar la variación de los mismos. Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Ordinaria Nº 001 llevada a cabo el día lunes 05 de enero de 2026, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero. - RATIFICAR, la remuneración mensual del Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Dieta de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Amazonas, el cual viene rigiendo y continuará vigente para el periodo 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
- Remuneración del Gobernador Regional, equivalente a S/ 14,300.00 (Catorce Mil Trescientos y 00/100 Soles).
- Remuneración del Vicegobernador Regional, equivalente a S/ 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Soles).
- Dieta de los Consejeros Regionales por el monto mensual de S/ 4,290.00 (Cuatro Mil Doscientos Noventa y 00/100 Soles). Los cuales solo podrán incrementarse o disminuir por variación de mandato legal. Artículo Segundo. - DISPONER, el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional según lo dispuesto por el literal f) del artículo 15° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en los mismos términos aprobados por el Acuerdo de Consejo Regional N° 002-2023-GRA/CR-SO, el cual viene rigiendo para la gestión regional 2023-2026. Artículo Tercero. - NOTIFICAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Amazonas, disponga a sus funcionarios competentes, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Amazonas, en lo que les corresponda según sus competencias tomar las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional y la emisión del acto administrativo correspondiente. Artículo Cuarto. - DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de Información la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas.), conforme lo dispone el artículo 42° de la Ley 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 06 días del mes de enero de 2026.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/7742794-003-2026-gr-amazonas-cr-so PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9454519/7742794-acuerdo-de-consejo-003-2026-cr-so.pdf