Decreto Regional N.° 003-2021 GRA/GR
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GOBIERNO REG10NAL AMAZONAS DECRETO REG10NAL N° 0。 12021 GOB:ERNO REG:ONAL AMAZONASノ GR Chachapoyas,12 1 jUL. 2021 EL GOBERNADOR DEL GOB:ERNO REG:ONAL AMAZONAS. ViSTO: La Ordenanza Regional N° 010‐ 2020‑GRAICR debidamente publicada en el diario oficia:el EI Peruano"eldia 07 de agosto de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que, en marco de lo dispuesto por la Ley N" 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XlV, Titulo lV, sobre Descentralizaci6n de la Constituci6n Politica del Estado y el articulo N" 2" de la Ley N" 27867 - Ley Org5nica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurldicas de derecho p(blico, con autonomfa polltica, econ6mica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administraci6n econ6mica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 5" de la Ley N' 27867 - Ley Org6nica de Gobiernos Regionales, dispone que la misi6n de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gesti6n p0blica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la regi6n;
Que, conforme a lo establecido en el numeral21.2) delArticulo 2'del Capitulo Vl, Titulo ll de la Ley de Bases de la Descentralizaci6n - Ley N" 27783,Ios Gobiernos Regionales son tambi6n fiscalizados por los ciudadanos de su jurisdicci6n, conforme a Ley; Que, segUn lo dispuesto por elartlculo24' delaLey 27867 - Ley Org5nica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N" 27902, "El gobierno regional realizar6 como minimo dos audiencias p0blicas regionales alaho, una en la capitalde la regi6n y la otra en una provincia, en Ia que dar6 cuenta de los logros y avances alcanzados durante e! periodo";
Que, con Ordenanza Regional N' 442-2019-GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/CR de fecha 28 de junio de 2019, se aprob6 el Reglamento que norma la realizaci6n de las Audiencias Ptiblicas 2019-2022, el mismo que precisa en su artlculo 15", que "la convocatoria a las
Audiencias Ptblicas Regionales ser6 efectuada por el Gobernador Regional, mediante Decreto Regional, precisando lugar, dia, hora con una anticipaci6n no menor de veinte (20) dias antes de la realizaci6n de la misma, Decreto Regionalque se publicara en eldiario oficial o en el de mayor circulaci6n nacional".
Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo N' 008-2020-5A que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) dias calendarios y se dictan medidas de prevenci6n y control del COVID-19, orientadas a reducir el impacto negativo en la poblaci6n ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, asi como a mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de la poblaci6n, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuraci6n de estas; el cual ha sido prorrogado mediante Decreto Supremo N" 020-2020-SA por un plazo de noventa (90) dias calendarios mediante Decreto Supremo N' 044-2020-PCM, donde se dispone el aislamiento socialobligatorio (cuarentena)
asl como medidas de para el ejercicio del derecho a la libertad de tr6nsito, por las graves
GOBIERNO REG10NAL AMAZONAS o=a*=ro =o,oor ro o 3-ror,, circunstancias que afectan la vida de la nacion a consecuencia del brote del COVID-19; habi6ndose prorrogado dicho plazo mediante decretos supremos emitidos, siendo que el Estado de Emergencia Nacional, se encuentra vigente mediante D S N" 123-2021-PCM, concordante con el D.S N" 1312021 extendi6ndose el estado de Emergencia Sanitaria, por el plazo de treinta y un (31) dias calendario, a partir del domingo 01 de agosto de 2021, como consecuencia de la pandemia COVID-19; en el cual queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de la reuni6n y de tr6nsito en el territorio, comprendido en los incisos 9", 1 1 ' y 12" del articulo 2" y en el inciso 24", apartado f) del mismo artlculo de la Constituci6n Politica del Per0. Que, en ese escenario, mediante Ordenanza Regional N'010-2020-GRA/CR, debidamente publicada en eldiario oficial"
para la Realizaci6n de Audiencias Priblicas Regionales 2019-2020 del Gobierno Regional Amazonas, debido al Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional decretado por el Gobierno Central mediante Decreto Supremo N' 008-2020-5A, prorrogado, a partir del diez de junio de 2020 por el plazo de noventa (90) dias calendarios, mediante Decreto Supremo N' 020-2020-5A; donde se ha implementado una serie de medidas de prevenci6n y control para evitar la propagaci6n del COVID 19 en puertos, aeropuertos y puestos de entrada terrestres; por tanto, durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria las Audiencias P[blicas que realice e! Gobierno Regional Amazonas, ser6n virtuales; situaci6n que a[n se mantiene conforme a las disposiciones emitidas por el Gobierno Central, por lo que, debe emitirse el Decreto Regional correspondiente, obedeciendo
la naturaleza y las circunstancias actuales de nuestro territorio nacional y en nuestra circunscripci6n regional;
Con la visaci6n de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y Gerencia General Regional, en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho mediante Ley N' 27783- Ley de Bases de la Descentralizaci6n, Ley N" 27867-Ley Org5nica de los Gobiernos Regionales, modificada por Ley N" 27902; DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR a Ia PRIMERA AUDIENCIA PUBLICA REGIONAL . 2021 VIRTUAL, en la que el Gobierno Regional Amazonas, dar6 cuenta de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizar6 en:
MODALIDAD : Virtual PLATAFORMA: Zoom DIFUSION : Via red social Facebook (@ GobiernoRegionalDeAmazonas) fanpege DIA : 10 de agosto de 2021.
HORA
: 10.00 am.
ARTICULO SEGUNDO: Los participantes de la Audiencia Publica interesados en formular preguntas sus o realizar sus comentarios, deber6 registrar su participaci6n con aun anticipaci6n de treinta (30) minutos antes del inicio de la Audiencia, utilizando elformato publicado en la p6gina Web del Gobierno Regional Amazonas, en el siguiente enlace: http://audienciapublica. regionamazonas. gob. pe/registro_aud iencia/
GOBIERNO REG10NAL AMAZONAS LN°
ARTIGULO TERCERO: NOTIFIQUESE elpresente Decreto Regionallas instancias internas
y Organos Descentralizados y Desconcentrados del Gobierno Regional Amazonas, asi como, publiquese en el diario encargado de las publicaciones de acuerdo a ley. Dado en Chachapoyas, en la Sede del Gobierno RegionalAmazonas, a los 21 dias del mes de julio de 2021.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/2028778-003-2021-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2026970/DECRETO%20REGIONAL%20003-2021%20GRA.pdf.pdf