Decreto Regional N.° 002-2016 GRA/GR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBI ERNO REG¡ONAL AMMONAS Cr2_ ¿-zote-Gog¡rnruo RrGtoltAt orcneto Rre¡oruRt ru"u "0 Lf
auazorues/e n La Eobernaciún Regional Ha emitido el [)ecreto Regional siguiente:
E0t{s!0ERA}t00:
[lue, el Eobierno Regional Amazonas, es una pepsona jurídica de derecho público, con autonomfa politica, economla y administrativa en asuntos de competencia, con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales y que tiene como finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo
la inversiún pr:blica, privada
y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;
[lue, según lo dispuesto por el Artículo 240 de la Ley No 27887 - Ley 0rgánica de Eobiennos Regionales, modificado con Ley J,l,
27902,'El Eobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al añ0, una en la capital de la región y otra en una provincia, en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo". [lue, con 0rdenanza Regional l,l0 387-G[Bltlll,lI 11EGI0l,|AL Al,lAZIl'|AS/[[t, se aprobó el reglamento que norma la realización de
las Audiencias P¡blicas 2U5-2018, en el Gobierno [legional Amazonas; el mismo que precisa en su art, 150, que "La convocatoria a las Audiencias Públicas [legionales será efectuada por el Gobernador Regional mediante Decreto Regional, precisando lugar, día, hora, con una anticipaciún n0 menop de veinte (20) diras antes de la realización de la misma. Decreto Regional que se publicará en el diario ol¡cial o en el de mayor circulación nacional", por lo que estando a lo normado, se debe
emitir el [)ecreto Regional correspondiente.
[on la visación de la Ificina Regional de Asesoría [legional jurfdica, en uso de las atribuciones conferidas a este [)espacho mediante Ley l.|o 27783, Ley de Bases de la Descentralización: Ley N0 27887, Ley 0rgánica de Gobiernos Regionales, modificada
por Ley No 27902. DEERETA:
ARTIEUL0 PRI}r{ER0: AFR0EAR, la convocatoria a la PRII,IERA AUI)IENEIA PúBLEA REGI0NAL - 20t8, en la que el Eobierno Regional Amazonas, dará cuenta de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizará en:
Distrito de Ihachapoyas - Provincia de [hachapoyas - 0epartamento de Amazonas, Local: "Auditórium Sede del Eobierno [legional Amazonas. Sábado 27 de agosto del 2UE
l0:0[ a.m N0TlFlIUESE, el presente Decreto Regional a las lnstancias lntefnas y Úrganos descentralizados y desconcentrados del Eobierno Reginnal Amazonas, asícomo, publrquese en el 0iario [f¡c¡al o de mayor circulación nacional. Aprobado y suscrito en San Juan de la Frontera de los [hachapoyas, a los
ffiü-)
(#-r
2 6 ltlL. 2016
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1758800-002-2016-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1738335/Decreto%20Regional%20N%C2%B0%20002-2016.pdf