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002-2017-GRA-GR Regional Decree Amazonas In force

Decreto Regional N.° 002-2017 GRA/GR

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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

AMAZONAS/GR EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMMONAS

CONSIDERANDO!

Que, el ,Gobierno Regional Amazonas, es una persona jurídica de derecho público, con política, económica y administrativa en ásuntos dé competencia, con ¡uiisdicción en :yPIgTi, el amDto de sus respectivas c¡rcunscr¡pciones terr¡tor¡ales y que tiene como finálidad esencial, fomentar el desarrollo regional integrat sosten¡ble, promoviendá la invers¡ón p¿¡¡iá, pi¡"i¿i I áí empleo, garantizando el ejercicio de preno de los derechos y ra iguardad ae opoátinioááes'aá sus hab¡tantes, de acuerdo con ros planes y programas nác¡onáres. regionarL y bcahs á; desarrollo.

Que el artículo 40o de ¡a Ley No 27867- Ley orgánica de Gobierno Regionares, estabrece que ros Decretos Regionales, entre otros aspectos, resuerven o reguran asuntos de órden generar y de

interés ciudadano, son aprobados y suscritos por la pr&idencia Regional,

directorio de Gerencias Regionales.

con

-acuerdó

de

Que, med¡ante Memorando N' 904-2017-G.R.AMAzoNAsisG, de fecha 14 de noviembre de 2017, el secretar¡o General del Gobiemo Regional Amazonas, solicita la emisión de un Decreto declarando feriado no laborable el día 2l di noviembre de zou por conmemorarce el 1g5o aniversar¡o del Departamento de Amazonas, por ro que estando a ro normado, r" aáü Decreto Regional Correspondiente.

"r¡t¡i "l

En uso de las facultades conferidas a este Despacho med¡ante Ley No. 27867, modificado mr Ley No. 27902, con el visto bueno de la Oficina iegional de AsesorÉ:uri¿¡á; SE DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: DECLARAR FERIADO No LABORABLE, eI día maTtes 21 de noviembre de 20L7, para las Entidades púbr¡cas y privadas der ¿.É¡t" ¿"i c"ü¡"ii" *"E""'r'i Amazonas, con motivo de conmemorarse el 1g5o aniversario dA o"pá.t"r""i" i;;;r#;.

5EGUNDo: Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto ^RTÍcULoen el presente Decreto, previo acuérdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la compensación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo, decidirá el empleador. ARTTCULO TERCERO: NOTrFÍQUESE er presente Decreto Regionar a ras ¡nstancias Internas y organos Descentrar¡zados v desconcentrados der Gobierno ñegionar Amazonar, así .omo. publíquese en el Oiario Oficial b de mayor circulac¡ón. ---

  • -"

Aprobado y suscrito en San Juan de la Frontera de los Chachapoyas,

a los

1+ tt}ly,2017


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1758798-002-2017-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1738338/Decreto%20Regional%20N%C2%B0%20002-2017.pdf