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003-2012-GRA-GR Regional Decree Amazonas In force

Decreto Regional N.° 003-2012 GRA/GR

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DECRETO REGIONAL-N° 003 _2012- GOBIERNO REGIONAL

AMAZONAS/FR

La Presidencia del Gobierno Regional Amazonas Ha emitido el Decreto Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno Regional Amazonas, es una persona de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, y que tiene como finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

Que, el Tribunal Constitucional es el supremo intérprete de la Constitución y por tanto sus criterios interpretativos no sólo están destinados a orientar el ejercicio de la función jurisdiccional sino que vinculan tanto a los poderes públicos como a los particulares; debiendo entenderse que todos los operadores jurídicos están obligados a resolver teniendo en cuenta las razones que tuvo en cuenta el, máximo órgano de control constitucional para fundamentar sus fallos, siempre que sea aplicable al” caso concreto.

Que, el rol de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR consiste, en formular las políticas nacionales, emitir opinión técnica vinculante, dictar normas, supervisar su cumplimiento y resolver conflictos sobre los recursos humanos del Estado.

Que, conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional en reiterada y uniforme jurisprudencia, así como la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, mediante Resolución de Sala Plena N° 001-2011-SERVIR/TSC, publicada en el Diario Oficial “establecen precedentes administrativos de observancia obligatoria relativos a la aplicación de la remuneración total para el cálculo de subsidios, bonificaciones especiales y asignaciones por servicios al Estado”, se ha precisado que el concepto de remuneración total resulta aplicable para los cálculos de las asignaciones que se detallan a continuación:

(i) Asignación por cumplir veinticinco (25) años de servicios al Estado, a la que ha referencia el inciso a) del artículo 54° del Decreto Legislativo N° 276 establece que corresponde a los funcionarios y servidores públicos, en virtud de cumplir 25 años de servicios, 2 remuneraciones mensuales por única vez, sin hacer mención alguna al concepto de remuneración total permanente.

(ii) Asignación por cumplir treinta (30) años de servicios al Estado, a la que ha referencia el inciso a) del artículo 54° del Decreto Legislativo N° 276 establece que corresponde a los funcionarios y servidores públicos, en virtud de cumplir 30 años de servicios, 3 remuneraciones mensuales por única vez, sin hacer mención alguna al concepto de remuneración total permanente

(iii) El Subsidio por fallecimiento de familiar directo del servidor, al que hace referencia el artículo 144° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, no haciendo mención alguna del concepto de remuneración total permanente

DECRETO REGIONAL ‘N° 003 _2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR

Estando al acuerdo de Comité de Gerentes de fecha 21 de mayo de 2012, y contando con el visto bueno de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER que todas las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional Amazonas, cumplan con declarar fundadas las pretensiones de los servidores relacionadas con el pago de Asignaciones por cumplir 20, 25 y 30 años al servicio del Estado, así como por concepto de

Subsidio por luto y gastos de sepelio, de acuerdo con lo establecido en los considerandos del presente Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE el presente Decreto Regional a las Instancias Internas y Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional Amazonas; así como, diftindase en el Portal Electrónico y PUBLÍQUESE en el Diario Oficial “El Peruano”

Aprobado y suscrito en San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 2 1 MAYO 2012


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1758810-003-2012-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1738347/Decreto%20Regional%20N%C2%B0%20003-2012.pdf